MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 1593/2012

Bs. As., 23/8/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0078767/2011 del registro de este Ministerio, los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y 1486 del 23 de setiembre de 2011, la Decisión Administrativa Nº 251 del 14 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1486/11, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de este Ministerio.

Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

Que dada la envergadura de las responsabilidades asignadas a la citada dependencia, resulta necesario la creación de DOS (2) cargos de conducción en la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo, a efectos de fortalecerla institucionalmente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 251/12, se facultó al suscripto a incorporar los referidos cargos de conducción en el ámbito de esta cartera de Estado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 251/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse en el ámbito de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION de este Ministerio las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al “Listado” y “Acciones” que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION

• COORDINACION DE ASESORAMIENTO NOTARIAL

• COORDINACION OPERATIVA

ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION

COORDINACION OPERATIVA

ACCIONES

1. Asesorar y suministrar información al Escribano General, los Escribanos Adscriptos y Jefes de Departamento, sobre los recursos humanos y materiales disponibles en función de los requerimientos del ESTADO NACIONAL de constatación de hechos y actos jurídicos que éste tenga necesidad de documentar por acta notarial, elaborando una previsión en relación a los mismos.

2. Determinar prioridades de tiempo y espacio, respecto del amplio espectro de requerimientos que en materia de actas notariales, efectúen los distintos organismos que componen los tres poderes de la Nación a la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

3. Conformar y mantener actualizada una nómina de Escribanos de Registro de todo el país para que puedan reemplazar a los Escribanos Titular y Adscriptos, en los casos en que éstos no puedan, por razones de servicio, cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de constatación de hechos y actos jurídicos que el ESTADO NACIONAL tenga necesidad de documentar por acta notarial.

4. Elaborar y suministrar periódicamente informes estadísticos a los Escribanos Titular y Adscriptos sobre los requerimientos de actas notariales que efectúen los distintos Organismos del ESTADO NACIONAL.

ANEXO II

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION

COORDINACION DE ASESORAMIENTO NOTARIAL

ACCIONES

1. Asesorar al Escribano Titular y Adscriptos sobre las previsiones de mediano y largo plazo que debe adoptar la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION, para el adecuado cumplimiento de los procesos notariales y sus trámites conexos, coordinando asimismo la realización de las gestiones previas, la documentación requerida, el otorgamiento, la autorización, el registro y archivo de escrituras públicas, como también en lo concerniente a la liquidación, retención, percepción y el pago de impuestos, tasas y contribuciones que éstas generan.

2. Diseñar, implementar y mantener un sistema de información unificado sobre el desarrollo de los procesos escriturarios, tanto ya realizados como en vías de concreción, en el ámbito de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.