MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 631/2012

Registro Nº 474/2012

Bs. As., 8/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.477.660/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 120/122 del Expediente Nº 1.477.660/11 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PRIVADOS (CACEPRI) y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente acuerdo, los agentes negociadores convinieron el pago de una suma única sobre los salarios básicos correspondientes al último acuerdo salarial, para los meses de Enero y Febrero de 2012, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06.

Que eI Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06 fue suscripto por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUES PRIVADOS, la CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA EN BUENOS AIRES, la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION” LIMITADA y la CORPORACION DEL CEMENTERIO BRITANICO DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora.

Que en tal sentido, el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector empresario firmante y de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PRIVADOS (CACEPRI) y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, por el sector empleador, obrante a fojas 120/122 del Expediente Nº 1.477.660/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 120/122 del Expediente Nº 1.477.660/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.477.660/11

Buenos Aires, 9 de mayo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 631/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 120/122 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 474/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.477.660/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de enero de 2012, siendo las 11:45 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio en domicilio Federico Lacroze 3908, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sres. Domingo PETRECCA (D.N.I. 4564063), Secretario General, Salvador VALENTE (D.N.I.: 18096638), Secretario Gremial y el Dr. Pablo MARIN (D.N.I. 16515731), patrocinante letrado; en representación de la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PRIVADOS (CACEPRI), con domicilio constituido en Hipólito Yrigoyen 476 6° Piso, CABA, el Sr. Oscar ORDOÑEZ (D.N.I. 8390747) y el Dr. Guillermo MORENO HUEYO (D.N.I. 4368307), Vocal titular de la CDN y apoderado; en representación de la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, con domicilio constituido en Avda. Federico Lacroze 3908, el Sr. Adolfo José MAZZIERI (D.N.I. 8253907), en calidad de Presidente.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de continuar con las negociaciones. Asimismo, se les comunica que por un error involuntario no han sido citadas las presentaciones de la Congregación Evangélica Alemana de Buenos Aires y de la Asociación Civil Corporación del Cementerio Británico de Buenos Aires. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado, y luego de un prolongado intercambio de opiniones, se les corre vista de lo presentado por Jardín del Pilar S.A. a fojas 117 de autos, mediante copia debidamente certificada. Por último, se les solicita que manifiesten a continuación.

En uso de la palabra, las partes en forma conjunta y de común acuerdo manifiestan que aceptan la propuesta efectuada por la Autoridad de Aplicación el día martes 10 de enero del corriente, obrante a fojas 113/114 del expediente de referencia, el cual se transcribe a continuación: “Las partes acuerdan el pago de una suma única equivalente al siete por ciento (7%) sobre los salarios básicos correspondientes al último acuerdo salarial, para los meses de enero y febrero de 2012. El primero de ellos será no remunerativo y el segundo si lo será”. (se acompañan escalas salariales). Las partes se comprometen a mantener la paz social. Es por ello, que solicitan la homologación de dicho acuerdo, el cual se realiza en el marco del CCT 437/06.

Por último, se comprometen a partir del 1° de marzo 2012 a comenzar con las negociaciones salariales para aplicar durante el corriente.

En uso de la palabra, la representación de SOECRA manifiesta que acompaña en una foja un escrito solicitando se cite a las restantes partes.

Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a las partes que en el término de diez (10) días el presente acuerdo deberá ser ratificado por la representación de la Congregación Evangélica Alemana de Buenos Aires y por la Asociación Civil Corporación del Cementerio Británico en Buenos Aires. Asimismo, se les otorga plazo de diez (10) días para fijar posición.

En este estado y no siendo para más, a las 12:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.



ZONA 1

ACTUAL


PLUS
Nov-11Dic-11Ene-12Feb-12+ PLUS ENERO 7%+ PLUS FEBRERO 7%
CATEGORIA





1$ 4.706,32$ 4.706,32$ 4.706,32$ 4.706,32$ 5.035,77$ 5.035,77
2$ 4.263,71$ 4.263,71$ 4.263,71$ 4.263,71$ 4.562,17$ 4.562,17
3$ 3.660,89$ 3.660,89$ 3.660,89$ 3.660,89$ 3.917,15$ 3.917,15
4$ 3.475,29$ 3.475,29$ 3.475,29$ 3.475,29$ 3.718,56$ 3.718,56
5$ 3.225,36$ 3.225,36$ 3.225,36$ 3.225,36$ 3.451,13$ 3.451,13
6$ 3.104,18$ 3.104,18$ 3.127,52$ 3.127,52$ 3.346,45$ 3.346,45
7$ 2.692,33$ 2.692,33$ 2.732,82$ 2.732,82$ 2.924,12$ 2.924,12

ZONA 2
ACTUAL

PLUS
Nov-11Dic-11Ene-12
Feb-12+ PLUS ENERO 7%+ PLUS FEBRERO 7%
CATEGORIA





1$ 4.527,12$ 4.527,12$ 4.527,12$ 4.527,12$ 4.844,02$ 4.844,02
2$ 4.101,41$ 4.101,41$ 4.101,41$ 4.101,41$ 4.388,51$ 4.388,51
3$ 3.521,47$ 3.521,47$ 3.521 47$ 3.521,47$ 3.767,97$ 3.767,97
4$ 3.342,96$ 3.342,96$ 3.342,96$ 3.342,96$ 3.576,96$ 3.576,96
5$ 3.102,57$ 3.102,57$ 3.102,57$ 3.102,57$ 3.319,75$ 3.319,75
6$ 2.986,01$ 2.986,01$ 3.008,46$ 3.008,46$ 3.219,05$ 3.219,05
7$ 2.589,84$ 2.589,84$ 2.628,79$ 2.628,79$ 2.812,80$ 2.812,80

ZONA 3
ACTUAL

PLUS
Nov-11Dic-11Ene-12Feb-12+ PLUS ENERO 7%+ PLUS FEBRERO 7%
CATEGORIA





1$ 4.147,43$ 4.147,43$ 4.147,43$ 4.147,43$ 4.437,75$ 4.437,75
2$ 3.764,29$ 3.764,29$ 3 764,29$ 3.764,29$ 4.027,79$ 4.027,79
3$ 3.300,90$ 3.300,90$ 3.300,90$ 3.300,90$ 3.531,96$ 3.531,96
4$ 3.083,75$ 3.083,75$ 3.083,75$ 3.083,75$ 3.299,61$ 3.299,61
5$ 2.871,66$ 2.871,66$ 2.871,66$ 2.871,66$ 3.072,67$ 3.072,67
6$ 2.757,62$ 2 757,62$ 2.778,36$ 2.778,36$ 2.972,84$ 2.972,84
7$ 2.563,27$ 2.563,27$ 2.601,81$ 2.601,81$ 2.783,94$ 2.783,94