MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 690/2012
Bs. As., 28/9/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0055629/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 9.643 y su Decreto
Reglamentario del 31 de octubre de 1914, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 141 de fecha 15 de marzo de 2011 de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se estableció un capital mínimo de
PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) para quienes soliciten autorización
para emitir certificados de depósito y warrants en los términos de la
Ley Nº 9.643.
Que a su vez la citada norma legal fijó un plazo de DOCE (12) meses
para cumplimentar con la acreditación del capital mínimo exigible para
quienes, a la fecha de publicación de dicha medida, cuenten con
autorización para emitir certificados de depósito y warrants.
Que luego, por la Resolución Nº 171 de fecha 8 de mayo de 2012 de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se prorrogó la citada obligación hasta
el 30 de septiembre de 2012 inclusive.
Que teniendo en cuenta que aún persisten los motivos que dieron
fundamento a la citada prórroga, resulta conveniente ampliar la misma a
fin de que las sociedades ya autorizadas a emitir certificados de
depósito y warrants puedan adecuar su capital societario a las
exigencias mínimas de la normativa.
Que en consonancia con lo manifestado, deviene procedente ampliar la
prórroga dispuesta para cumplimentar la citada obligación hasta el 30
de diciembre de 2012, inclusive.
Que por otra parte, y sin perjuicio de lo ya establecido en el Artículo
7° de la Resolución Nº 141 de fecha 15 de marzo de 2011 de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, corresponde aclarar que a fin de
acreditar debidamente el capital mínimo exigido, deberá adjuntarse la
correspondiente inscripción ante la Inspección General de Justicia u
organismo con competencia en la materia.
Que, además, no debe obviarse para el análisis y resolución de la
cuestión la importancia que ha alcanzado el warrant como una importante
herramienta que permite el acceso al crédito a los distintos sectores
de las diversas economías regionales.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 2° del Decreto Nº 1.034 del 7 de julio de 1995 y por el
Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Amplíase la prórroga dispuesta por el Artículo 1° de la
Resolución Nº 171 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, hasta el 30 de
diciembre de 2012, inclusive.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 43/2013
de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca B.O. 30/1/2013 se
amplía la prórroga dispuesta por el presente artículo, hasta el 30 de
junio de 2013, inclusive. La misma comenzará a regir a partir del día
siguiente al del vencimiento del plazo previsto en la presente
resolución)
ARTICULO 2° — La presente medida comenzará a regir a partir del día
siguiente al del vencimiento del plazo previsto en la resolución citada
en el artículo anterior.
ARTICULO 3° — Aclárase que a los efectos de acreditar debidamente el
capital mínimo exigido, deberá adjuntarse la correspondiente
inscripción ante la Inspección General de Justicia u organismo con
competencia en la materia.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. LORENZO R. BASSO, Secretario
de Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 22/10/2012 N° 106483/12 v. 22/10/2012