MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1598/2012
Registro Nº 1316/2012
Bs. As., 24/10/2012
VISTO el Expediente Nº 1.521.946/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la
FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E
INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(F.O.E.E.S.I.T.R.A.) por la parte sindical y la empresa TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, el que luce a fojas
2 del Expediente Nº 1.521.946/12 y ha sido debidamente ratificado a
fojas 41 de las mismas actuaciones.
Que mediante el presente acuerdo, se pactan nuevas condiciones para el
personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 201/92,
respecto al cálculo del “Adicional Posicionamiento”, con relación al
artículo tercero del Acta celebrada con fecha 12 de enero de 2010, en
los términos allí consignados.
Que el acuerdo, cuya homologación se solicita, se celebra en el marco
del plexo convencional citado, el que ha sido oportunamente celebrado,
entre la entidad sindical referida y las empresas TELEFONICA DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA STET
FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA, STARTEL SOCIEDAD ANONIMA y TELINTAR
SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador.
Que en consecuencia, el ámbito personal y territorial de aplicación del
acuerdo, se circunscribe a los trabajadores representados por la
entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 201/92 que laboren para la empresa TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA.
Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día
1° de enero de 2013, de conformidad con lo expresamente pactado por sus
celebrantes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E
INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(F.O.E.E.S.I.T.R.A.) por la parte sindical y la empresa TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, el que luce a fojas
2 del Expediente Nº 1.521.946/12, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre
el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.521.946/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.521.946/12
Buenos Aires, 29 de Octubre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1598/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1316/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de julio de 2012,
se reúnen por una parte FEDERACION DE OBREROS, EMPLEADOS Y
ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA (FOEESITRA), representada por los Sres. Daniel
RODRIGUEZ, Rogelio RODRIGUEZ, Osvaldo CASTELNUOVO, Julio BUSTAMANTE y
Alberto TELL y por otra parte la Empresa TELECOM ARGENTINA S. A.
representada por los Sres. Marcelo VILLEGAS, Mariano MUÑOZ, Jorge
LOCATELLI con el asesoramiento letrado del Dr. Marcelo ROLON, quienes
acuerdan lo siguiente para el personal comprendido en el CCT 201/92:
PRIMERO: Con relación al artículo TERCERO del Acta firmada por las
partes el día 12 de Enero de 2010, las mismas acuerdan que, a los
efectos del cálculo del Adicional Posicionamiento, a partir de Enero de
2013, se tomará en cuenta el salario conformado de la respectiva
categoría, excluyendo el rubro antigüedad, cuyos valores de referencia
se consignan en el siguiente detalle:
Categoría 3 | $ 7.652 |
Categoría 4 | $ 8.651 |
Categoría 5 | $ 9.437 |
Categoría 6 | $ 10.123 |
Las Partes solicitarán la homologación de los acuerdos resultantes de
los compromisos asumidos en el presente acuerdo, al Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.