JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2849/2012
Danse por prorrogadas designaciones de
Directores en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la
Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0043821/2012 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº
491 del 12 de marzo de 2002, Nº 812 del 29 de mayo de 2012, y Nº 1225
del 23 de julio de 2012, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta
permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 812/12 se dio por designado transitoriamente al
Licenciado D. Rafael Ignacio RUFFO como Director Nacional del Instituto
Nacional de la Administración Pública de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto Nº 1225/12 se dio por designado transitoriamente al
Licenciado D. Mariano Alfredo MONTES como Director de Investigaciones
del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA de la SUBSECRETARIA
DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de las designaciones citadas
precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento
oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por
prorrogadas las designaciones transitorias efectuadas mediante los
Decretos Nº 812/12 y Nº 1225/12, del personal nominado en la planilla
que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto a partir
del 22 de noviembre de 2012, por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles, de acuerdo con el detalle obrante en la misma,
autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, y
con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del Título II Capítulo III del convenio
citado precedentemente.
Art. 2° — Los cargos
involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de
Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 22 de
noviembre de 2012.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida se imputará con
cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto
vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
APELLIDO Y NOMBRES | DNI N° | NIVEL GRADO | F.E. | FUNCION |
RUFFO, Rafael Ignacio | 16.945.155 | A - 0 | I | Director Nacional del Instituto Nacional de la Administración Pública |
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
APELLIDO Y NOMBRES | DNI N° | NIVEL GRADO | F.E. | FUNCION |
MONTES, Mariano Alfredo | 30.591.075 | B - 0 | III | Director de Investigaciones |