Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 114/2012
Rectifícanse salarios correspondientes al título de “Tareas de Clasificación de Maní en Cáscara y en Grano”.
Bs. As., 20/12/2012
VISTO el expediente N° 1.495.814/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante presentación de la entidad sindical UATRE, en la cual
manifiesta que se ha incurrido en un error material en las
remuneraciones consignadas en el Anexo II del título de “TAREAS DE
CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO” apartados 3) y 5) y la
remuneración establecida en el título “SELECCION A MANO DEL MANI EN
GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA
CLASIFICACION MECANICA” de la actividad de MANIPULACION Y
ALMACENAMIENTO DE GRANOS, con vigencia a partir del 1° de octubre de
2012, determinadas por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo
Agrario N° 91 de fecha 26 de octubre de 2012.
Que habiéndose cotejado las remuneraciones referidas con los importes
acordados en la respectiva sede regional y elevados a la C.N.T.A.,
surge con claridad que se ha cometido un error material al
transcribirse los salarios de las referidas categorías laborales, y
luego de coincidir las representaciones sectoriales en cuanto a la
pertinencia de su rectificación, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario,
instituido por la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Rectíficanse los
salarios consignados en el Anexo II correspondientes al título de
“TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO” en los
apartados 3) “Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria
sin previa selección mecánica” (Picoteo) y 5) “Selección a mano del
maní en grano sobre cinta sin previa selección mecánica y vibrador”
(Picoteo), y la remuneración establecida en el título “SELECCION A MANO
DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON
PREVIA CLASIFICACION MECANICA” establecidos para la actividad de
MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, con vigencia partir del 1° de
octubre de 2012 por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo
Agrario N° 91 de fecha 26 de octubre de 2012, de conformidad con los
que a continuación se consignan:
TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO
3) Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria sin previa selección mecánica (Picoteo) | $ 25,40 |
5) Selección a mano del maní en grano sobre cinta, sin previa selección mecánica y vibrador (Picoteo) | $ 25,40 |
SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA | $ 25,40 |
Art. 2° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Carla E.
Seain. — Mario Burgueño Hoesse. — Ricardo Grether. — Miguel A. Giraudo.
— Ramón Ayala. — Jorge Herrera.