INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 14/2012
Adóptanse previsiones relativas a horarios de atención y recepción de trámites durante el mes de enero de 2013.
Bs. As., 12/12/2012
VISTO el Expediente N° 5092573/2660287 del
Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, y el Anexo “A” de la
Resolución General I.G.J. N° 7 de 23 de agosto de 2005 (“Normas de la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA”) y;
CONSIDERANDO:
Que durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial
durante el cual disminuye el flujo de trámites que se inician ante la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, por lo que resulta conveniente que una
parte sustancial del personal tome su licencia anual durante dicho mes.
Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las
funciones a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, adoptar
previsiones relativas a los horarios de atención y recepción de
trámites a fin de compatibilizarlos con los recursos humanos
disponibles.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 20 y 21 de la Ley N° 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Durante el mes de
enero de 2013 la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA mantendrá su
funcionamiento normal, con las limitaciones que en los artículos
subsiguientes se detallan.
Art. 2° — HORARIO DE MESA DE
ENTRADAS: Se establece que durante el mes de enero de 2013, el horario
de recepción para la totalidad de los trámites será de 9:30 a 12:00
horas, salvo aquellos trámites precalificados urgentes, los cuales se
recibirán de 8:00 a 9:00 horas.
Art. 3° — HORARIO DEL DEPARTAMENTO DE RUBRICA: Trámites urgentes de 11.00 a 12:00 horas y restantes trámites de 11:00 a 13.00 horas.
Art. 4° — PLAZO DEL TRAMITE
URGENTE: Se establece en NOVENTA Y SEIS (96) horas el plazo para la
sustanciación de trámites precalificados registrales del Departamento
de Precalificación y del Departamento de Personería Jurídica y para los
trámites del Departamento de Rúbrica.
Art. 5° — RECEPCION DE OFICIOS JUDICIALES: Se recibirán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente.
Se entenderá por tales a:
a) los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
b) los provenientes de Tribunales Federales, Juzgados Contravencionales
y de otros con competencia en materia penal y correccional;
c) los provenientes de organismos instructorios en materia penal;
d) otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo.
Art. 6° — PEDIDOS DE INFORMES
DE BALANCES Y TASAS: se recibirán los trámites de pedidos de informes
de balances y tasas en el horario general establecido en el artículo 2°
de la presente, los cuales podrán ser retirados a las SETENTA Y DOS
(72) horas de su presentación.
Art. 7° — TRAMITES EXCLUIDOS: No se recibirán:
a) presentaciones de Declaración Jurada conforme lo dispuesto por la
Resolución General I.G.J. N° 01/2010. No se otorgarán turnos para la
presentación de Declaración Jurada para las entidades, entre el primer
día hábil de enero de 2013 y el último día hábil de enero de 2013
inclusive.
b) Trámites precalificados ordinarios, entre el primer día hábil de enero de 2013 y el 16 de enero de 2013 inclusive.
c) pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes,
certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de
actuaciones de cualquier clase, entre el primer día hábil de enero de
2013 y el último día hábil de enero de 2013 inclusive.
d) solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de
órganos de administración, entre el primer día hábíl de enero de 2013 y
el último día hábil de enero de 2013, inclusive.
e) presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones
legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización,
entre el primer día hábil de enero de 2013 y el último día hábil de
enero de 2013 inclusive.
Art. 8° — No se dará curso a
contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o
requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2012,
excepto los trámites correspondientes al Departamento de
Precalificación, Departamento de Personería Jurídica y Oficina de
Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales. Su plazo se tendrá por
automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2012 y se
reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2013.
Art. 9° — Suspéndese el plazo
para promover denuncias durante enero de 2013. Sin perjuicio de ello,
podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio
inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre
sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la Ley N° 19.550,
8°, 9° y 10 de la Ley N° 22.315.
Art. 10. — Instrúyese a la
Delegación Administrativa a fin de comunicar lo dispuesto en la
presente a las Direcciones, Departamentos, Areas y Oficinas del
Organismo y a los Entes de Cooperación. Asimismo la citada Delegación
procederá a colocar extractos informativos en zonas de acceso o
circulación del público, cajas recaudadoras y demás dependencias de la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Art. 11. — Regístrese como
Resolución General. Comuníquese, publíquese. Dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Norberto C.
Berner.