MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 519/2012
Registro Nº 413/2012
Bs. As., 20/4/2012
VISTO el Expediente Nº 289.871/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 de las actuaciones de referencia obra el Acuerdo,
celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 327/00,
entre el SINDICATO UNION OBRERA ESTACIONES DE SERVICIOS, GARAGES,
PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y GOMERIAS DE CUYO, y la CAMARA DE
EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, cuya
homologación las partes solicitan en los términos de lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan el pago de un premio de
carácter no remunerativo para los trabajadores de la provincia de San
Luis, comprendidos en el precitado Convenio Colectivo de Trabajo a
abonarse en dos cuotas, la primera de ellas en el mes de enero de 2012,
conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito territorial y personal del mentado Acuerdo se corresponde
con el objeto de la Cámara signataria, como así con los ámbitos de
representación personal y actuación territorial, emergentes de la
Personería Gremial de la Entidad Sindical de marras.
Que cabe señalar que, mediante Resolución M.T.E. y S.S. Nº 56/08, se
amplió la Personería Gremial del SINDICATO UNION OBRERA ESTACIONES DE
SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y GOMERIAS DE CUYO, sobre
los trabajadores que se desempeñan en tareas de engrase, lavado y
cuidado de vehículos, expendio de combustibles y limpieza de playas de
estacionamiento, garages y cocheras de propiedad horizontal y en
auxiliares de recauchutaje, vulcanización y arreglo en general de
gomerías de la provincia de San Luis.
Que asimismo merece citarse como antecedente la firma entre las partes
del Acuerdo Nº 528/08, homologado mediante Resolución S.T. Nº 679/08,
mediante el cual la citada Cámara adhiere al Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 327/00.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO UNION OBRERA ESTACIONES DE SERVICIOS, GARAGES, PLAYAS DE
ESTACIONAMIENTO Y GOMERIAS DE CUYO, y la CAMARA DE EXPENDEDORES DE
COMBUSTIBLES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, obrante a fojas 1
del Expediente Nº 289.871/12, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1 del
Expediente Nº 289.871/12.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente en el legajo correspondiente.
ARTICULO 5 — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 289.871/12
Buenos Aires, 23 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 519/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 413/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Expediente Nº 289.871/12
En la ciudad de San Luis a los 11 días del mes de enero de 2011 siendo
las 19:30 hs, se presentan ante el funcionario actuante del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION SR. JAVIER ADARO,
por el SINDICATO UNION OBRERA DE ESTACIONES DE SERVICIOS, GARAGES,
PLAYAS DE ESTACIONAMIENTOS Y GOMERIAS DE CUYO; JOSE ESCODA, VICTOR
MENENDEZ; CARLOS ANTONUCCHI, GUSTAVO LADINO, SECRETARIO GENERAL,
TESORERO Y VOCALES, RESPECTIVAMENTE, CON EL PATROCINIO LETRADO DEL DR.
CARLOS CESAR GUIÑAZU; Y POR SECA, CAMARA DE EXPENDEDORES DE
COMBUSTIBLES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, LOS SRES. MARTIN
CHADA, JOSE ANTONIO GIANELLO, EDUARDO LOPEZ, PRESIDENTE, SECRETARIO Y
REVISOR DE CUENTAS, respectivamente. Abierto el acto por ante el
funcionario actuante las partes manifiestan que en el marco del CCT
327/00 regional DE LAS CUALES AMBAS PARTES SON SIGNATARIAS, han
acordado para EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS: que los
trabajadores comprendidos en el ámbito de actuación del convenio y en
el territorio de la provincia de San Luís perciban como premio por
única vez una suma no remunerativa de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) SUMA
ESTA QUE SERA ABONADA POR LAS EMPRESAS en dos cuotas iguales y
consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) cada una de
ellas, con vencimiento en enero de 2012 y febrero de 2012, atento la
fecha del acuerdo las partes solicitan la urgente homologación del
mismo, responsabilizándose cada una de ellas en notificar a sus
representados. Con que se dio por terminado el acta firmando los
comparecientes de conformidad ante mí que suscribo y certifico.