ACUERDOS INTERNACIONALES

LEY N° 22.644

Apruébase el acuerdo por intercambio de Notas con la República de Chile por el que se prorroga el Tratado General sobre Solución Judicial de Controversias firmado en Buenos Aires el 5-4-72.

Buenos Aires, 27 de Marzo de 1981

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° -  Apruébase el acuerdo por intercambio de notas, cuyos textos forman parte de la presente ley, celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Chile, suscripto el 10 de setiembre de 1982, mediante el cual se prorroga el tratado general sobre solución judicial de controversias, firmado en Buenos Aires el 5 de abril de 1972, que fuera ratificado por la Ley N° 19.961.

ARTICULO 2° - Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

                                                                       BIGNONE
                                                                         Juan R. Aguirre Lanari

Buenos Aires, 10 de setiembre de 1982.

Señor Ministro:

Mi Gobierno ha tomado conocimiento del documento VAT. 4/82, del día 8 de este mes, con el que la Oficina de la Mediación Pontificia para el Diferendo sobre la Zona Austral le ha comunicado, al mismo tiempo que al Gobierno de la República de Chile, el encargo que había recibido de Su Santidad Juan Pablo II en relación con la prórroga del tratado general sobre solución judicial de controversias suscripto por nuestros dos países el día 5 de abril de 1972 en Buenos Aires.

A este respecto, tengo el honor de comunicar a V. E. que mi Gobierno acepta en todos sus términos la invitación cursada por el Mediador con dicho documento. Consiguientemente, con el envío de esta nota, declara al Gobierno chileno el propio consentimiento para prorrogar dicho tratado hasta que se celebre el Tratado final propuesto por el Mediador para la solución completa y definitiva del mencionado diferendo o, en su defecto, hasta pasados seis meses de la fecha en que el Santo Padre se viera en la necesidad de declarar finalizada su actividad mediadora.

Excmo. Señor D. René Rojas Galdames Ministro de Relaciones Exteriores

Santiago

Mi Gobierno considera que la presente nota, juntamente con la de igual tenor que reciba de Vuestra Excelencia en el día de hoy, constituyen el acuerdo de la República Argentina con la República de Chile por el cual se prorroga el mencionado tratado de 1972 en los términos señalados en el citado documento VAT. 4/82 de fecha 8 del mes en curso.

Aprovecho la oportunidad para expresar a V.E. la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Juan R. Aguirre Lanari
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto

Transmito texto nota chilena Nº 31 del 10/9/82, integrante --juntamente con el documento VAT. 4/82, la nota argentina de la misma fecha y el documento VAT. Arg. 1/82-- del "Acuerdo de la Ciudad del Vaticano, formalizado el 15/9/1982":

REPUBLICA DE CHILE

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Nro. 31

Santiago, 10 de setiembre de 1982.

Señor Ministro:

Mi gobierno ha tomado conocimiento del Documento VAT. 4/82, del día 8 de este mes, con el que la Oficina de la Mediación Pontificia para el Diferendo sobre la Zona Austral le ha comunicado, al mismo tiempo que al gobierno de la República Argentina, el encargo que había recibido de su Santidad Juan Pablo II en relación con la prórroga del tratado general sobre solución judicial de controversias suscripto por nuestros dos países el día 5 de abril de 1972 en Buenos Aires.

A este respecto, tengo el honor de comunicar a Vuestra Excelencia que mi gobierno acepta en todos sus términos la invitación cursada por el mediador con dicho documento. Consiguientemente, con el envío de esta nota, declara el gobierno argentino el propio consentimiento para prorrogar dicho tratado hasta que se celebre el tratado final propuesto por el mediador para la solución completa y definitiva del mencionado diferendo o, en su defecto, hasta pasado seis meses de la fecha en que el Santo Padre se viera en la necesidad de declarar finalizada su actividad mediadora.

Mi gobierno considera que la presente nota, juntamente con la de igual tenor que reciba de Vuestra Excelencia en el día de hoy, constituyen el acuerdo de la República de Chile con la República Argentina por el cual se prorroga el mencionado tratado de 1972 en los términos señalados en el citado Documento VAT. 4/82 de fecha 8 del mes en curso.

Aprovecho la oportunidad para expresar a V.E. la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Firmado: René Rojas Galdamas.

Excelentísimo Señor Don Juan Ramos Aguirre Lanari Ministro de Relaciones Exteriores y Culto

Buenos Aires.