MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 249/2012
Registro Nº 924/2012
Bs. As., 3/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.517.064/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acta Acuerdo suscripta entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la ASOCIACION DE
CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.C.A.R.A.)
por el sector empleador, obrante a foja 3 y ratificado a foja 4 y a
foja 34 por medio de las Actas que forman parte integrante del mismo,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que mediante el presente Acta Acuerdo, las partes convienen nuevas
remuneraciones desde el 1° de julio hasta el 30 de septiembre de 2012,
para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 596/10, conforme surge de los términos pactados.
Que con respecto a la escala salarial que lo integra, obrante a foja 3
de las mismas actuaciones, corresponde aclarar que bajo el Expediente
Nº 1.438.239/11, mediante Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 537
de fecha 27 de mayo de 2011, se declaró homologado un Acuerdo suscripto
entre las mismas partes signatarias del presente instrumento, por el
que se estableció en su Artículo Segundo, que las partes acompañarían
en forma trimestral a partir del 1° de abril de 2012, las escalas
salariales de los trabajadores para su homologación.
Que el ámbito de aplicación del mentado Acta Acuerdo, se corresponde
con el alcance de representación de la entidad empresaria y de la
asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa
laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de
los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en
las presentes actuaciones.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones
del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de
Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acta Acuerdo suscripta entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA (A.C.A.R.A.) obrante a foja 3 del Expediente Nº
1.438.239/11 y ratificado por medio de las Actas obrantes a foja 4 y a
foja 34, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acta Acuerdo obrante a foja 3 del Expediente
Nº 1.517.064/12 y ratificado a foja 4 y a foja 34 mediante las Actas
que integran el mismo.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
gírense a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, previsto por el artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del
presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº
596/10.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acta Acuerdo homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.517.064/12
Buenos Aires, 7 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 249/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente principal y
las actas de ratificación obrantes a fojas 4 y 34 del expediente de
referencia, quedando registrados bajo el número 924/12. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Escala Salarial: vigencia 1 de julio al 30 de septiembre 2012 para homologar en el M.T.S.S.
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1 de julio al 30 de septiembre del 2012 |
Personal de Taller |
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Especialista Múltiple Superior en Servicios (1) | 5777,92 |
Especialista Superior en Servicios | 5114,07 |
Especialista en Servicios | 4669,04 |
Experto en Servicios | 4402,95 |
Ayudante de Servicios | 3472,63 |
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Personal Administrativo |
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Administrativo Múltiple Especializado (1) | 5777,92 |
Administrativo Especializado | 5157,85 |
Administrativo Calificado | 4607,03 |
Administrativo Auxiliar | 4282,39 |
Administrativo Inicial | 3472,63 |
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Maestranza |
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A | 3250,11 |
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Lavador | 4079,66 |
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Vendedores | 3611,21 |
Vend. Planes de Ahorro/Itinerante de Repuesto | 2889,00 |
Expediente Nº 1.517.064/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de julio
de 2012, siendo las 14:55 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta: que acompaña y ratifican íntegramente la escala salarial
vigente a partir del 1° de julio 2012, correspondiente al Acta Acuerdo
obrante a fojas 40/42 del Expediente Nº 1.438.239/11, homologado por
Resolución ST Nº 537/11. EI acuerdo alcanzado se realizó en el marco
del CCT 596/10 y alcanza aproximadamente a 20.000 trabajadores.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al
control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no
siendo para más, a las 15:00 horas, se da por finalizado el acto
firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1.517.064/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de julio
de 2012, siendo las 15:50 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA en representación de la ASOCIACION DE
CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPULICA ARGENTINA, con domicilio
constituido en Lima 265, 3° piso, CAGA, el Sr. Eduardo Martín GOÑI (DNI
20.729.197), en calidad de apoderado, condición que acredita mediante
copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cedida la
palabra al compareciente, manifiesta: que ratifican íntegramente la
escala salarial vigente a partir del 1° de julio 2012, correspondiente
al Acta Acuerdo obrante a fojas 40/42 del Expediente Nº 1.438.239/11,
homologado por Resolución ST Nº 537/11. El acuerdo alcanzado se realizó
CCT 596/10 y alcanza aproximadamente a 20.000 trabajadores.
Acto seguido, la funcionaria actuante le comunica que el acuerdo
ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación; será
elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad
previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no siendo para más, a
las 16:00 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente
al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación
de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.