MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 744/2012


Registros Nº 567/2012 y Nº 568/2012


Bs. As., 29/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.345.354/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 21/22 y 23/24 del Expediente Nº 1.345.354/09, obran los Acuerdos celebrados entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dichos Acuerdos, las partes convienen el pago de sumas no remunerativas de carecer extraordinario y por única vez, conforme los términos de los textos pactados.

Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los mentados Acuerdos.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), conforme surge de fojas 56 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 21/22 del Expediente Nº 1.345.354/09, celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 23/24 del Expediente Nº 1.345.354/09, celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 21/22 y 23/24, ambos del Expediente Nº 1.345.354/09.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los Acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.345.354/09

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 744/12 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 21/22 y 23/24 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 567/12 y 568/12 respectivamente. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.345.354/10

En la ciudad de Buenos Aires, a los quince días del mes de junio del año dos mil diez siendo las 16.15 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Gustavo DIAZ en su calidad de secretario gremial Nacional; José Maria MOLINARI Secretario Gremial secciona! Buenos Aires en representación de la ASOCIACION BANCARIA, patrocinados por el Dr. Francisco ROJAS; por una parte y por la otra lo hace el señor Sergio Benito PATRON COSTAS URIBURU en su calidad de apoderado del BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA constituyendo domicilio legal Sarmiento 447 - Capital Federal todos con identidad personería y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, esta procede a ceder el uso de la palabra a ambos sectores quienes de común acuerdo y por si MANIFIESTAN: Que venimos por este acto a acompañar el siguiente acuerdo: Que teniendo en cuenta la solicitud efectuada por parte de las Comisiones Gremiales Internas de los Bancos Macro, Nuevo Banco Bisel y Banco de Tucumán relacionada con un pago extraordinario por única vez a la totalidad de su personal en relación de dependencia al 31/12/2008, las partes han mantenido numerosas reuniones tendientes a lograr un acuerdo sobre el requerimiento.

Que las partes acuerdan el pago extraordinario por única vez de carácter no remunerativo, para todo el personal en relación de dependencia al 31/12/2008 y que esté prestando servicios a la fecha de pago de $ 700.- (pesos setecientos).

Que Banco Macro S.A., Nuevo Banco Bisel S.A. y Banco de Tucumán se comprometen a hacer efectivo el pago antes del 30/04/2009.

En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto solicitando la homologación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Siendo las 16.35 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mi funcionaria que CERTIFICO.

Expte. Nº 1.345354/10

En la ciudad de Buenos Aires, a los quince días del mes de junio del año dos mil diez siendo las 16.00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mi Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Gustavo DIAZ en su calidad de secretario gremial Nacional; José Maria MOLINARI Secretario Gremial seccional Buenos Aires en representación de la ASOCIACION BANCARIA, patrocinados por el Dr. Francisco ROJAS; por una parte y por la otra lo hace el señor Sergio Benito PATRON COSTAS URIBURU en su calidad de apoderado del BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA constituyendo domicilio legal Sarmiento 447 - Capital Federal todos con identidad personería y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, ésta procede a ceder el uso de la palabra a ambos sectores quienes de común acuerdo y por sí MANIFIESTAN: Que venimos por este acto a acompañar el siguiente acuerdo: Que teniendo en cuenta la solicitud efectuada por parte de las Comisiones Gremiales Internas de los Bancos Macro y Banco de Tucumán relacionada con un pago extraordinario por única vez a la totalidad de su personal en relación de dependencia al 31/12/2009, las partes han mantenido numerosas reuniones tendientes a lograr un acuerdo sobre el requerimiento.

Que las partes acuerdan el pago extraordinario por única vez de carácter no remunerativo, para todo el personal en relación de dependencia al 31/12/2009 y que esté prestando servicios a la fecha de pago de $ 865.- (pesos ochocientos sesenta y cinco).

Que Banco Macro S.A. y Banco de Tucumán se comprometen a hacer efectivo el pago antes del 20/04/2010.

En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto solicitando la homologación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Siendo las 16.15 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria que CERTIFICO.