MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 631/2012
Registro Nº 474/2012
Bs. As., 8/5/2012
VISTO el Expediente Nº 1.477.660/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 120/122 del Expediente Nº 1.477.660/11 obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE
LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA ARGENTINA DE
CEMENTERIOS PRIVADOS (CACEPRI) y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES
DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, por el sector empleador, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el presente acuerdo, los agentes negociadores convinieron el
pago de una suma única sobre los salarios básicos correspondientes al
último acuerdo salarial, para los meses de Enero y Febrero de 2012, en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06.
Que eI Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06 fue suscripto por el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS
PARQUES PRIVADOS, la CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA EN BUENOS AIRES,
la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA
UNION” LIMITADA y la CORPORACION DEL CEMENTERIO BRITANICO DE BUENOS
AIRES, por la parte empleadora.
Que en tal sentido, el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se
circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector
empresario firmante y de la entidad sindical signataria, emergente de
su personería gremial.
Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas
insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditado su personería y
facultades para convencionar colectivamente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS
PRIVADOS (CACEPRI) y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS
LA UNION LIMITADA, por el sector empleador, obrante a fojas 120/122 del
Expediente Nº 1.477.660/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 120/122
del Expediente Nº 1.477.660/11.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 437/06.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.477.660/11
Buenos Aires, 9 de mayo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 631/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 120/122 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 474/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Expediente Nº 1.477.660/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de enero
de 2012, siendo las 11:45 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE
LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio en domicilio
Federico Lacroze 3908, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Sres.
Domingo PETRECCA (D.N.I. 4564063), Secretario General, Salvador VALENTE
(D.N.I.: 18096638), Secretario Gremial y el Dr. Pablo MARIN (D.N.I.
16515731), patrocinante letrado; en representación de la CAMARA
ARGENTINA DE CEMENTERIOS PRIVADOS (CACEPRI), con domicilio constituido
en Hipólito Yrigoyen 476 6° Piso, CABA, el Sr. Oscar ORDOÑEZ (D.N.I.
8390747) y el Dr. Guillermo MORENO HUEYO (D.N.I. 4368307), Vocal
titular de la CDN y apoderado; en representación de la COOPERATIVA DE
TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS LA UNION LIMITADA, con domicilio
constituido en Avda. Federico Lacroze 3908, el Sr. Adolfo José MAZZIERI
(D.N.I. 8253907), en calidad de Presidente.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las
partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de
continuar con las negociaciones. Asimismo, se les comunica que por un
error involuntario no han sido citadas las presentaciones de la
Congregación Evangélica Alemana de Buenos Aires y de la Asociación
Civil Corporación del Cementerio Británico de Buenos Aires. Acto
seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado, y luego de un
prolongado intercambio de opiniones, se les corre vista de lo
presentado por Jardín del Pilar S.A. a fojas 117 de autos, mediante
copia debidamente certificada. Por último, se les solicita que
manifiesten a continuación.
En uso de la palabra, las partes en forma conjunta y de común acuerdo
manifiestan que aceptan la propuesta efectuada por la Autoridad de
Aplicación el día martes 10 de enero del corriente, obrante a fojas
113/114 del expediente de referencia, el cual se transcribe a
continuación: “Las partes acuerdan el pago de una suma única
equivalente al siete por ciento (7%) sobre los salarios básicos
correspondientes al último acuerdo salarial, para los meses de enero y
febrero de 2012. El primero de ellos será no remunerativo y el segundo
si lo será”. (se acompañan escalas salariales). Las partes se
comprometen a mantener la paz social. Es por ello, que solicitan la
homologación de dicho acuerdo, el cual se realiza en el marco del CCT
437/06.
Por último, se comprometen a partir del 1° de marzo 2012 a comenzar con
las negociaciones salariales para aplicar durante el corriente.
En uso de la palabra, la representación de SOECRA manifiesta que
acompaña en una foja un escrito solicitando se cite a las restantes
partes.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a las partes que en el
término de diez (10) días el presente acuerdo deberá ser ratificado por
la representación de la Congregación Evangélica Alemana de Buenos Aires
y por la Asociación Civil Corporación del Cementerio Británico en
Buenos Aires. Asimismo, se les otorga plazo de diez (10) días para
fijar posición.
En este estado y no siendo para más, a las 12:30 horas, se da por
finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
ZONA 1
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ACTUAL |
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| PLUS |
Nov-11 | Dic-11 | Ene-12 | Feb-12 | + PLUS ENERO 7% | + PLUS FEBRERO 7% |
CATEGORIA |
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|
1 | $ 4.706,32 | $ 4.706,32 | $ 4.706,32 | $ 4.706,32 | $ 5.035,77 | $ 5.035,77 |
2 | $ 4.263,71 | $ 4.263,71 | $ 4.263,71 | $ 4.263,71 | $ 4.562,17 | $ 4.562,17 |
3 | $ 3.660,89 | $ 3.660,89 | $ 3.660,89 | $ 3.660,89 | $ 3.917,15 | $ 3.917,15 |
4 | $ 3.475,29 | $ 3.475,29 | $ 3.475,29 | $ 3.475,29 | $ 3.718,56 | $ 3.718,56 |
5 | $ 3.225,36 | $ 3.225,36 | $ 3.225,36 | $ 3.225,36 | $ 3.451,13 | $ 3.451,13 |
6 | $ 3.104,18 | $ 3.104,18 | $ 3.127,52 | $ 3.127,52 | $ 3.346,45 | $ 3.346,45 |
7 | $ 2.692,33 | $ 2.692,33 | $ 2.732,82 | $ 2.732,82 | $ 2.924,12 | $ 2.924,12 |
ZONA 2
| ACTUAL |
|
| PLUS |
Nov-11 | Dic-11 | Ene-12
| Feb-12 | + PLUS ENERO 7% | + PLUS FEBRERO 7% |
CATEGORIA |
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1 | $ 4.527,12 | $ 4.527,12 | $ 4.527,12 | $ 4.527,12 | $ 4.844,02 | $ 4.844,02 |
2 | $ 4.101,41 | $ 4.101,41 | $ 4.101,41 | $ 4.101,41 | $ 4.388,51 | $ 4.388,51 |
3 | $ 3.521,47 | $ 3.521,47 | $ 3.521 47 | $ 3.521,47 | $ 3.767,97 | $ 3.767,97 |
4 | $ 3.342,96 | $ 3.342,96 | $ 3.342,96 | $ 3.342,96 | $ 3.576,96 | $ 3.576,96 |
5 | $ 3.102,57 | $ 3.102,57 | $ 3.102,57 | $ 3.102,57 | $ 3.319,75 | $ 3.319,75 |
6 | $ 2.986,01 | $ 2.986,01 | $ 3.008,46 | $ 3.008,46 | $ 3.219,05 | $ 3.219,05 |
7 | $ 2.589,84 | $ 2.589,84 | $ 2.628,79 | $ 2.628,79 | $ 2.812,80 | $ 2.812,80 |
ZONA 3
| ACTUAL |
|
| PLUS |
Nov-11 | Dic-11 | Ene-12 | Feb-12 | + PLUS ENERO 7% | + PLUS FEBRERO 7% |
CATEGORIA |
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1 | $ 4.147,43 | $ 4.147,43 | $ 4.147,43 | $ 4.147,43 | $ 4.437,75 | $ 4.437,75 |
2 | $ 3.764,29 | $ 3.764,29 | $ 3 764,29 | $ 3.764,29 | $ 4.027,79 | $ 4.027,79 |
3 | $ 3.300,90 | $ 3.300,90 | $ 3.300,90 | $ 3.300,90 | $ 3.531,96 | $ 3.531,96 |
4 | $ 3.083,75 | $ 3.083,75 | $ 3.083,75 | $ 3.083,75 | $ 3.299,61 | $ 3.299,61 |
5 | $ 2.871,66 | $ 2.871,66 | $ 2.871,66 | $ 2.871,66 | $ 3.072,67 | $ 3.072,67 |
6 | $ 2.757,62 | $ 2 757,62 | $ 2.778,36 | $ 2.778,36 | $ 2.972,84 | $ 2.972,84 |
7 | $ 2.563,27 | $ 2.563,27 | $ 2.601,81 | $ 2.601,81 | $ 2.783,94 | $ 2.783,94 |