MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 967/2012


Registro Nº 754/2012


Bs. As., 4/7/2012

VISTO el Expediente Nº 1.502.983/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 y 7 del expediente de referencia, obra el Acuerdo y Anexo celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TARANTO SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo, las partes convienen sustancialmente prorrogar el punto II del Acta de fecha 16 de Noviembre de 2011 hasta el 30 de Junio de 2012, entre otras cuestiones, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1095/10 “E”, en los términos del texto pactado.

Que en este punto se deja constancia que los firmantes son los signatarios del mencionado convenio.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo y Anexo celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TARANTO SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 6 y 7 del Expediente Nº 1.502.983/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo y Anexo obrantes a fojas 6 y 7 del Expediente Nº 1.502.983/12.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1095/10 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.502.983/12

Buenos Aires, 5 de Julio de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 967/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6 y 7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 754/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

S.M.A.T.A. - TARANTO S.A.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de Mayo de 2012, en la Sede del S.M.A.T.A., Avda. Belgrano 665, se reúnen por el Sindicato, los Señores Gustavo Morán (Secretario Gremial), Alberto Maya y José Poncetta (Consejo Directivo Nacional), Mirko Impini y Mauricio Cisneros, Delegados del Personal, y en representación de la Empresa Taranto S.A. con domicilio constituido en Mario Bravo 641, Avellaneda, Prov. De Buenos Aires el Sr. José Luís Smichowski en calidad de apoderado, convienen en celebrar el siguiente Acuerdo.

Primero: Se acuerda que el Punto II del Acta del día 16 de Noviembre de 2011, donde dice “que a partir del 01/01/2012 se modifica el art. 9 del C.C.T. 1095/10 y es aplicable al valor horario que corresponda”: se prorroga dicha fecha hasta el día 30/06/2012.

Segundo: A partir del 01/04/2012 se incorpora el art. 9 Párrafo 2° (merienda) como no remunerativo.

Tercero: Se deja sin efecto el punto III del Acuerdo firmado el 16 de Noviembre de 2011, correspondiente al almuerzo.

Cuarto: A partir del 1° de Julio de 2012 se reunirán las partes para un nuevo acuerdo salarial.

Quinto: Se adjunta Anexo 1 - de la escala salarial con vigencia hasta el 30/06/2012 según lo establecido en el punto primero del presente acuerdo.

No siendo para más, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha del inicio.

ANEXO 1

ESCALA DE SALARIOS

SMATA - TARANTO S.A.

JORNALIZADOS

CATEGORIA01/01/2012
1$ 18,22
2$ 21,09
3$ 21,58
4$ 22,82
5$ 24,87
6$ 25,70
7$ 26,59

MENSUALIZADOS

CATEGORIA01/0112012
1$ 3.921,17
2$ 4.070,75
3$ 4.209.06
4$ 4.612,69
T-5$ 4.609,87
T-6$ 4.751,01
T-7$ 4.889,29