MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto Ley 8.147/45
Se aprueba el convenio celebrado el 3
de Agosto de 1943, por el que se fijan los límites definitivos entre la
Capital Federal y la Provincia de Buenos Aires.
Buenos Aires, 24 de Abril de 1945
Visto el proyecto de convenio formulado con fecha 3 de Agosto de 1943
por el entonces Director General de Estudios y Obras del Riachuelo,
Ing. D. José María Paez, en ejercicio de la representación del Gobierno
de la Nación que se le otorgó por Decreto de Octubre 16 de 1930, por
una parte, y los señores Dr. Gregorio P. Escudero e Ingeniero José Luis
Burgueño, secretario general letrado de la Fiscalía de Estado y
Director General de Geodesia, Catastro y Tierras de la Provincia de
Buenos Aires, en ejercicio de las funciones que el Poder Ejecutivo
provincial les encomendó por Decreto de Julio 30 de 1942, por la otra; y
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiende a solucionar las cuestiones relativas al
deslinde geográfico, político y jurisdiccional en tre la Capital
Federal y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, ocasionadas por
el cambio del curso del Riachuelo, y ha sido uchas veces reclamado por
las autoridades de una y ora jurisdicción, por los vecindarios
afectados e incluso por la Cámara de Diputados de la Nación;
Que no media inconveniente alguno para que el Poder Ejecutivo Nacional,
ad referéndum del Hon. Congreso, preste su aprobación a dicho proyecto
de convenio, que cuenta con la conformidad de la Municipalidad de la
Capital y de las oficinas técnicas y jurídicas del Ministerio de Obras
Públicas;
Que el hecho de que un delegado del Poder Ejecutivo Nacional ejerza
circunstancialmente el gobierno de la Provincia, no es óbice para que
éste examine con amplia libertad de criterio el proyecto de convenio
formulado y le preste o niegue su aprobación según entienda convenir a
los intereses de la Provincia, máxime si se tiene en cuenta que en caso
de decidirse por la aprobación, ésta quedaría en definitiva supeditada
a lo que oportunamente resolviera la Hon. Legislatura;
Por ello, oído al señor Procurador General de la Nación, atento las
informaciones producidas y lo dictaminado por el señor Procurador del
Tesoro,
El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros
DECRETA:
Artículo 1.º - Apruébase, ad referéndum del Honorable Congreso de la
Nación, el convenio celebrado con fecha 3 de agosto de 1943 (fs. 11),
por el cual se fijan límites definitivos entre la Provincia de Buenos
Aires y la Capital Federal, con la aclaración indicada a fs. 32 por la
Intendencia Municipal de la Ciudad de Buenos Aires, debiendo
oportunamente protocolizarse el plano Nº 1488 a que se refiere la misma.
Art. 2.º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y
remítanse estas actuaciones a la intervención Federal en la Provincia
de Buenos Aires, a los fines que estime pertinentes.
FARRELL. - Alberto Teisaire. - César Ameghino. - Juan Perón. - Juan Pistarini. - Amaro Avalos.