MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 685/2012

Registros Nº 516/2012, Nº 517/2012, Nº 518/2012 y Nº 519/2012

Bs. As., 21/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.491.164/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA celebra varios acuerdos directos con el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrantes a fojas 3/8, 9/16, 17/21 y 22/25 del Expediente Nº 1.491.164/12 y solicitan su homologación.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley Nº 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en los acuerdos bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del artículo 15 de la Ley Nº 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 3/8 del Expediente Nº 1.491.164/12.

ARTICULO 2º — Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 9/16 del Expediente Nº 1.491.164/12.

ARTICULO 3º — Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 17/21 del Expediente Nº 1.491.164/12.

ARTICULO 4º — Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado suscriptos entre la firma MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 22/25 del Expediente Nº 1.491.164/12.

ARTICULO 5º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre los Acuerdos y nóminas del personal afectado obrantes a fojas 3/8, 9/16, 17/21 y 22/25 del Expediente Nº 1.491.164/12.

ARTICULO 6º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 7º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 8º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 9º — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el artículo 1 de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTICULO 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.491.164/12

Buenos Aires, 22 de mayo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 685/12 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 3/8, 9/16, 17/21 y 22/25 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 516/12, 517/12, 518/12 y 519/12 respectivamente. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

“ACTA ACUERDO MERCEDES BENZ ARGENTINA - SMATA”

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de febrero del año 2012, se reúnen en la sede del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (en adelante “SMATA”), ubicada en Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. los Señores Diego A. Tyburec D.N.I. Nº 17.363.409, Gonzalez Guadalupe D.N.I. Nº 21.904.331 en representación de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A. (en adelante “LA EMPRESA”) y los Señores Morán Gustavo D.N.I. Nº 12.349.768, Mario Ibarra D.N.I. Nº 21.326.206, Valle Néstor A. D.N.I. Nº 25.765.836, Collazzo Miguel D.N.I. Nº 14.857.599, Dr. Guillermo Morán D.N.I. Nº 11.737.995 en carácter de letrado patrocinante en representación de “SMATA”, a los efectos de convenir una serie de iniciativas orientadas a resolver los inconvenientes generados por el lanzamiento del nuevo vehículo denominado NCV3, sin afectar el nivel del empleo ni la competitividad que permita cumplir con los compromisos de producción y exportación del mismo desde el Centro de Producción Mundial Juan Manuel Fangio.

I.- Consideraciones Previas

Que la necesidad de adaptar los dispositivos y recursos previstos como consecuencia de la discontinuidad del producto T1N y el lanzamiento del denominado “NCV3”, requiere el mayor esfuerzo de ambas partes en pos de preservar el objetivo común y fines compartidos antes señalados, en especial en esta instancia donde por un lado se suscita una etapa en la cual no se requerirá el total de la fuerza laboral hoy disponible, ello como consecuencia de este proceso de adaptación fabril e incluso durante la denominada “curva de arranque” de todo lanzamiento y que se suscita hasta alcanzar los volúmenes de producción previstos.

Que se impone actuar preservando y priorizando los niveles de empleo, sin perder de vista la optimización en la utilización de todos los mecanismos que ambas partes han previsto convencionalmente, es por ello que luego de una primera etapa de implementación de un esquema de licenciamientos por el término de 5 días hábiles, se procederá a implementar el BANCO DE HORAS convenido en el Acuerdo de 21 de mayo de 2008, adaptándolo las partes a las particularidades que particularmente impone la necesidad suscitada, de modo tal que se combinen los efectos de la modulación del tiempo de trabajo con un número adicional de suspensiones a través de la figura del licenciamiento, en la proporción que las partes estipulen a tal efecto.

II.- Contenido del Acuerdo

PRIMERO: Se conviene para una primera etapa, a transcurrir entre los días 6/2/2012 y 12/2/2012, suspender a la nómina de personal que se identifica en el Anexo I del presente, ante la falta de trabajo productivo derivado de las razones esgrimidas en el acápite I del presente. El personal alcanzado por esta medida percibirá el equivalente al 75% de su remuneración bruta por cada día de suspensión, monto que se enmarcará en las previsiones contenidas en el artículo 223 bis de la LCT y por tal se deberán ingresar las cotizaciones correspondientes a la obra social. La Empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal con destino al Régimen de Obras Sociales, evitando afectar la cobertura médico asistencial en la coyuntura. Esta medida refleja el esfuerzo por satisfacer los propósitos aquí definidos por las partes.

SEGUNDO: En una segunda etapa prevista a partir del 6/2/2012, las partes avanzarán en lo que han dado en denominar “segunda fase de adopción de iniciativas”, consistente en la combinación conjunta de un esquema de asignación del tiempo de trabajo a través del BANCO DE HORAS previsto en el Acuerdo Convencional de fecha 21/5/2008 y que se adecuará a las características y condiciones que ambas partes de común acuerdo continúan tratando, de modo tal de soportar junto con las suspensiones, los efectos derivados de esta necesidad particular suscitada.

Entre los aspectos que ambas partes deberán definir para la segunda fase, se encuentran las siguientes:

2.1.- Cómputo de las horas al Banco

2.2.- Criterio para el cómputo de las horas de devolución acumuladas como débito por parte de los trabajadores

2.3.- Plazo de vigencia del Banco de Horas por este motivo

2.4.- Condiciones de aplicación de los licenciamientos durante la segunda fase de operatividad del Banco de Horas

TERCERO: Las PARTES acuerdan como objetivo mutuo e imprescindible para poder asignarle operatividad plena y, a la vez, sustentabilidad a los compromisos que por este instrumento y acuerdos complementarios al mismo se suscriban, el mantenimiento de armoniosas y ordenadas relaciones del trabajo, permitiendo atender las exigencias tanto de la Empresa, como de los Trabajadores, brindando productos de alta calidad, servicios y costos adecuados, con el propósito de asegurar el mantenimiento de las fuentes de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos, y sin perder de vista el contexto económico actual, y el momento de la industria automotriz en forma particular.

CUARTO: Como consecuencia de lo convenido en el artículo Primero, el grupo de trabajadores del ANEXO I que asciende a 125 personas, se incorporará a un esquema de suspensión por falta de trabajo de carácter fijo denominado - SUSPENSIONES FASE I POR LANZAMIENTO NCV3”, el que se iniciará a partir del 06/02/2012 hasta la fecha indicada en el ANEXO, percibiendo un suma no remunerativa equivalente al 75% de su remuneración mensual fija por el tiempo en que esté licenciado y conforme a las previsiones establecidas en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, tal como se conviniera para esta Fase, ya que para la FASE II se regirá por las previsiones indicadas en cada uno de los ítems que integran el artículo segundo del presente Acuerdo.

QUINTO: La Empresa procederá a comunicar los términos de dicha suspensión a cada uno de los empleados que integran el ANEXO a partir del día de la fecha, y a través de los medios que resulten idóneos.

SEXTO: HOMOLOGACION: Cualquiera de las PARTES podrá presentar el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de solicitar la correspondiente homologación.

No siendo para más, y atento el acuerdo arribado por las PARTES, se cierra la reunión, con la firma de todos los presentes, los que ratifican y prestan su plena conformidad.”

ANEXO I

LegajoApellido y NombreDesdeHastaArea
160725MANRIQUE YAMILA06/02/1212/02/12PINTURA
155164TENAGLIA EZEQUIEL JOSE06/02/1212/02/12PINTURA
151588MAIDANA MIGUEL ANGEL06/02/1212/02/12PINTURA
160625TRAVESANI DANIEL ESTEBAN06/02/1212/02/12PINTURA
159652CASERIO MATIAS SEBASTIAN06/02/1212/02/12PINTURA
159664MARTINEZ SILVIO FABIAN06/02/1212 02 12PINTURA
152364SAMANEK LUCAS EMANUEL06/02/1212/02/12PINTURA
149791PALUMBO JAVIER HECTOR06/02/1212/02/12PINTURA
155476VICARIO SERGIO DANIEL06/02/1212/02/12PINTURA
157013CISNEROS CRISTIAN LEONARDO06/02/1212/02/12PINTURA
144890PERRI JUAN MATIAS06/02/1212/02/12PINTURA
142951AMARILLA MARCELO ADRIAN06/02/1212/02/12PINTURA
144882VALDES RAMON ARNALDO06/02/1212/02/12PINTURA
145103BONAVITA MIGUEL06/02/1212/02/12PINTURA
145129AMERICO WALTER DAMIAN06/02/1212/02/12PINTURA
145137GABOTTI FABIAN06/02/1212/02/12PINTURA
145682RODRIGUEZ YONATAN GABRIEL06/02/1212/02/12PINTURA
140989BARLETTA MIGUEL ANGEL06/02/1212/02/12PINTURA
101981LACLAU CARLOS AGUSTIN06/02/1212/02/12PINTURA
106519ALEKSANDROWICZ JUAN C.06/02/1212/02/12PINTURA
118465GAMBARTE CARLOS ALBERTO06/02/1212/02/12PINTURA
118960SANDOVAL JOSE06/02/1212/02/12PINTURA
135427APARICIO JORGE ANTONIO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
130162HOLEK CARLOS ALBERTO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
128141POGGIO ENRIQUE06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
103309GIACCHETTA ROBERTO A.06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
118853GOMEZ INDALECIO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
102989CABRERA LUIS ALBERTO06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
94417PUCCETTI OSVALDO A.06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
151701FERNANDEZ FABIAN MARCOS06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
150977FERRARI MARTIN DIEGO DANIEL06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
152488FERREYRA GUSTAVO GABRIEL06/02/1212 02/12CHAPISTERIA
148743GARCIA ESTEBAN NAHUEL06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
132712GIACOBINO CLAUDIO ANIBAL06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
139312GOMEZ OSCAR MARINO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
149353JULIAN DIEGO DAVID06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
155049LEON PABLO ALEJANDRO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
153013LOPEZ GABRIEL DAVID GUSTAVO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
157713MARTINEZ DANIEL ALEJANDRO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
155637MARTINEZ VERA RONAL RENE06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
157176MENDOZA JOSE ALFREDO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
157752PIRES MARTINS CARLOS ALBERTO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
143602PONTORIERO HECTOR OMAR06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
157764RAMA ADALBERTO DAMIAN06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
123919SANCHEZ JUAN EMILIO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
155713VERA ARIAS HECTOR PAUL06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
134403VILLALBA SERGIO RAMON GUSTAVO06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
156749BORDON CARLOS ALBERTO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
152649DOS SANTOS TOME ROBERTO LUIS06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
130328FERRO JOSE ANTONIO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
152190HALAMA DAMIAN ALEJANDRO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
144626IBALDI MATIAS06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
150392ITURRE LEONARDO RAUL06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
145856LOREA RODRIGO OSCAR06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
157352MARTINEZ MATIAS JOSE06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
133900MOAURO LEANDRO ARIEL06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
152690MOLFESE EUGENIO LUIS06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
149981NAVARRO JOSE ANTONIO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
129339PALMEIRO DANIEL OSCAR06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
143420RICCI GABRIEL OSVALDO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
136475SABARIS DIEGO06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
106551TELLECHEA JUAN JORGE06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
92205VERDUGO SERGIO OMAR06/02/1220/02/12CHAPISTERIA
158588CABRERA GUSTAVO06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
155564GOMEZ ARIEL ENRIQUE06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
157301GOMEZ EMILIANO06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
150681ITURRA RIQUELME MOISES HERALDO06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
95887SCOTTO JOSE LUIS06/02/1212/02/12MONTAJE
100488QUIQUEREZ JOSE ALBERTO06/02/1212/02/12MONTAJE
106923DI RISIO RICARDO06/02/1212/02/12MONTAJE
116740MANCUSO DANIEL OSCAR06/02/1212/02/12MONTAJE
118655MUTTI MIGUEL ANGEL06/02/1212/02/12MONTAJE
123795MATRELO JUAN CARLOS06/02/1212/02/12MONTAJE
125973MAZA CLAUDIO ALBERTO06/02/1212/02/12MONTAJE
126450DONATO ALEJANDRO ALDO06/02/1212/02/12MONTAJE
127846AGÜERO LUIS ENRIQUE06/02/1212/02/12MONTAJE
139883LOPEZ JAVIER HERALDO06/02/1212/02/12MONTAJE
141341PERICOLI DIEGO ALEJANDRO06/02/1212/02/12MONTAJE
141565AQUINO GASTON LEANDRO06/02/1212/02/12MONTAJE
145707RISCINO JONATAN ABEL06/02/1212/02/12MONTAJE
147141CASTAÑO GERMAN LEOPOLDO06/02/1212/02/12MONTAJE
147216RODRIGUEZ JULIO CESAR06/02/1212/02/12MONTAJE
147224SOSA JOSE LUIS06/02/1212/02/12MONTAJE
147654MICHEL MARCOS EDUARDO06/02/1212/02/12MONTAJE
149569FANTINO AGUSTIN06/02/1212/02/12MONTAJE
149642MARTINEZ HERNAN ALFREDO06/02/1212/02/12MONTAJE
150128ALVARENGA ANDRES MARIANO06/02/1212/02/12MONTAJE
150277SANCHEZ NAHUEL IVAN06/02/1212/02/12MONTAJE
150975ESPINDOLA DANIEL ALBERTO06/02/1212/02/12MONTAJE
152076MIRANDA LUCAS ROBERTO06/02/1212/02/12MONTAJE
154876CHAVEZ ANDRES ADOLFO06/02/1212/02/12MONTAJE
155788ROBLES HECTOR NICOLAS06/02/1212/02/12MONTAJE
157949CHAPARRO ALBERTO MARTIN06/02/1212/02/12MONTAJE
158137PRINCIPATO FEDERICO06/02/1212/02/12MONTAJE
160490MAESTU MIGUEL ENRIQUE06/02/1212/02/12MONTAJE
160649GAITAN DARDO PABLO06/02/1212/02/12MONTAJE
99558MORGUN VLADIMIRO PEDRO06/02/1212/02/12MONTAJE
109448VENTOLA DOMINGO06/02/1212/02/12MONTAJE
119926POHL JORGE OMAR06/02/1212/02/12MONTAJE
123125GUZMAN DARDO OSMAR06/02/1212/02/12MONTAJE
123167RODRIGUEZ WALTER ALEJANDRO06/02/1212/02/12MONTAJE
127193ACUÑA RUBEN MARCELO06/02/1212/02/12MONTAJE
128943ROSTAS ALFONSO MANUEL06/02/1212/02/12MONTAJE
134924MARTINEZ JORGE OMAR06/02/1212/02/12MONTAJE
106543ALVAREZ JUAN CARLOS06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
132986AMUNDARAIN JAVIER OMAR06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
150863HERMANN LUCAS DAMIAN06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
151752MASSAROTTO LEANDRO ENRIQUE06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
125907SARYANOVICH GUSTAVO WALTER06/02/1212/02/12CHAPISTERIA
147612SABINSKY SERGIO JAVIER06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
153001SOSA ALEJANDRO EMANUEL06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
156701ZACARIAS EDUARDO FEDERICO06/02/1227/02/12CHAPISTERIA
125006GUZMAN RICARDO ARQUIMES06/02/1201/03/12CHAPISTERIA
155090NARVAEZ DURE GUSTAVO ADOLFO06/02/1205/03/12CHAPISTERIA
143800PONTORIERO FRANCISCO06/02/1212/03/12CHAPISTERIA
132803REY ALBERTO DANIEL06/02/1212/03/12CHAPISTERIA
119885SANTOS HORACIO FERNANDO06/02/1212/03/12CHAPISTERIA
155952SILVA JULIO CESAR06/02/1212/03/12CHAPISTERIA
67802VERON JUAN DOMINGO06/02/1212/03/12CHAPISTERIA
134198CATTANEO GABRIEL ANIBAL06/02/1219/03/12CHAPISTERIA
157788SANCHEZ JAVIER RODOLFO06/02/1219/03/12CHAPISTERIA
160425LA FUENTE NICOLAS06/02/1203/04/12CHAPISTERIA
123208ONETTO JUAN CARLOSEnfermo hasta el 29/2
150219GUADALUPE DIEGO GERMANVacaciones hasta el 12/02
154688RON PABLO ALEJANDROVacaciones hasta el 13/02

“ACTA ACUERDO MERCEDES BENZ ARGENTINA - SMATA”

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de febrero del año 2012, se reúnen en la sede del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (en adelante “SMATA”), ubicada en Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Señores Diego A. Tyburec D.N.I. Nº 17.363.409, en representación de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A. (en adelante “LA EMPRESA”) y los Señores Morán Gustavo D.N.I. Nº 12.349.768, Mario Ibarra D.N.I. Nº 21.326.206, Valle Néstor A. D.N.I. Nº 25.765.836, Collazzo Miguel D.N.I. Nº 14.857.599, Dr. Guillermo Morán D.N.I. Nº 11.737.995 en carácter de letrado patrocinante en representación de “SMATA”, a los efectos de convenir una serie de iniciativas orientadas a resolver los inconvenientes generados por el lanzamiento del nuevo vehículo denominado NCV3, sin afectar el nivel del empleo ni la competitividad que permita cumplir con los compromisos de producción y exportación del mismo desde el Centro de Producción Mundial Juan Manuel Fangio.

I.- Consideraciones Previas

Que la necesidad de adaptar los dispositivos y recursos previstos como consecuencia de la discontinuidad del producto T1N y el lanzamiento del denominado “NCV3”, requiere el mayor esfuerzo de ambas partes en pos de preservar el objetivo común y fines compartidos antes señalados, en especial en esta instancia donde por un lado se suscita una etapa en la cual no se requerirá el total de la fuerza laboral hoy disponible, ello como consecuencia de este proceso de adaptación fabril e incluso durante la denominada “curva de arranque” de todo lanzamiento y que se suscita hasta alcanzar los volúmenes de producción previstos.

Que se impone actuar preservando y priorizando los niveles de empleo, sin perder de vista la optimización en la utilización de todos los mecanismos que ambas partes han previsto convencionalmente, es por ello que luego de una primera etapa de implementación de un esquema de licenciamientos por el término de 5 días hábiles suscripto por las partes el 2/2/2012, se procederá a extender dicho esquema de licenciamiento hasta el 24/2/2012.

II.- Contenido del Acuerdo

PRIMERO: Se conviene para esta segunda etapa a transcurrir entre los días 13/2/2012 y 24/2/2012, suspender a la nómina de personal que se identifica en el Anexo I del presente, ante la falta de trabajo productivo derivado de las razones esgrimidas en el acápite I del presente. El personal alcanzado por esta medida percibirá el equivalente al 75% de su remuneración bruta por cada día de suspensión, monto que se enmarcará en las previsiones contenidas en el artículo 223 bis de la LCT y por tal se deberán ingresar las cotizaciones correspondientes a la obra social. La Empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal con destino al Régimen de Obras Sociales, evitando afectar la cobertura médico-asistencial en la coyuntura. Esta medida refleja el esfuerzo por satisfacer los propósitos aquí definidos por las partes.

SEGUNDO: En el marco de esta segunda fase del acuerdo convenido en fecha 2/2/2012, las partes continúan avanzando en los detalles que permitan la implementación del BANCO DE HORAS, el que en esta instancia se complementa con un nuevo licenciamiento, tal como estaba previsto y de las características que se regulan en el presente instrumento.

TERCERO: Las PARTES acuerdan como objetivo mutuo e imprescindible para poder asignarle operatividad plena y a la vez, sustentabilidad a los compromisos que por este instrumento y acuerdos complementarios al mismo se suscriban, el mantenimiento de armoniosas y ordenadas relaciones del trabajo, permitiendo atender las exigencias tanto de la Empresa, como de los Trabajadores, brindando productos de alta calidad, servicios y costos adecuados, con el propósito de asegurar el mantenimiento de las fuentes de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos, y sin perder de vista el contexto económico actual, y el momento de la industria automotriz en forma particular.

CUARTO: Como consecuencia de lo convenido en el artículo Primero, el grupo de trabajadores del ANEXO I que asciende a 139 personas, se incorporará a un esquema de suspensión por falta de trabajo de carácter fijo denominado - SUSPENSIONES FASE I POR LANZAMIENTO NCV3”, el que se iniciará a partir del 13/2/2012 hasta la fecha indicada en el ANEXO, percibiendo un suma no remunerativa equivalente al 75% de su remuneración mensual fija por el tiempo en que esté licenciado y conforme a las previsiones establecidas en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, tal como se conviniera para esta Fase, ya que para la FASE II se regirá por las previsiones indicadas en cada uno de los ítems que integran el artículo segundo del presente Acuerdo.

QUINTO: La Empresa procederá a comunicar los términos de dicha suspensión a cada uno de los empleados que integran el ANEXO a partir del día de la fecha, y a través de los medios que resulten idóneos.

SEXTO: HOMOLOGACION: Cualquiera de las PARTES podrá presentar el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de solicitar la correspondiente homologación.
No siendo para más, y atento el acuerdo arribado por las PARTES, se cierra la reunión, con la firma de todos los presentes, los que ratifican y prestan su plena conformidad.

ANEXO I

LEGAJOAPELLIDODESDEHASTA
117441MAIDANA RUBEN HORACIO13/02/201217/02/2012
123703MANGO JORGE GUSTAVO13/02/201223/02/2012
124298PARISI VICTOR SALVADOR13/02/201223/02/2012
124850CAMPI JUAN CARLOS13/02/201223/02/2012
126757MAZZUCCHIN WALTER GUILLERMO13/02/201223/02/2012
129008RODRIGUEZ SERGIO JORGE13/02/201223/02/2012
130766ZARATE GERARDO ANDRES13/02/201217/02/2012
131342DIAZ JULIO RUBEN13/02/201223/02/2012
131706RODRIGUEZ DANIEL RUBEN13/02/201217/02/2012
132283SENA ALEJANDRO13/02/201217/02/2012
138786JIMENEZ RUBEN DARIO13/02/201223/02/2012
139354JIMENEZ JORGE DANIEL13/02/201217/02/2012
139370NIZ OSCAR ALFREDO13/02/201217/02/2012
140632GODOY MIGUEL ANGEL13/02/201223/02/2012
141119MEGIAS GUILLERMO ALBERTO13/02/201223/02/2012
141226OSUNA RUBEN JUAN13/02/201223/02/2012
143090GERONIMO PABLO FELIPE13/02/201223/02/2012
143222TIKLE HECTOR LEONARDO13/02/201223/02/2012
144569RODRIGUEZ LEONARDO IVAN13/02/201223/02/2012
144866CABRAL GUSTAVO OSCAR13/02/201217/02/2012
144874BRIGNANI LUCAS FERNANDO13/02/201217/02/2012
145153VELOLO GUSTAVO ELISEO13/02/201223/02/2012
145765GRIPPO SEBASTIAN OMAR13/02/201223/02/2012
145963SAN MARTIN FRANCISCO GERARDO13/02/201217/02/2012
145989ILLUMINATI JAVIER JOSE13/02/201217/02/2012
147711CABRAL ALEJANDRO SEBASTIAN13/02/201217/02/2012
147745LOPEZ RAUL FERNANDO13/02/201217/02/2012
148595GERONIMO EMILIO EUGENIO13/02/201223/02/2012
148610MORELLI DIEGO RAUL13/02/201223/02/2012
148636MIRARCHI EMILIANO GASTON13/02/201223/02/2012
150623FICOSECCO MATIAS13/02/201223/02/2012
151564GIANGIULIO ANIBAL IGNACIO13/02/201223/02/2012
152813LOZA GUSTAVO ENRIQUE13/02/201217/02/2012
155325TOLOMIO CARLOS ALBERTO13/02/201217/02/2012
155390ANDINO JUAN ANTONIO13/02/201223/02/2012
156113OLIVERA ALBERTO CESAR13/02/201217/02/2012
156364SANABRIA RAUL JAVIER13/02/201223/02/2012
156401ZOFREA DIEGO SEBASTIAN13/02/201223/02/2012
156452PIRAY CARLOS EMANUEL13/02/201223/02/2012
156713CONTRERAS RUBEN DARIO13/02/201223/02/2012
156964HUARANCA RENE ALBERTO13/02/201217/02/2012
158288CAMPO CRISTIAN EDUARDO13/02/201217/02/2012
158352TOLEDO DANIEL ISAAC13/02/201223/02/2012
85896FURLANI CARLOS13/02/201217/02/2012
86753MARTINONI ALCIDES13/02/201217/02/2012
96033RIOS EDUARDO RUBEN13/02/201217/02/2012
107145ZUFIAURRE NORBERTO O.13/02/201217/02/2012
108010LACARRA RUBEN OSVALDO13/02/201217/02/2012
108482AROTCARENA HECTOR13/02/201217/02/2012
139718MEJI NAZARENO BARTOLOME13/02/201217/02/2012
139891DIAZ MARCELO FABIAN13/02/201217/02/2012
140799GIMENEZ SALVADOR ASENCIO13/02/201217/02/2012
144791SCORCIAPINO PABLO ARIEL13/02/201217/02/2012
144965DAVIDE MARCELO ALEJANDRO13/02/201217/02/2012
145202CUSANI MARTIN ADRIAN13/02/201217/02/2012
146052RODRIGUEZ MARCELO FABIAN13/02/201217/02/2012
147612SABINSKY SERGIO JAVIER13/02/201217/02/2012
148511MONACO GONZALO YAMIL SILVESTRE13/02/201217/02/2012
148884SILVA LUCAS OSCAR13/02/201217/02/2012
149113TOLOSA JORGE GABRIEL13/02/201217/02/2012
149147VIOLA PABLO MARTIN13/02/201217/02/2012
150219GUADALUPE DIEGO GERMAN13/02/201217/02/2012
150491TOLEDO HERNAN DIEGO13/02/201217/02/2012
151264STECIUK JUAN CARLOS13/02/201217/02/2012
153401DE SIMONE ADRIAN GASTON13/02/201217/02/2012
154390ESCOBAR GUILLERMO DANIEL13/02/201217/02/2012
157990DORN PABLO DANIEL13/02/201217/02/2012
159490FIORENTINI CRISTIAN DAMIAN13/02/201217/02/2012
67802VERON JUAN DOMINGO13/02/201217/02/2012
88551DAVIDE ANTONIO13/02/201217/02/2012
92205VERDUGO SERGIO OMAR13/02/201217/02/2012
94417PUCCETTI OSVALDO A.13/02/201217/02/2012
102989CABRERA LUIS ALBERTO13/02/201217/02/2012
103309GIACCHEITA ROBERTO A.13/02/201217/02/2012
106543ALVAREZ JUAN CARLOS13/02/201217/02/2012
106551TELLECHEA JUAN JORGE13/02/201217/02/2012
108854GUARDIA JULIO SILVANO13/02/201217/02/2012
111930GONZALEZ OMAR ROSARIO13/02/201217/02/2012
118853GOMEZ INDALECIO13/02/201217/02/2012
119885SANTOS HORACIO FERNANDO13/02/201217/02/2012
125262ORTIZ RUBEN RICARDO13/02/201217/02/2012
125907SARYANOVICH GUSTAVO WALTER13/02/201217/02/2012
129339PALMEIRO DANIEL OSCAR13/02/201217/02/2012
130162HOLEK CARLOS ALBERTO13/02/201217/02/2012
130328FERRO JOSE ANTONIO13/02/201217/02/2012
130641DI NUCCI RUBEN ALBERTO13/02/201217/02/2012
132712GIACOBINO CLAUDIO ANIBAL13/02/201217/02/2012
132803REY ALBERTO DANIEL13/02/201217/02/2012
132986AMUNDARAIN JAVIER OMAR13/02/201217/02/2012
134403VILLALBA SERGIO RAMON GUSTAVO13/02/201217/02/2012
135352ALEGRE SEBASTIAN ARIEL13/02/201217/02/2012
135427APARICIO JORGE ANTONIO13/02/201217/02/2012
136475SABARIS DIEGO13/02/201217/02/2012
143420RICCI GABRIEL OSVALDO13/02/201217/02/2012
143694ENGEL RUBEN ORLANDO13/02/201217/02/2012
144618LUCERO OSCAR ALBERTO13/02/201217/02/2012
144650ARISMENDI GASTON EZEQUIEL13/02/201217/02/2012
145062PECORA JUAN DIEGO13/02/201217/02/2012
145723GUARDIA EZEQUIEL HERNAN13/02/201217/02/2012
146010ESCUDERO ITURRIAGA LUIS OSCAR13/02/201217/02/2012
146036GARGIULO JUAN MANUEL13/02/201217/02/2012
146929ZUQUE MORENO SEBASTIAN ARIEL13/02/201217/02/2012
147240BLASCO MARTIN13/02/201217/02/2012
147323NIEVAS JORGE RUBEN13/02/201217/02/2012
148561BELLETIERI MAURO NICOLAS13/02/201217/02/2012
148694CUARENTA HERNAN GUSTAVO13/02/201217/02/2012
149163CUESTA JUAN JOSE13/02/201217/02/2012
149329FORTINI SERGIO ADRIAN13/02/201217/02/2012
149353JULIAN DIEGO DAVID13/02/201217/02/2012
149973MONTENEGRO CRISTIAN ARIEL13/02/201217/02/2012
150392ITURRE LEONARDO RAUL13/02/201217/02/2012
150681ITURRA RIQUELME MOISES HERALDO13/02/201217/02/2012
150912STEFFE CARLOS MARCELO13/02/201217/02/2012
151188GIANELLI MARIANO AGUSTIN13/02/201217/02/2012
151701FERNANDEZ FABIAN MARCOS13/02/201217/02/2012
151752MASSAROTTO LEANDRO ENRIQUE13/02/201217/02/2012
152190HALAMA DAMIAN ALEJANDRO13/02/201217/02/2012
152425BARRAZA CHRISTIAN HERNAN13/02/201217/02/2012
152649DOS SANTOS TOME ROBERTO LUIS13/02/201217/02/2012
152690MOLFESE EUGENIO LUIS13/02/201217/02/2012
153001SOSA ALEJANDRO EMANUEL13/02/201217/02/2012
153088GEREZ GASTON BAUTISTA13/02/201217/02/2012
154864CAMPOS JESUS ADRIAN13/02/201217/02/2012
155001IMBROGNO VICTOR GERMAN13/02/201217/02/2012
155090NARVAEZ DURE GUSTAVO ADOLFO13/02/201217/02/2012
155564GOMEZ ARIEL ENRIQUE13/02/201217/02/2012
155588GUERRERO ENRIQUE OSVALDO13/02/201217/02/2012
155652NIETO ARIEL MARCOS HORACIO13/02/201217/02/2012
155952SILVA JULIO CESAR13/02/201217/02/2012
156264CIRIGLIANO CRISTIAN EDGARDO13/02/201217/02/2012
156701ZACARIAS EDUARDO FEDERICO13/02/201217/02/2012
156749BORDON CARLOS ALBERTO13/02/201217/02/2012
157352MARTINEZ MATIAS JOSE13/02/201217/02/2012
157713MARTINEZ DANIEL ALEJANDRO13/02/201217/02/2012
157788SANCHEZ JAVIER RODOLFO13/02/201217/02/2012
158537RODRIGUEZ VICTOR ANGEL13/02/201217/02/2012
158637QUEVEDO ARIEL MAURICIO13/02/201217/02/2012
159425MONTENEGRO GERARDO DAVID13/02/201217/02/2012
160388BASTONERO GONZALO MATIAS13/02/201217/02/2012

ANEXO I bis

LEGAJOAPELLIDO Y NOMBREDESDEHASTA
118473RAVEGLIA HECTOR22/02/201223/02/2012
123307DIAZ PABLO22/02/201223/02/2012
123919SANCHEZ EMILIO22/02/201223/02/2012
127713MARQUES CARLOS22/02/201223/02/2012
131277IBARRA ANGEL22/02/201223/02/2012
132001FIGGINI MARCELO22/02/201223/02/2012
132803REY ALBERTO22/02/201223/02/2012
139065GRECIA22/02/201223/02/2012
139065GRESIA OSCAR22/02/201223/02/2012
143256GOMEZ DANIEL22/02/201223/02/2012
143420RICCI GABRIEL OSVALDO22/02/201223/02/2012
143579CEPEDA CARLOS22/02/201223/02/2012
143602PONTORIERO HECTOR22/02/201223/02/2012
144626IBALDI MATIAS22/02/201223/02/2012
144634GALARZA HERNAN22/02/201223/02/2012
144650ARISMENDI GASTON EZEQUIEL22/02/201223/02/2012
145096ROJOS LEONARDO22/02/201223/02/2012
145541MARCIAL MARTIN22/02/201223/02/2012
145856LOREA RODRIGO OSCAR22/02/201223/02/2012
146002TREROTOLA DIEGO22/02/201223/02/2012
146218EVANGELISTA LEONARDO22/02/201223/02/2012
147042BARBA OMAR22/02/201223/02/2012
147498CORREIA PABLO22/02/201223/02/2012
147589REYNALDO ALBERTO HUGO22/02/201223/02/2012
148561BELLETIERI MAURO NICOLAS22/02/201223/02/2012
148800LUDI GERMAN22/02/201223/02/2012
148826MATCOVICH GUSTAVO ADOLFO22/02/201223/02/2012
149303CRISTY RAMIRO22/02/201223/02/2012
149387MONZON MARIO DAVID22/02/201223/02/2012
149395MONZON MAXIMILIANO22/02/201223/02/2012
150368CHAVEZ DAMIAN22/02/201223/02/2012
150376COMPOSTE FERNANDO22/02/201223/02/2012
150433NAVEIRA22/02/201223/02/2012
150483TELLECHEA JORGE22/02/201223/02/2012
150681ITURRE22/02/201223/02/2012
150991FETTER JUAN22/02/201223/02/2012
150992GREVAY LEONEL22/02/201223/02/2012
151152BRIASCO EDUARDO ALEJANDRO22/02/201223/02/2012
151776SPINELLI GONZALO22/02/201223/02/2012
151801FERNANDEZ CASAS NICOLAS22/02/201223/02/2012
152249VIOLINI LUCAS22/02/201223/02/2012
152525NETO CLAUDIO22/02/201223/02/2012
152576CALDEVILLA OSVALDO22/02/201223/02/2012
153749IMBROGNO GERARDO22/02/201223/02/2012
153876FARIAS LOSE22/02/201223/02/2012
154037CORTEZ HUGO ARNALDO22/02/201223/02/2012
154890CORONEL DIEGO22/02/201223/02/2012
154925DEDIEGO GASTON22/02/201223/02/2012
155152ZARATE DARIO22/02/201223/02/2012
155637RONALD VERA22/02/201223/02/2012
156052GARCIA MARCELO22/02/201223/02/2012
157137VIANA22/02/201223/02/2012
158513MARABELLA LUIS22/02/201223/02/2012
158552PACHECO DARIO22/02/201223/02/2012
159037MATRELO CESAR MATIAS22/02/201223/02/2012
159190CARDOZO ANTONIO22/02/201223/02/2012
97919CHAPARRO ALBERTO MARTIN22/02/201223/02/2012

Se modifica el artículo 4º del acta acuerdo MBA-SMATA de fecha 09/02/2012 en lo que hace a la cantidad de personas licenciadas.

El acta original mencionaba 139 personas, con la incorporación de este ANEXO I bis (57 personas), la cantidad total asciende a 196 personas.

ACTA ACUERDO MERCEDES-BENZ ARGENTINA - SMATA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de febrero del año 2012, se reúnen en la sede del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (en adelante “SMATA”), ubicada en Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Señores Diego A. Tyburec D.N.I. Nº 17.363.409, Marcelo M. Nardelli D.N.I. Nº 17.003.419, en representación de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A. (en adelante “LA EMPRESA”) y los Señores Morán Gustavo D.N.I. Nº 12.349.768, Ponce Claudio D.N.I. Nº 14.530.529, Ibarra Mario D.N.I. Nº 21.326.206, Collazzo Miguel D.N.I. Nº 14.857.599, Dr. Guillermo Morán D.N.I. Nº 11.737.995 en carácter de letrado patrocinante en representación de “SMATA”, a los efectos de convenir una serie de iniciativas orientadas a resolver los inconvenientes generados por el lanzamiento del nuevo vehículo denominado NCV3, sin afectar el nivel del empleo ni la competitividad que permita cumplir con los compromisos de producción y exportación del mismo desde el Centro de Producción Mundial Juan Manuel Fangio.

I.- Consideraciones Previas

Que la necesidad de adaptar los dispositivos y recursos previstos como consecuencia de la discontinuidad del producto T1N y el lanzamiento del denominado “NCV3”, requiere el mayor esfuerzo de ambas partes en pos de preservar el objetivo común y fines compartidos antes señalados, en especial en esta instancia donde por un lado se suscita una etapa en la cual no se requerirá el total de la fuerza laboral hoy disponible, ello como consecuencia de este proceso de adaptación fabril e incluso durante la denominada “curva de arranque” de todo lanzamiento y que se suscita hasta alcanzar los volúmenes de producción previstos.

Que se impone actuar preservando y priorizando los niveles de empleo, sin perder de vista la optimización en la utilización de todos los mecanismos que ambas partes han previsto convencionalmente, es por ello que luego de una primera etapa de implementación de un esquema de licenciamientos por el término de 5 días hábiles suscripto por las partes el 2/2/2012, se procederá a extender dicho esquema de licenciamiento hasta el 2/3/2012.

II.- Contenido del Acuerdo

PRIMERO: Se conviene para esta tercera etapa a transcurrir entre los días 28/2/2012 y 02/03/2012, suspender a la nómina de personal que se identifica en el Anexo I del presente, ante la falta de trabajo productivo derivado de las razones esgrimidas en el acápite I del presente. El personal alcanzado por esta medida percibirá el equivalente al 75% de su remuneración bruta por cada día de suspensión, monto que se enmarcara en las previsiones contenidas en el artículo 223 bis de la LCT y por tal se deberán ingresar las cotizaciones correspondientes a la obra social. La Empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal con destino al Régimen de Obras Sociales, evitando afectar la cobertura médico asistencial en la coyuntura. Esta medida refleja el esfuerzo por satisfacer los propósitos aquí definidos por las partes.

SEGUNDO: En el marco de esta segunda fase del acuerdo convenido en fecha 02/02/2012, las partes continúan avanzando en los detalles que permitan la implementación del BANCO DE HORAS, el que en esta instancia se complementa con un nuevo licenciamiento, tal como estaba previsto y de las características que se regulan en el presente instrumento.

TERCERO: Las PARTES acuerdan como objetivo mutuo e imprescindible para poder asignarle operatividad plena y a la vez, sustentabilidad a los compromisos que por este instrumento y acuerdos complementarios al mismo se suscriban, el mantenimiento de armoniosas y ordenadas relaciones del trabajo, permitiendo atender las exigencias tanto de la Empresa, como de los Trabajadores, brindando productos de alta calidad, servicios y costos adecuados, con el propósito de asegurar el mantenimiento de las fuentes de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos, y sin perder de vista el contexto económico actual, y el momento de la industria automotriz en forma particular.

CUARTO: Como consecuencia de lo convenido en el artículo Primero, el grupo de trabajadores del ANEXO I que asciende a 79 personas, se incorporará a un esquema de suspensión por falta de trabajo de carácter fijo denominado - SUSPENSIONES FASE I POR LANZAMIENTO NCV3”, el que se iniciará a partir del 28/2/2012 hasta la fecha indicada en el ANEXO I, percibiendo una suma no remunerativa equivalente al 75% de su remuneración mensual fija por el tiempo en que esté licenciado y conforme a las previsiones establecidas en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, tal como se conviniera para esta Fase, ya que para la FASE II se regirá por las previsiones indicadas en cada uno de los ítems que integran el artículo segundo del presente Acuerdo.

QUINTO: La Empresa procederá a comunicar los términos de dicha suspensión a cada uno de los empleados que integran el ANEXO I a partir del día de la fecha, y a través de los medios que resulten idóneos.

SEXTO: HOMOLOGACION: Cualquiera de las PARTES podrá presentar el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de solicitar la correspondiente homologación.
No siendo para más, y atento el acuerdo arribado por las PARTES, se cierra la reunión, con la firma de todos los presentes, los que ratifican y prestan su plena conformidad.

ANEXO I

LegajoNúmero de personalDESDEHASTA
140294BULOW CARLOS ALFREDO28/02/201202/03/2012
141755GERONIMO DANIEL RODRIGO28/02/201202/03/2012
141854MAMANI DANIEL ALFREDO28/02/201202/03/2012
151513ABBENANTE ENZO GABRIEL28/02/201202/03/2012
151590ROMERO ZORZOLI LAZARO DAMIAN28/02/201202/03/2012
151637ALDAVE ADOLFO CHRISTIAN HERNAN28/02/201202/03/2012
155288PRATS DAMIAN EZEQUIEL28/02/201202/03/2012
155452VAZQUEZ EMANUEL LUIS28/02/201202/03/2012
156337MAESTRE OMAR ALEJANDRO28/02/201202/03/2012
158801MORFESE LUCAS DAMIAN28/02/201202/03/2012
149767MACHADO FERNANDO ISRAEL28/02/201202/03/2012
153364VELAZQUEZ CARLOS MARTIN28/02/201202/03/2012
153688TUDELA TORREZ MIGUEL CIRILO28/02/201202/03/2012
124298PARISI VICTOR SALVADOR28/02/201202/03/2012
140632GODOY MIGUEL ANGEL28/02/201202/03/2012
141226OSUNA RUBEN JUAN28/02/201202/03/2012
143090GERONIMO PABLO FELIPE28/02/201202/03/2012
143222TIKLE HECTOR LEONARDO28/02/201202/03/2012
144569RODRIGUEZ LEONARDO IVAN28/02/201202/03/2012
145153VELOZO GUSTAVO ELISEO28/02/201202/03/2012
145765GRIPPO SEBASTIAN OMAR28/02/201202/03/2012
148595GERONIMO EMILIO EUGENIO28/02/201202/03/2012
148610MORELLI DIEGO RAUL28/02/201202/03/2012
150623FICOSECCO MATIAS28/02/201202/03/2012
151564GIANGIULIO ANIBAL IGNACIO28/02/201202/03/2012
155264GARCIA ANGEL RUBEN28/02/201202/03/2012
155390ANDINO JUAN ANTONIO28/02/201202/03/2012
158352TOLEDO DANIEL ISAAC28/02/201202/03/2012
126757MAZZUCCHIN WALTER GUILLERMO28/02/201202/03/2012
91489RIOS PEDRO A.28/02/201202/03/2012
96033RIOS EDUARDO RUBEN28/02/201202/03/2012
100488QUIQUEREZ JOSE ALBERTO28/02/201202/03/2012
107145ZUFIAURRE NORBERTO O.28/02/201202/03/2012
123125GUZMAN DARDO OSMAR28/02/201202/03/2012
140187PAEZ NESTOR ARIEL28/02/201202/03/2012
141565AQUINO GASTON LEANDRO28/02/201202/03/2012
143371VERA MIGUEL ANGEL28/02/201202/03/2012
144353LOPEZ CAJARAVILLE JOSE LUIS28/02/201202/03/2012
144923ALBARRACIN CRISTIAN JAVIER28/02/201202/03/2012
147216RODRIGUEZ JULIO CESAR28/02/201202/03/2012
149113TOLOSA JORGE GABRIEL28/02/201202/03/2012
150128ALVARENGA ANDRES MARIANO28/02/201202/03/2012
150946AGUIAR ALAN EVER28/02/201202/03/2012
157937BOGNANTI JORGE MAURICIO28/02/201202/03/2012
85896FURLANI CARLOS ALBERTO28/02/201202/03/2012
126450DONATO ALEJANDRO ALDO28/02/201202/03/2012
139718MEJI NAZARENO BARTOLOME28/02/201202/03/2012
157949CHAPARRO ALBERTO MARTIN28/02/201202/03/2012
111691ALI JOSE ROBERTO28/02/201202/03/2012
125262ORTIZ RUBEN RICARDO28/02/201202/03/2012
127333ALVAREZ JUAN CARLOS28/02/201202/03/2012
129339PALMEIRO DANIEL OSCAR28/02/201202/03/2012
134198CATTANEO GABRIEL ANIBAL28/02/201202/03/2012
139437ACOSTA RUBEN DARIO28/02/201202/03/2012
144452FARIAS PABLO28/02/201202/03/2012
144600JUAREZ JOSE MAXIMILIANO28/02/201202/03/2012
145715HOFSTETER GERMAN ALBERTO28/02/201202/03/2012
145864KRAWCUK FERNANDO EZEQUIEL28/02/201202/03/2012
146630QUIJANO GASTON ANDRES28/02/201202/03/2012
147076GIMENEZ VICTOR28/02/201202/03/2012
147539CHAVEZ GABRIEL SEBASTIAN28/02/201202/03/2012
149452TREROTOLA SERGIO FABIAN28/02/201202/03/2012
149733EVANGELISTA MAURO HERNAN28/02/201202/03/2012
149874DE STEFANO PABLO JAVIER28/02/201202/03/2012
149981NAVARRO JOSE ANTONIO28/02/201202/03/2012
150459PEÑA ALBERTO EZEQUIEL28/02/201202/03/2012
150974ERRAMOUSPE SANTIAGO CARLOS28/02/201202/03/2012
152613CEPEDA LUIS ALBERTO28/02/201202/03/2012
154264RACCIO CLAUDIO FABIAN28/02/201202/03/2012
155088MARTOS CLAUDIO HERNAN28/02/201202/03/2012
154125PIRES MARTINS JOSE EDUARDO28/02/201202/03/2012
146234MARIN CRISTIAN CASIMIRO28/02/201202/03/2012
148834MEDINA LUIS ANGEL IGNACIO28/02/201202/03/2012
150342BAZAN JORGE DANIEL28/02/201202/03/2012
150433NAVEIRA LUCAS EZEQUIEL28/02/201202/03/2012
150681ITURRA RIQUELME MOISES HERALDO28/02/201202/03/2012
153749IMBROGNO GERARDO GONZALO28/02/201202/03/2012
153890GONZALEZ CARLOS ARIEL28/02/201202/03/2012
156176SANDOVAL MONTENEGRO WALTER ALBERTO28/02/201202/03/2012

ACTA ACUERDO MERCEDES-BENZ ARGENTINA - SMATA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de marzo del año 2012, se reúnen en la sede del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (en adelante “SMATA”), ubicada en Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Señores Diego A. Tyburec D.N.I. Nº 17.363.409, Marcelo M. Nardelli D.N.I. Nº 17.003.419, en representación de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A. (en adelante “LA EMPRESA”) y los Señores Morán Gustavo D.N.I. Nº 12.349.768, Ponce Claudio D.N.I. Nº 14.530.529, Ibarra Mario D.N.I. Nº 21.326.206, Collazzo Miguel D.N.I. Nº 14.857.599, Dr. Guillermo Morán D.N.I. Nº 11.737.995 en carácter de letrado patrocinante en representación de “SMATA”, a los efectos de convenir una serie de iniciativas orientadas a resolver los inconvenientes generados por el lanzamiento del nuevo vehículo denominado NCV3, sin afectar el nivel del empleo ni la competitividad que permita cumplir con los compromisos de producción y exportación del mismo desde el Centro de Producción Mundial Juan Manuel Fangio.

I.- Consideraciones Previas

Que la necesidad de adaptar los dispositivos y recursos previstos como consecuencia de la discontinuidad del producto T1N y el lanzamiento del denominado “NCV3”, requiere el mayor esfuerzo de ambas partes en pos de preservar el objetivo común y fines compartidos antes señalados, en especial en esta instancia donde por un lado se suscita una etapa en la cual no se requerirá el total de la fuerza laboral hoy disponible, ello como consecuencia de este proceso de adaptación fabril e incluso durante la denominada “curva de arranque” de todo lanzamiento y que se suscita hasta alcanzar los volúmenes de producción previstos.

Que se impone actuar preservando y priorizando los niveles de empleo, sin perder de vista la optimización en la utilización de todos los mecanismos que ambas partes han previsto convencionalmente, es por ello que luego de una primera etapa de implementación de un esquema de licenciamientos por el término de 5 días hábiles suscripto por las partes el 02/02/2012, se procederá a extender dicho esquema de licenciamiento hasta el 09/03/2012.

II.- Contenido del Acuerdo

PRIMERO: Se conviene para esta cuarta etapa a transcurrir entre los días 5/3/2012 y 09/03/2012, suspender a la nómina de personal que se identifica en el Anexo I del presente, ante la falta de trabajo productivo derivado de las razones esgrimidas en el acápite I del presente. El personal alcanzado por esta medida percibirá el equivalente al 75% de su remuneración bruta por cada día de suspensión, monto que se enmarcara en las previsiones contenidas en el artículo 223 bis de la LCT y por tal se deberán ingresar las cotizaciones correspondientes a la obra social. La Empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal con destino al Régimen de Obras Sociales, evitando afectar la cobertura médico-asistencial en la coyuntura. Esta medida refleja el esfuerzo por satisfacer los propósitos aquí definidos por las partes.

SEGUNDO: En el marco de esta segunda fase del acuerdo convenido en fecha 2/2/2012, las partes continúan avanzando en los detalles que permitan la implementación del BANCO DE HORAS, el que en esta instancia se complementa con un nuevo licenciamiento, tal como estaba previsto y de las características que se regulan en el presente instrumento.

TERCERO: Las PARTES acuerdan como objetivo mutuo e imprescindible para poder asignarle operatividad plena y a la vez, sustentabilidad a los compromisos que por este instrumento y acuerdos complementarios al mismo se suscriban, el mantenimiento de armoniosas y ordenadas relaciones del trabajo, permitiendo atender las exigencias tanto de la Empresa, como de los Trabajadores, brindando productos de alta calidad, servicios y costos adecuados, con el propósito de asegurar el mantenimiento de las fuentes de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos, y sin perder de vista el contexto económico actual, y el momento de la industria automotriz en forma particular.

CUARTO: Como consecuencia de lo convenido en el artículo Primero, el grupo de trabajadores del ANEXO I que asciende a 14 personas, se incorporará a un esquema de suspensión por falta de trabajo de carácter fijo denominado “SUSPENSIONES FASE I POR LANZAMIENTO NCV3”, el que se iniciará a partir del 05/03/2012 hasta la fecha indicada en el ANEXO I, percibiendo una suma no remunerativa equivalente al 75% de su remuneración mensual fija por el tiempo en que esté licenciado y conforme a las previsiones establecidas en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, tal como se conviniera para esta Fase, ya que para la FASE II se regirá por las previsiones indicadas en cada uno de los ítems que integran el artículo segundo del presente Acuerdo.

QUINTO: La Empresa procederá a comunicar los términos de dicha suspensión a cada uno de los empleados que integran el ANEXO I a partir del día de la fecha, y a través de los medios que resulten idóneos.

SEXTO: HOMOLOGACION: Cualquiera de las PARTES podrá presentar el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de solicitar la correspondiente homologación.

No siendo para más, y atento el acuerdo arribado por las PARTES, se cierra la reunión, con la firma de todos los presentes, los que ratifican y prestan su plena conformidad.

ANEXO I

LEGAJOAPELLIDO Y NOMBRESECTORDESDEHASTA
148587CASTILLO SERGIO MAURICIO272505/03/201209/03/2012
152149BAEZ ECHEVERRIA NERI RAMON260505/03/201209/03/2012
157276TARANTO GUSTAVO JAVIER272505/03/201209/03/2012
134198CATTANEO GABRIEL ANIBAL263605/03/201209/03/2012
151552GEREZ BRITO CRISTIAN RAUL271505/03/201209/03/2012
157352MARTINEZ MATIAS JOSE261605/03/201209/03/2012
155337SCHEIDERR JAVIER RUBEN272505/03/201209/03/2012
153352FRAGATA EMANUEL ALEJANDRO272505/03/201209/03/2012
151801FERNANDEZ CASAS NICOLAS263605/03/201209/03/2012
149783MAZZA FEDERICO MIGUEL271505/03/201209/03/2012
149072RISCINO SANTIAGO ALBERTO281505/03/201209/03/2012
145715HOFSTETER GERMAN ALBERTO263605/03/201209/03/2012
157949CHAPARRO ALBERTO MARTIN281505/03/201209/03/2012
150433NAVEIRA LUCAS EZEQUIEL263605/03/201209/03/2012