CONTRATOS

Decreto 2259/2012


Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento. “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase 1”.


Bs. As., 22/11/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0019678/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Contrato de Préstamo destinado al “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I”, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado Contrato de Préstamo la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA para financiar parcialmente la ejecución del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000).

Que el proyecto mencionado en el considerando anterior “tiene por objetivo general, a través de las actividades del sector espacial, desarrollar la capacidad científica y técnica nacional, incrementar la demanda de mano de obra de alta calificación en el país y promover la transferencia de tecnología a otros sectores productivos para que de esta forma incrementen su productividad y competitividad”.

Que los componentes del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I” son CINCO (5), a saber: (i) “Desarrollo de materiales y componentes satelitales con calidad espacial”; (ii) “Ampliación de la capacidad de ensayo”; (iii) “Infraestructura terrena y de comunicación”; (iv) “Infraestructura terrena para la prestación de los servicios de lanzamiento de los satélites” y (v) “Administración y Gerenciamiento”.

Que las funciones del “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I” estarán a cargo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los cuales será destinado dicho préstamo.

Que habida cuenta de ello, resulta oportuno y conveniente disponer todo lo necesario para que la REPUBLICA ARGENTINA, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, formalice la operación mediante la suscripción del mentado Contrato de Préstamo con la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) para el financiamiento del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000) destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I”, que consta de las Condiciones Particulares de Contratación, de las Condiciones Generales de Contratación y de UN (1) Anexo único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo.

Art. 2° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones en el Procedimiento Arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Desarrollo Integral del Sector Espacial Nacional - Fase I”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Julio M. De Vido.
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NOTA: El Anexo que integra este Decreto se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).