MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 588/2012


Registro Nº 448/2012


Bs. As., 3/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.483.164/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 15/17 del Expediente Nº 1.483.164/11 obra el Acuerdo celebrado entre el BANCO DE LA NACION ARGENTINA y la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCOS), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen el pago de una suma no remunerativa entre otras consideraciones.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la representación empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan con la documentación alegada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 15/17 celebrado entre el BANCO DE LA NACION ARGENTINA y la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCOS), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 15/17 del Expediente Nº 1.483.164/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo 18/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.483.164/11

Buenos Aires, 4 de mayo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 588/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 15/17 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 448/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.483.164/11

En la Ciudad de Buenos Aires, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil once siendo las 14.00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Sergio PALAZZO Secretario general adjunto, Andrés CASTILLO Secretario General Adjunto Alterno, Gustavo DIAZ Secretario de Acción Gremial, Carlos Antonio IRRERA, Pro Secretario de Acción Gremial, Liliana LAFAUCI Secretaria de Acción Social, Lisandro AGUIRREZABAL Secretario de Seccionales, Cristina MAINO Pro Secretaria de Finanzas, Juan PALLO Pro Secretario de Seccionales, Alejandra ESTOUP, Secretaria General Seccional Buenos Aires, Oscar CHAMORRO FERNANDEZ, Secretario de Organización y Capacitación Sindical Seccional Buenos Aires, Pablo REGNIER, Secretario de Prensa y Difusión Seccional Buenos Aires, Danilo MAISLOS, Pro Secretario de Administración Seccional Buenos Aires, Enrique RAMIREZ, Carlos Hugo FABREGAT y Hugo ELIAS (integrantes del Consejo Directivo), Alberto IRIARTE Congresal Seccional Buenos Aires, en representación de la ASOCIACION BANCARIA asistidos por el Dr. Francisco ROJAS, por una parte y por la otra lo hace el señor Luis Alberto PONCE, Jorge TERPILUK y Nelson Alberto BERNABEI en su calidad de apoderado en representación del BANCO DE LA NACION ARGENTINA patrocinado por la Dra. Silvia Elvira SALICE todos con identidad personería y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, ésta procede a ceder el uso de la palabra a la representación de la parte sindical y empleadora de común acuerdo y por sí MANIFIESTAN: Que venimos en este acto a acompañar el acuerdo arribado:

1) Las partes acuerdan que entre el mes de noviembre y hasta el 31.12.2011 se incorporarán 120 agentes, los que serán destinados íntegramente a la planta de sucursales de la Institución.

2) Que asimismo, al inicio del nuevo ejercicio, el Banco de la Nación Argentina diseñará una política de ingreso proyectada sobre las necesidades y requerimientos de las sucursales y áreas centrales de la Entidad.

3) Que el Banco de la Nación Argentina se compromete a cubrir en forma inmediata, las vacantes que se produzcan cuando se retire por jubilación un trabajador.

4) Que el Banco de la Nación Argentina se compromete a cubrir en forma inmediata, las vacantes que se produzcan por retiros o desvinculaciones en las sucursales.

5) Que el Banco de la Nación Argentina se compromete a cubrir en forma inmediata, las vacantes por fallecimiento que se produzcan en las sucursales.

6) Que el Banco de la Nación Argentina se compromete a cubrir en forma inmediata las vacantes que se produzcan por enfermedades prolongadas que superen los 12 (doce) meses.

7) El Banco Nación expresa que cabe señalar que a la fecha de la presente, durante el corriente año 2011 se han designado en el Banco de la Nación Argentina 641 agentes, habiendo egresado en el mismo período 429 agentes.

8) Las partes acuerdan que del total de ingresos de personal que se produzcan, no menos del 30% pertenecerán a hijos y/o familiares directos de trabajadores de la Entidad, teniendo prioridad entre ellos los hijos de trabajadores fallecidos.

9) Con relación al programa de metas comerciales, el Banco de la Nación Argentina se compromete a revisar el mismo a la finalización de este ejercicio económico, con el objetivo de ampliar y optimizar su distribución.

10) Ante el pedido que quedará pendiente del Acta del 23.1.2011 referido a antigüedad, las partes acuerdan abrir una mesa de diálogo que analice modificaciones para llegar con dicho adicional a un universo mayor de trabajadores.

11) Teniendo en cuenta que las Sucursales y Casa Central alcanzarán el mínimo de dos Objetivos de las metas del Plan Comercial del corriente año, el Banco de la Nación Argentina hará efectiva a todo el personal por única vez y con carácter no remunerativa el día 13 de enero de 2012, la suma de $ 1.000.- (pesos mil) y mientras se avanzan en los puntos 9) y 10) de la presente.

12) Los demás temas analizados por las partes en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social serán tratados en las paritarias del año 2012.

Ambas partes de común acuerdo y por sí solicitan la homologación.

En este estado la funcionaria actuante procede a hacer saber a las partes que se elevarán los presentes obrados a la Superioridad a los efectos de la respectiva homologación.

Siendo las 15.00 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí  funcionaria que CERTIFICO.