MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 419/2012
Registro N° 349/2012
Bs. As., 4/4/2012
VISTO el Expediente N° 289.293/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/2 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL
PERSONAL DE MICROS Y OMNIBUS DE MENDOZA, por la parte trabajadora, y,
por la parte empleadora, las empresas AUTOTRANSPORTES ANDESMAR SOCIEDAD
ANONIMA, TRAMAT SOCIEDAD ANONIMA, EL RAPIDO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, LA UNION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante las Actas glosadas a fojas 34 y 45, la ASOCIACION UNIDA
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE MENDOZA y la COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL C.A.T.A.
INTERNACIONAL LIMITADA, ratificaron el Acuerdo de marras.
Que en el mentado plexo, las partes convienen los montos e ítems
diarios a pagar en concepto de viáticos, para el personal comprendido
en las categorías de choferes y auxiliares abordo, que se encuentren
fuera de residencia.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el
alcance de representación de las partes empresarias signatarias y de la
entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de las constancias de autos surge acreditada la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con
la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado el cumplimiento
de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE MICROS Y OMNIBUS DE MENDOZA, por la parte
trabajadora, y, por la parte empleadora, las empresas AUTOTRANSPORTES
ANDESMAR SOCIEDAD ANONIMA, TRAMAT SOCIEDAD ANONIMA, EL RAPIDO SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, LA UNION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, y las Actas de ratificación labradas por la ASOCIACION UNIDA
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE MENDOZA y la COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL C.A.T.A.
INTERNACIONAL LIMITADA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), obrantes a fojas 1/2, 34 y
45 del Expediente N° 289.293/11.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo y las Actas de ratificación obrantes a
fojas 1/2, 34 y 45 del Expediente N° 289.293/11.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 289.293/11
Buenos Aires, 10 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 419/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2, 34 y 45 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 349/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la ciudad de Mendoza, siendo las 11:00 horas del día 21 de noviembre
de dos mil once, comparecen por ante la Delegación Regional Mendoza del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en forma
espontánea, el Sr. RODOLFO MARIO CALCAGNI, D.N.I. N° 12.192.421, el Sr.
JUAN CARLOS ESCODA, D.N.I. N° 12.860.596, ambos por el Sindicato del
Personal de Micros y Omnibus de Mendoza, con domicilio en calle Bandera
de los Andes 508, San José, Guaymallén - Mendoza, y el Sr. DAVID ISMAEL
CORTEZ, D.N.I. N° 12.287.589, quien lo hace en carácter de apoderado de
las empresas Autotransportes Andesmar S.A., Tramat S.A. y Empresa El
Rápido S.R.L., con domicilio legal en Rodríguez Peña N° 2831 - Godoy
Cruz - Mendoza y por la firma LA UNION S.R.L., el Sr. ALEXANDER
MAJSTRUK, D.N.I. 26.264.664 en su calidad de apoderado de la firma
según documentación que adjunta. Abierto el acto por el funcionario
interviniente, Enrique Emilio Ribes y cedida la palabra a los
comparecientes, éstos expresan lo siguiente:
PRIMERO: Como consecuencia de reuniones mantenidas entre la parte
gremial (SIPEMOM), y las partes empresarias comprendidas dentro de la
larga distancia, y en el marco del acuerdo que las mismas han arribado,
las empresas ofrecen abonar en concepto de Viáticos (reintegro de
gastos), a partir del día veintiuno de noviembre de dos mil once
(21/11/2011), para el personal comprendido en las categorías de
choferes y auxiliares de abordo, que se encuentren fuera de residencia
o lleguen a ella, los montos que se detallan a continuación:
También se acordó que dichos montos
serán abonados retroactivamente a partir del día uno de noviembre de
dos mil once (1/11/2011).
SEGUNDO: El Sindicato del Personal de Micros y Omnibus de Mendoza
(SI.PE.M.O.M.) presta expresa conformidad a los montos, plazos y
modalidades fijados en el punto precedente.
TERCERO: Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación la homologación del presente acuerdo.
Con lo que se dio por terminado el acto, firmando los comparecientes
previa lectura y ratificación de todo lo expuesto, ante mí que
certifico.
Ref. Expte. N° 1-217-289293-2011
En la ciudad de Mendoza, siendo las 11:00 horas del día 22 de noviembre
de dos mil once, comparece por ante la Delegación Regional Mendoza del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en forma
espontánea, el Sr. CARLOS RAUL ROMERO, D.N.I. N° 06.870.562 en carácter
de Vicepresidente Segundo de la ASOCIACION UNIDA TRANSPORTE AUTOMOTORES
DE MENDOZA, adjuntando copia del estatuto de la entidad y quien
comparece a efectos de prestar conformidad al acuerdo celebrado en las
actuaciones de referencia, a fs. 1/2 solicitando la homologación del
mismo por esta autoridad. Con lo que se dio por terminado el acto,
firmando los comparecientes previa lectura y ratificación de todo lo
expuesto, ante mí que certifico.
Mendoza, 16 de diciembre de 2011
Ref. Expte. N° 1-217-289293-2011
En la fecha comparece ante esta Delegación Regional Mendoza, en forma
espontánea, el Sr. DANIEL JAIME en su calidad de apoderado de la firma
CATA INTERNACIONAL LIMITADA, según poder que adjunta, y quien lo hace a
efectos de prestar conformidad al acuerdo celebrado en las actuaciones
de referencia a fs. 1 - 2, solicitando la homologación del mismo por
esta autoridad. Con lo que se dio por terminado el acto, firmando el
compareciente para constancia por ante mí que certifico.