MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 122/2013


Registro Nº 172/2013


Bs. As., 6/2/2013

VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004), Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/7 del Expediente Nº 1.526.007/12, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TARANTO SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1095/10, oportunamente suscripto por las mismas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo las partes convienen nuevas condiciones salariales para los trabajadores, en los plazos y condiciones allí pactadas.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de base promedio y Tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TARANTO SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1095/10, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), obrante a fojas 6/7 del Expediente Nº 1.526.007/12.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 6/7 del Expediente Nº 1.526.007/12.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1095/10 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.526.007/12

Buenos Aires, 14 de Febrero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 122/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6/7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 172/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

S.M.A.T.A. - TARANTO S.A.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de Agosto de 2012, en la Sede del S.M.A.T.A., Avda. Belgrano 665, se reúnen por el Sindicato, los Señores Gustavo Moran (Secretario Gremial), Alberto Maya y José Poncetta (Consejo Directivo Nacional), Famulari Luis y Salgado Carlos, Delegados del Personal, y en representación de la Empresa Taranto S.A. con domicilio constituido en Mario Bravo 641 Avellaneda, Prov. de Buenos Aires el Sr. José Luis Smichowski en calidad de apoderado, convienen en celebrar el siguiente acuerdo.

Primero: Art. 24º bis.- ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD PARA EL PERSONAL QUE INGRESE CON POSTERIORIDAD AL 1º DE ENERO DE 2013.

Las condiciones y modalidades para la percepción de este adicional son las mismas que las establecidas del Artículo 24 de este C.C.T., con la sola excepción de que el porcentaje a percibir por este concepto será de 1,25% (uno con veinticinco por ciento).-

Segundo: Se modifica la Escala Salarial actual.

Tercero: se adjunta el Anexo 1, de la Escala Salarial con vigencia 01 de Agosto de 2012 hasta el 31 de Marzo de 2013.

Cuarto: Se abonará por única vez por el mes de Julio de 2012 la suma de 600 Pesos para todas las categorías no remunerativo.

Quinto: A partir del 01 de Abril de 2013 se reunirán las partes para un nuevo Acuerdo Salarial.

No siendo para más, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha del inicio.

PERSONAL JORNALIZADO
CATEGORIAActualjulio de 2012Dde. 1-8-12 hta. 31-12-12Dde. 01-01-13 hta. 31-03-13
$/horaNO REM.14%8%
118,22$ 600,00$ 20,77$ 22,43
221,09$ 600,00$ 24,04$ 25,97
321,58$ 600,00$ 24,60$ 26,57
422,82$ 600,00$ 26,01$ 28,10
524,87$ 600,00$ 28,35$ 30,62
625,70$ 600,00$ 29,30$ 31,64
726,59$ 600,00$ 30,31$ 32,74

PERSONAL MENSUALIZADO
CATEGORIAActualjulio de 2012Dde. 1-8-12 hta. 31-12-12Dde. 01-01-13 hta. 31-03-13

NO REM.14%8%
Adm. 13921,17$ 600,00$ 4.470,13$ 4.827,74
Adm. 24070,75$ 600,00$ 4.640,66$ 5.011,91
Adm. 34209,06$ 600,00$ 4.798,33$ 5.182,19
Adm. 44612,69$ 600,00$ 5.258,47$ 5.679,14
Téc. 54609,87$ 600,00$ 5.255,25$ 5.675,67
Téc. 64751,01$ 600,00$ 5.416,15$ 5.849,44
Téc. 74889,29$ 600,00$ 5.573,79$ 6.019,69