JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 560/2012
Dase por prorrogada la designación del
Director Nacional de Articulación Institucional de la Subsecretaría de
Coordinación de Políticas Ambientales de la Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
Bs. As., 23/4/2012
VISTO el Expediente CUDAP N° 49.481/2011 del registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, las Leyes N° 26.546 prorrogada en los términos
del Decreto N° 2053 y complementada por el Decreto N° 2054, ambos del
22 de diciembre de 2010 y N° 26.728, los Decretos N° 491 del 12 de
marzo de 2002 y N° 529 del 4 de mayo de 2011 y lo solicitado por la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES de la SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración
Nacional para el Ejercicio del año 2010, prorrogada en los términos del
Decreto N° 2053/10.
Que por el Decreto N° 2054/10 se establecieron las disposiciones
complementarias a la prórroga establecida en los términos del Decreto
N° 2053/10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley N° 26.546, con vigencia desde el
1° de enero de 2011.
Que por la Ley N° 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.
Que mediante el Decreto N° 529/11 se dio por designado transitoriamente
al Dr. D. Marcelo Adrián ZETLENOK como Director Nacional de
Articulación Institucional por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES de
la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada
precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601/02, en su artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y
Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4/02.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado
de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02
reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento
oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, a partir del 15 de noviembre de 2011 por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada
en los términos del Decreto N° 529/11 del Doctor D. Marcelo Adrián
ZETLENOK (DNI N° 25.024.492) en un cargo Nivel A - Grado 0, como
Director Nacional de Articulación Institucional de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I
del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y
requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y
en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
homologado por el Decreto N° 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir del 15 de noviembre de 2011.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para
el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.