MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 37/2013


Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.


Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0154090/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.368 de fecha 7 de septiembre de 2011, se designó con carácter transitorio al Licenciado en Economía Don Rodolfo Humberto GAMES (M.I. Nº 8.352.193) en el cargo, Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director de la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del funcionario mencionado.

Que el profesional citado se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del día 01 de junio de 2012 fecha de su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto Nº 1.368 de fecha 7 de septiembre de 2011 del Licenciado en Economía Don Rodolfo Humberto GAMES (M.I. Nº 8.352.193) en un cargo Nivel A, de Director de la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 01 de junio de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Débora A. Giorgi.