CONTRATOS
Decreto 2259/2012
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la
República Argentina y la Corporación Andina de Fomento. “Proyecto de
Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase 1”.
Bs. As., 22/11/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0019678/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Contrato de Préstamo
destinado al “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial
Nacional - Fase I”, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA
ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Contrato de Préstamo la CORPORACION ANDINA
DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA
ARGENTINA para financiar parcialmente la ejecución del “Proyecto de
Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I” por un monto
de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000).
Que el proyecto mencionado en el considerando anterior “tiene por
objetivo general, a través de las actividades del sector espacial,
desarrollar la capacidad científica y técnica nacional, incrementar la
demanda de mano de obra de alta calificación en el país y promover la
transferencia de tecnología a otros sectores productivos para que de
esta forma incrementen su productividad y competitividad”.
Que los componentes del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector
Espacial Nacional - Fase I” son CINCO (5), a saber: (i) “Desarrollo de
materiales y componentes satelitales con calidad espacial”; (ii)
“Ampliación de la capacidad de ensayo”; (iii) “Infraestructura terrena
y de comunicación”; (iv) “Infraestructura terrena para la prestación de
los servicios de lanzamiento de los satélites” y (v) “Administración y
Gerenciamiento”.
Que las funciones del “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Desarrollo
Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I” estarán a cargo del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a
través de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los cuales será destinado dicho préstamo.
Que habida cuenta de ello, resulta oportuno y conveniente disponer todo
lo necesario para que la REPUBLICA ARGENTINA, a través del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, formalice la operación mediante la
suscripción del mentado Contrato de Préstamo con la CORPORACION ANDINA
DE FOMENTO (CAF) para el financiamiento del “Proyecto de Desarrollo
Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 57 y
60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y el
Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2005).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre la REPUBLICA
ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) por un monto de
hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000)
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Desarrollo Integral
del Sector Espacial Nacional - Fase I”, que consta de las Condiciones
Particulares de Contratación, de las Condiciones Generales de
Contratación y de UN (1) Anexo único, cuyas copias autenticadas forman
parte integrante del presente decreto como Anexo.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y
su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el
Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° del presente
decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al
objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un incremento de
su monto o introduzcan modificaciones en el Procedimiento Arbitral
pactado.
Art. 4° — Desígnase al
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a
través de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, como
“Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector
Espacial Nacional - Fase I”, quedando facultado para realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del proyecto,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de
Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente
medida.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino. — Julio M. De Vido.
______
NOTA: El Anexo que integra este Decreto se publica en la edición web
del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en
la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).