TRATADOS

LEY N° 948

Ley aprobando la convención Postal firmada en el Congreso de Paris.

Departamento de Relaciones Exteriores

Buenos Aires, Octubre 12 de 1878.

Por Cuanto:

El Congreso ha sancionado la siguiente ley:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sanciona con Fuerza de

Ley:

Art. 1°- Apruébase la Convención Postal firmada el 1 de Junio de 1878, en el Congreso de París, entre el Delegado de la República Argentina y los de las demás potencias de la Unión Postal Universal.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires á siete de octubre de mil ochocientos setenta y ocho.

MARIANO ACOSTA. - Carlos M. Saravia, Secretario del Senado. - FELIIX FRIAS - J. Alejo Ledesma, Secretario de la Cámara de Diputados.

Por Tanto:

Cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Registro Nacional.- AVELLANEDA.-Manuel. A. Montes de Oca.