MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 286/2012
Registro Nº 1007/2012
Bs. As., 22/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.516.026/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 228.146/12, agregado como fojas 5 y
16 del Expediente Principal, obra el Acuerdo celebrado por la
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO
GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y el ENTE
NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO, por la parte empleadora,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del 1 de junio de 2012.
Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1005/08 “E”.
Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL PARA EL SECTOR
PUBLICO, ha tomado la debida intervención dentro de la órbita de su
competencia, según Dictamen Nº 4663, de fecha 29 de Mayo de 2012,
obrante a fojas 6 del Expediente Nº 228.146/12, agregado como fojas 5
al Expediente Principal.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresaria signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO
GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y el ENTE
NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO, por la parte empleadora,
obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 228.146/12, agregado como fojas 5
y 16 del Expediente Principal, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/5 del
Expediente Nº 228.146/12, agregado como fojas 5 y 16 del Expediente
Principal.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1005/08 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.516.026/12
Buenos Aires, 27 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 286/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 del expediente Nº
228.146/12, agregado como fojas 5 y 16 del expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 1007/12. — JORGE A. INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo de
2012, se reúne con la presencia por parte del ENTE NACIONAL DE OBRAS
HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), de los miembros designados, Ing.
Lucio TAMBURO, Dr. Julio Torres, en representación del SINDICATO GRAN
BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBATOS) el Sr.
Manuel FERNANDEZ, Dr. Horacio NUÑEZ, Cdor. Carlos URTASUN y el señor
Cdor. Alejandro VIOLA en carácter de delegado gremial del Organismo.
Abierto el acto, las partes reunidas con el objeto de instrumentar la
pauta de incremento salarial del 10% y el 10% definido para la
Administración Pública Nacional, deciden acordar el incremento de las
retribuciones mensuales, regulares y permanentes del personal del Ente
Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento —ENOHSA— comprendidas en el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1005/08 “E”, a partir del 1° de junio
de 2012 y del 1° de agosto de 2012 de acuerdo al detalle que se
establece en los Anexos I, II.
Cedida la palabra al sector gremial éste expresa que en virtud de las
de nuevas competencias que debe observar el personal del ENOHSA, como
asimismo la carga de tareas y dedicación horaria con motivo de la
incorporación del Programa de Ingreso Social con Trabajo “Argentina
Trabaja” Modalidad Saneamiento Integral del Hábitat SIH, solicita la
consideración por la contraprestación laboral extraordinaria demandada.
La representación del organismo manifiesta: que la incorporación de los
planes mencionados al ámbito de nuestro organismo es producto de las
políticas emanadas de la Secretaría de Obras Públicas en consideración
al desarrollo profesional del personal del mismo. Por ello y en
respuesta a la petición gremial las autoridades del ENOHSA estudiarán
la posibilidad de llevar adelante un sistema que posibilite evaluar las
actividades incorporadas. Atento la propuesta sea una herramienta
eficaz para el logro de los objetivos que tiene trazado el organismo en
esta nueva etapa, requiere de un tiempo prudencial, comprometiéndose a
dar vista al sector gremial una vez elaborada la misma.
Las partes firmantes del acuerdo se comprometen a presentar el mismo
ante las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social para solicitar su homologación.
ANEXO I
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1005/08 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL
INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DEL 01/06/2012
NIVELES | INICIAL
RANGO
META |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
|
A | 4,927.58 | 5,222.70 | 5,517.85 | 5,812.99 | 6,108.10 | 6,403.24 | 6,698.40 | 6,993.53 |
B | 6,403.24 | 6,747.57 | 7,091.90 | 7,436.22 | 7,780.55 | 8,124.88 | 8,469.19 | 8,813.52 |
C | 8,004.16 | 8,594.41 | 9,184.70 | 9,774.95 | 10,365.24 | 10,955.52 | 11,545.79 | 12,136.06 |
D | 9,725.78 | 10,553.40 | 11,391.80 | 12,056.03 | 12,934.80 | 13,813.60 | 14,475.16 | 15,224.66 |
E | 11,568.14 | 12,753.96 | 13,805.53 | 14,815.42 | 15,867.47 | 16,892.20 | 18,023.67 | 18,660.33 |
F | 14,211.93 | 15,151.49 | 16,302.54 | 17,453.54 | 18,680.85 | 19,831.90 | 20,906.64 | 22,057.69 |
|
Adicional Jefe Dpto./Resp. Programas | 1,103.30 |
|
Adicional Jefe Area/sector |
916.30 |
ANEXO II
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1005/08 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL
INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DEL 01/08/2012
NIVELES | INICIAL
RANGO
META |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
|
A | 5,420.34 | 5,744.97 | 6,069.64 | 6,394.29 | 6,718.92 | 7,043.56 | 7,368.24 | 7,692.89 |
B | 7,043.56 | 7,422.33 | 7,801.09 | 8,179.84 | 8,558.60 | 8,937.37 | 9,316.11 | 9,694.88 |
C | 8,804.57 | 9,453.85 | 10,103.17 | 10,752.45 | 11,401.77 | 12,051.07 | 12,700.37 | 13,349.66 |
D | 10,698.35 | 11,608.74 | 12,530.98 | 13,261.63 | 14,228.28 | 15,194.96 | 15,922.67 | 16,747.13 |
E | 12,724.95 | 14,029.36 | 15,186.08 | 16,296.96 | 17,454.21 | 18,581.42 | 19,826.04 | 20,526.36 |
F | 15,633.12 | 16,666.64 | 17,932.79 | 19,198.90 | 20,548.94 | 21,815.09 | 22,997.31 | 24,263.46 |
|
Adicional Jefe Dpto./Resp. Programas | 1,213.63 |
|
Adicional Jefe Area/sector | 1,007.93 |
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 561/03 E
ESCALA DE RETRIBUCION SALARIAL AL: 31/05/2012
NIVELES |
INICIAL
RANGO
META |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
|
A | 4,479.62 | 4,747.91 | 5,016.23 | 5,284.54 | 5,552.82 | 5,821.13 | 6,089.45 | 6,357.76 |
B | 5,821.13 | 6,134.16 | 6,447.19 | 6,760.20 | 7,073.23 | 7,386.25 | 7,699.26 | 8,012.29 |
C | 7,276.51 | 7,813.10 | 8,349.73 | 8,886.32 | 9,422.95 | 9,959.56 | 10,496.17 | 11,032.78 |
D | 8,841.61 | 9,594.00 | 10,356.18 | 10,960.03 | 11,758.91 | 12,557.82 | 13,159.24 | 13,840.60 |
E | 10,516.49 | 11,594.51 | 12,550.48 | 13,468.56 | 14,424.97 | 15,356.55 | 16,385.16 | 16,963.93 |
F | 12,919.94 | 13,774.08 | 14,820.49 | 15,866.86 | 16,982.59 | 18,029.00 | 19,006.04 | 20,052.44 |
|
Adicional Jefe Dpto./Resp. Programas | 1,003.00 |
|
Adicional Jefe Area/sector | 833.00 |
Expediente 1.516.026/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de
julio del año dos mil doce, siendo las 14:30 hs, comparece en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el
Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº
1, Gustavo ORTOLANO, por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE
OBRAS SANITARIAS (FENTOS), la Dra. Andrea AGUIRRE (T° 69 F° 97 CPACF).
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, la parte
compareciente manifiesta que en este acto viene a ratificar en todas
sus partes ante esta Autoridad Administrativa la presentación de fojas
5 (T.I. 1-427-228146/12), solicitando se homologuen los acuerdos allí
arribados.
Con lo que se cierra el acto siendo las 15.00 horas, labrándose la
presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante la
actuante que certifica.