MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 23/2012


Tope Nº 379/2012


Bs. As., 29/6/2012

VISTO el Expediente Nº 1.426.247/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 69 del 18 de abril de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5, 7 y 9 del Expediente Nº 1.475.288/11 agregado a fojas 88 al Expediente Nº 1.426.247/11, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa KLP EMPRENDIMIENTOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición D.N.R.T. Nº 69/12 y registrado bajo el Nº 407/12, conforme surge de fojas 101/103 y 106, respectivamente.

Que mediante el artículo 1° de la precitada Disposición se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 2/24 del Expediente Nº 1.475.289/11, agregado a fojas 89 al principal, registrado con el Nº 1264/12 “E”, con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2010, el cual no incluye escala salarial en su plexo convencional.

Que atento a que la fecha de celebración del Acuerdo Nº 407/12 resulta posterior a la entrada en vigencia del precitado Convenio Colectivo, se entiende que dicho acuerdo se encuentra celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1264/12 “E”.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 114/118, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 69 del 18 de abril de 2012, y registrado bajo el Nº 407/12 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa KLP EMPRENDIMIENTOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente Nº 1.426.247/11

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
SINDICATO DE TRABAJADORES
DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION
Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
KLP EMPRENDIMIENTOS SOCIEDAD ANONIMA
ACUERDO Nº 407/12

CCT Nº 1264/12 “E”
01/08/2011
01/01/2012
01/07/2012
$ 3.265,38
$ 3.365,38
$ 3.675,38
$ 9.796,14
$ 10.096,14
$ 11.026,14



Expediente Nº 1.426.247/11

Buenos Aires, 2 de julio de 2012

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 23/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 379/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.