MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 609/2012

Registro Nº 465/2012

Bs. As., 7/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.488.021/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 6 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SERVlCIOS MOVILES SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo, las partes convienen otorgar a todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 739/05 “E” una suma no remunerativa y por única vez de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1500), a abonarse en tres cuotas iguales de QUINIENTOS PESOS ($ 500) el 20 de enero, el 22 de febrero y el 20 de marzo de 2012, en los términos del texto pactado.

Que al respecto, se deja asentado que los firmantes son los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo mencionado ut supra.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SERVICIOS MOVILES SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 6 del Expediente Nº 1.488.021/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 6 del Expediente Nº 1.488.021/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 739/05 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.488.021/11

Buenos Aires, 8 de mayo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 609/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 465/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de diciembre de 2011, entre SERVICIOS MOVILES S.A., con domicilio legal en Céspedes 3824 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los Sres. responsables cuyos Nombres, Apellidos, Documentos, firmas y cargos se detallan al pie, por una parte, y el S.M.A.T.A. (SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA), con domicilio legal en la Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los Sres. responsables cuyos Nombres, Apellidos, Documentos, firmas y cargos que se detallan al pie:

En el marco de las negociaciones salariales a que están abocadas, las partes de común acuerdo convienen:

1) Otorgar a todo el personal comprendido en el CCT 739/E, por única vez, con carácter no remunerativo una suma de $ 1500 (Pesos MIL QUINIENTOS).

2) La suma acordada se hará efectiva en tres pagos mensuales de $ 500 (Pesos QUINIENTOS), cada uno, la primera de ellas el 20 de enero de 2012, y así sucesivamente, la segunda el 22 de febrero de 2012, y la tercera el 20 de marzo de 2012.

3) Las partes se comprometen a analizar la forma en que las sumas netas abonadas en el período de vigencia del presente, se integren a las remuneraciones de las respectivas categorías en forma gradual, sin que signifiquen una merma en los salarios de bolsillo.

4) Los firmantes se comprometen a prestar mutua colaboración y a mantener la paz laboral, como así mismo, en caso de otorgarse incrementos, o suplementos extraordinarios, por disposiciones nacionales, los mismos serán absorbidos hasta su concurrencia con las sumas acordadas.

Las partes suscriben el presente acuerdo, previa lectura y ratificación, en cuatro ejemplares de un mismo tenor y efecto.