MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1003/2012
Registro Nº 787/2012
Bs. As., 11/7/2012
VISTO el Expediente Nº 1.500.189/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el sector sindical y la empresa
TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce
a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.500.189/12 y ha sido debidamente
ratificado a fojas 69/70 y 71 de las mismas actuaciones.
Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes
establecen un incremento salarial en los términos y conforme los
lineamientos allí establecidos, confirmándose la nueva escala salarial
que indican corresponde al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
785/06 “E”.
Que en el acto de ratificación de fojas 69/70 del sub examine las
partes ponen de relieve que por un error involuntario se consignó en el
acuerdo el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 785/06 “E”,
cuando en realidad debió ser el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa Nº 1232/11 “E” y asimismo se rectifica la fecha consignada en
el artículo 1 del mismo y se redacta nuevamente.
Que en orden a lo expuesto deberá procederse a la homologación del acta
de audiencia aludida, conjuntamente con el acuerdo y como Acta
Complementaria de éste.
Que a fin de esclarecer la cuestión relativa a la numeración del plexo
convencional, corresponde señalar que el Convenio Colectivo de Trabajo
de Empresa 785/06 “E” ha sido oportunamente celebrado entre las mismas
partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente
homologado a través de Resolución Subsecretaria de Relaciones Laborales
(Ss.R.L.) Nº 93, de fecha 22 de junio de 2006.
Que el mentado plexo convencional ha sido oportunamente renovado por
sus celebrantes, en consecuencia el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el
sector sindical y la empresa TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la
parte empleadora alcanzaron el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
Nº 1232/11 “E”, el que ha sido debidamente homologado mediante
Resolución Secretaria de Trabajo (S.T.) Nº 1192, de fecha 18 de
septiembre de 2011.
Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente dictamen.
Que aclarada la cuestión precedente debe señalarse que con relación al
ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde
con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 1232/11 “E”, cuyas
escalas salariales modifica.
Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la
estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día
1 de marzo de 2012, de conformidad con lo expresamente pactado por sus
celebrantes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y
teniéndose en consideración las nuevas escalas salariales, deberán
remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la
correspondencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el sector sindical y la empresa
TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce
a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.500.189/12 y sus Actas Complementarias
de fojas 69/70 y 71 de las mismas actuaciones, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el acuerdo y actas complementarias obrantes a
fojas 6/9, 69/70 y 71 del Expediente Nº 1.500.189/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de
la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1232/11 “E”
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo y actas complementarias homologadas y de esta Resolución,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo
5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.500.189/12
Buenos Aires, 17 de julio de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1003/12 se ha
tomado razón del acuerdo y actas complementarias obrantes a fojas 6/9,
69/70 y 71 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el
número 787/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Luis Guillón, partido de Esteban Echeverría a los
quince días del mes de marzo de 2012, se reúnen: Treves Argentina S.A.
representada en este acto por el Sr. Jorge Toubes, Gerente de Recursos
Humanos y el Sr. Federico Menescaldi, y por la otra el Sindicato de
Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (S.M.A.T.A.) representada
en este acto por los Sres.: Ricardo Pignanelli, Mario Manrique, Gustavo
Morán, Francisco Malvaso, Hugo Gaeta, Mario Auban, Franco Di Grande y
como Comisión Interna de SMATA, los Sres. Claudio Balladares, Gustavo
Beade, Pablo López, quienes en conjunto convienen:
PRIMERA: Con efectividad al 1° de marzo de 2012, los salarios del
personal amparados bajo el CCT 785/06 E vigente al 31 de agosto de 2012
se incrementarán en un 7 %. Se adjuntan en ANEXO 1 las nuevas escalas
salariales resultantes, que regirán a partir del 1° de marzo de 2012 y
hasta el 31 de mayo de 2012, siendo este plazo el de vigencia del
presente acuerdo.
SEGUNDA: Durante el período de vigencia del presente acuerdo, el
incremento salarial acordado absorberá y compensará hasta su
concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio,
y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiere disponer el Poder
Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía
legal, reglamentaria, o por cualquier otra vía, ya sea con carácter
remunerativo o no remunerativo, aun cuando dicho aumento se disponga
sobre las remuneraciones normales, habituales, nominales y/o
permanentes o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro
tipo de remuneración o pago alguno.
TERCERA: En virtud del acuerdo alcanzado, los REPRESENTANTES DEL
PERSONAL reconocen que el mismo evidencia una justa composición de
intereses vinculada a la retribución del personal amparado bajo el CCT
785/06 E. En razón de lo anterior asumen el compromiso de no plantear
cuestiones de índole económica o monetaria alguna vigencia del mismo.
CUARTA: A fin de mantener negociaciones paritarias previsibles que
eviten generar situaciones conflictivas, LAS PARTES disponen que se
reunirán en el mes de mayo de 2012 con el objetivo de fijar los
salarios que regirán a partir del 1° de junio de 2012, de acuerdo al
incremento porcentual que negocie SMATA con las empresas terminales
automotrices, no superando de ningún modo y bajo ningún concepto el
resultado que arroje la misma en el período citado.
QUINTA: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas
y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la
Empresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de los
objetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con el
propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el
continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se
comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar
medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.
En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de igual tenor y a
un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su homologación.
ESCALA SALARIAL TREVES ARGENTINA A PARTIR DE 01/03/2012
CATEGORIAS | Básico al 01/12/2011 | 7 % Acta Acuerdo marzo 2012 | Básico al 01/03/2012 |
Categoría 1 | 16,24 | 1,14 | 17,38 |
Categoría 2 | 17,28 | 1,21 | 18,49 |
Categoría 3 | 18,96 | 1,33 | 20,29 |
Categoría 4 | 22,26 | 1,56 | 23,81 |
Categoría 5 | 24,35 | 1,70 | 26,05 |
Categoría 5.2 | 26,78 | 1,87 | 28,65 |
LAS ESCALAS SALARIALES DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS ESTAN INCLUIDAS EN LAS CATEGORIAS 1 A LA 3 DEL CUADRO PRECEDENTE.
ESCALA SALARIAL TREVES ARGENTINA A PARTIR DE 01/03/2012
SEGUN ACTA ACUERDO MARZO 2011
CATEGORIAS | Básico al 01/12/2011 | 7 % Acta Acuerdo marzo 2012 | Básico al 01/03/2012 |
Categoría 1 | 14,39 | 1,01 | 15,40 |
Categoría 2 | 15.41 | 1,08 | 16,49 |
Categoría 3 | 17,11 | 1,20 | 18,30 |
Categoría 4 | 20,47 | 1,43 | 21,90 |
Categoría 5 | 22,53 | 1,58 | 24,11 |
LAS ESCALAS SALARIALES DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS ESTAN INCLUIDAS EN LAS CATEGORIAS 1 A LA 3 DEL CUADRO PRECEDENTE.
Expediente Nº 1.500.189/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de abril
de 2012, siendo las 16:20 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Víctor Hugo GAETA (DNI:
13.078.440), en calidad de miembro del Consejo Directivo Nacional, y el
Sr. Mario AUBAN (DNI 08.489.825), asesor gremial y los Sres. Claudio
Gabriel BALLADARES (DNI: 25.614.230), Gustavo Adolfo BEADE (DNI:
22.365.935), y Pablo Ariel LOPEZ (DNI: 26.327.751), en calidad de
Delegados de Personal; y en representación de TREVES ARGENTINA S.A.,
con domicilio constituido en Avda. de Mayo 701 piso 18°, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires: la Sra. Cecilia Andrea DE MUGICA (DNI
27226194) y el Sr. Ricardo Federico MENESCALDI (DNI: 29.462.266) en
calidad de Apoderados, condición que acreditan mediante copias simples
de los poderes que firman juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las
partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la
presentación formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente
de referencia. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo
actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y
de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente
el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 15 de marzo de
2012 y acreditado a fojas 6/9 del expediente de referencia, del que
reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su
solicitud de homologación. El mismo se realiza en el marco del CCT
1232/11 “E” y alcanza a aproximadamente 320 trabajadores.
Asimismo, manifiestan que por un error involuntario en el ARTICULO 1° y
en el ARTICULO 3° donde dice CCT 785/06 “E” debe leerse CCT 1232/11 “E”
y donde dice 31 de agosto de 2012 debe leerse 1° de diciembre de 2011.
Es por ello que el artículo 1° quedará redactado de la siguiente forma:
“PRIMERA: Con efectividad al 1° de marzo de 2012, los salarios del
personal amparados bajo el CCT 1232/11 “E” vigente al 1° de diciembre
de 2011 al 29 de febrero de 2012 se incrementarán en un 7%. Se adjuntan
en ANEXO 1 las nuevas escalas salariales resultantes que regirán a
partir del 1° de marzo de 2012 y hasta el 31 de mayo de 2012, siendo
este plazo el de vigencia del presente acuerdo.”
Acto seguido, la funcionaria actuante a la representación sindical que
los acuerdos, en el plazo de diez (10) días, deberán ser ratificados
por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial.
Por último se les comunica que el acuerdo ratificado anteriormente, del
cual solicitan su homologación; será elevado a la Superioridad,
quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14250. En
este estado y no siendo para más, a las 16:40 horas, se da por
finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1.500.189/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de mayo de
2012, siendo las 12:50 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial. Declarado
abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo
actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que:
toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de
conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado con la EMPRESA
TREVES ARGENTINA SA el día 15 de marzo de 2012 en el marco del CCT
1232/11 “E” y acreditado a fojas 6/9 del expediente de referencia, así
como también la rectificación del artículo 1° y artículo 3°, obrante a
fojas 69/70; solicitando su homologación. Oído lo manifestado
precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que el acuerdo
ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será
elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de
legalidad previsto en la Ley Nº 14250. En este estado y no siendo para
más, a las 12:55 horas, se da por finalizado el acto firmando el
compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y
ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.