INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 724/2013
Bs. As., 11/3/2013
VISTO el Expediente Nº 860/2013 del Registro del Instituto Nacional de
Cine y Artes Audiovisuales, y la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias prevén las
atribuciones de la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, entre las que se encuentra la de ejecutar las medidas de
fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo
a tal efecto auspiciar concursos y emplear todo otro medio necesario
para el logro de ese fin, así como también fomentar el desarrollo de la
cinematografía argentina en sus aspectos culturales, técnicos,
artísticos, industriales y comerciales.
Que el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de
octubre del año 2009, es la regulación de los servicios de comunicación
audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y
el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración
y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización
y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación.
Que a partir de la aplicación de la Ley 26.522 y su respectivo decreto
reglamentario, por medio de la Resolución Nº 1069/12/INCAA se creó la
GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION,
INTERNET Y VIDEOJUEGOS, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES.
Que el cine argentino se ha comprometido históricamente con el relato
de su territorio, describiendo lugares, su cultura y sus necesidades.
Que el Concurso para la producción al que alude la presente Resolución
se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores
audiovisuales.
Que en atención a ello, se llama al concurso UN BARRIO DE PELICULA -
REALIZADORES NOVELES, para que los realizadores nóveles de cada una de
las comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan la posibilidad
a partir de la realización de Cortometrajes, de difundir y hacer
trascender su barrio, su comuna, su ciudad.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 3° inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o.
1248/01) y sus modificatorias.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese al Concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES
NOVELES, destinados a realizadores nóveles de cada una de las COMUNAS
de LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, quienes deberán presentar UN (1)
proyecto inédito de CORTOMETRAJE.
ARTICULO 2° — Apruébense las Bases del concurso que obra como Anexo I y forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases del mismo.
ARTICULO 4° — Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde
la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, los
restantes participantes deberán retirar los proyectos presentados al
Concurso al que se llama por la presente Resolución y que no hubieran
sido seleccionados. Vencido dicho plazo, se procederá a la destrucción
de los proyectos no retirados.
ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — LILIANA
MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
BASES PARA EL CONCURSO
UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES
CAPITULO I - DEL OBJETO
1.- El INCAA llama al “CONCURSO UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES
NOVELES, a realizadores nóveles que habiten en la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, a presentar UN (1) proyecto inédito de CORTOMETRAJE con
historias de ficción, documental o animación que traten cuestiones
relativas a sus comunas, en los que se pueda relatar la identidad de
cada uno de sus barrios (barrios de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES). El mismo tendrá una duración de UNO (1) a SIETE (7) minutos a
realizarse en formato DVD.
2.-Se premiará UN (1) proyecto por cada una de las QUINCE (15) comunas
de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Los QUINCE (15) proyectos de
cortometrajes ganadores, obtendrán en concepto de premio la suma de
PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) para la realización del CORTOMETRAJE.
3.- El proyecto de cortometraje deberá ser INEDITO y se deberá realizar
en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos a partir de la
acreditación total del pago de la primera cuota que será el CINCUENTA
POR CIENTO (50%) del premio.
4.- El cortometraje deberá ser realizado y concluido en su totalidad,
con el aporte del INCAA. Si en su defecto los costos de producción
excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al
concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE del proyecto que
resulte ganador, el aporte de los recursos complementarios.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
5.- Fíjase un período para la convocatoria de los proyectos, desde el
día 13 de Marzo al 03 de Mayo de 2013 como fechas de apertura y cierre
de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos deberán
presentarse ante el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales -
INCAA - Lima 319 (1073). En los casos de remisiones por vía postal se
tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.
Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el
Capítulo V de las presentes Bases.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1260/2013
del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 9/5/2013 se
prorroga hasta el día 31 de mayo de 2013, inclusive, hasta las 17
horas, la fecha de cierre para la convocatoria realizada por la
presente Resolución, del Concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES
NOVELES, destinado a Realizadores de cada una de las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
6.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.
7.- No podrán intervenir en el presente Concurso, aquellos Proyectos
que hayan resultado seleccionados para su realización en cualquier otro
concurso Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje. Asimismo,
los proyectos presentados a este concurso no podrán participar en
ningún otro llamado que convoque el INCAA, hasta que no se encuentre
publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En caso de
incumplimiento a lo mencionado anteriormente, el proyecto se tendrá por
no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido
seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el
presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES más los intereses
correspondientes.
CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES
8.- Los PRESENTANTES, en relación a los fines administrativos y
legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos,
independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los
denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán responsables frente
al Organismo, y son quienes suscribirán los contratos respectivos en
caso de resultar ganadores.
9.- Podrá participar todo aquel que presente una historia sobre su
comuna, que la describa, la relate o la refleje, con UN (1) proyecto de
Cortometraje.
10.- El PRESENTANTE del proyecto de cortometraje, deberá comprobar su
residencia actual en la COMUNA de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
por la que participa el proyecto.
11.- No podrá ser beneficiario del premio del presente concurso, toda
aquella persona que habiendo ganado algún Concurso que gestione ante el
Organismo, no haya dado pleno cumplimiento del contrato suscripto
oportunamente. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente,
el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y
si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el
premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese
percibido por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES más los intereses correspondientes.
CAPITULO IV - DE LA COMPETENCIA
12.- La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la
MISMA COMUNA de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES por la que
participan, siendo éste el listado de las COMUNAS: Comuna 1: Retiro,
San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo y Montserrat. Comuna 2: Recoleta.
Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal. Comuna 4: La Boca, Barracas,
Parque Patricios y Nueva Pompeya. Comuna 5: Almagro y Boedo. Comuna 6:
Caballito. Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco. Comuna 8: Villa
Soldati, Villa Riachuelo y Villa Lugano. Comuna 9: Liniers, Mataderos y
Parque Avellaneda. Comuna 10: Villa Real, Monte Castro, Versalles,
Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro. Comuna 11: Villa General Mitre,
Villa Devoto, Villa del Parque y Villa Santa Rita. Comuna 12: Coghlan,
Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón. Comuna 13: Núñez, Belgrano
y Colegiales. Comuna 14: Palermo. Comuna 15: Chacarita, Villa Crespo,
La Paternal, Villa Ortúzar, Agronomía y Parque Chas.
CAPITULO V - DE LA PRESENTACION Y RECEPCION DE LOS PROYECTOS
13.- Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en
forma personal de 10 a 17 hs por ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo
postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 13 de
Marzo al 03 de Mayo de 2013 inclusive, tomándose para este último caso
la fecha de imposición de la oficina de correos respectiva.
14.- El sobre o caja deberá estar dirigido a:
CONCURSO: UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES
EXTERIOR DEL SOBRE O CAJA:
14.1.- CONCURSO UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES
14.2.- Título del Cortometraje:
14.3.- Nombre del presentante:
14.4.- Comuna por la que participa:
INTERIOR DEL SOBRE O CAJA:
14.5.- UNA (1) carpeta impresa y anillada que contenga la DOCUMENTACION DEL PRESENTANTE:
14.6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
14.7.- Comprobante de residencia actual en la comuna que por la cual se presenta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14.8.- Inscripción de la obra inédita en la Dirección Nacional de
Derechos de Autor, o certificado de adquisición de los derechos de la
obra inédita, o autorización de utilización de los Derechos de la Obra
en caso de ser personas diferentes de los presentantes con firma
certificada del titular que autoriza.
14.9.- UNA (1) CARPETA IMPRESA Y ANILLADA CON EL PROYECTO DE CORTOMETRAJE.
14.10.- Sinopsis: resumen de la historia.
14.11.- Tratamiento del Guión: cómo se cuenta el cortometraje dejando
en claro la estructura dramática que tendrá. Se entiende por
tratamiento de guión a una versión de la historia de la película sin
diálogos.
14.12.- Guión literario
14.13.- Propuesta Estética: Concepción de los elementos visuales y sonoros según el Director.
14.14.- Presupuesto.
14.15.- Motivaciones del director.
14.16.- Actores imaginados para los personajes, en caso de que sea un proyecto de ficción.
14.17.- DOS (2) dvd que contengan de forma digital el material de ambas carpetas impresas.
CAPITULO VI - DEL JURADO
15.- El jurado, que será designado por la Presidenta del Organismo,
estará conformado por CUATRO (4) miembros, de reconocida trayectoria de
la actividad audiovisual, que leerán los proyectos presentados por
todas las COMUNAS de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y UN (1)
miembro por cada COMUNA que representa. El INCAA se reserva el Derecho
de aumentar los jurados según sea la cantidad de proyectos presentados.
16.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.
CAPITULO VII - DE LA SELECCION
17.- El Jurado preseleccionará CINCO (5) proyectos de cortometraje por
COMUNA, a los efectos de participar de una jornada de capacitación para
el fortalecimiento de las propuestas. La capacitación se dará sobre la
dramaturgia, dirección de arte y de actores en el caso de las
ficciones; técnicas de animación; y en todos los casos, sobre el diseño
de producción, presupuesto y financiación. El INCAA designará un equipo
capacitador integrado por especialistas, con el objeto de atender las
necesidades específicas.
18.- Culminada la capacitación, cada equipo participante deberá
elaborar un informe sobre el proyecto de cortometraje, debidamente
desglosado de las áreas sobre las cuales se realizaron las
capacitaciones. Dicho informe se entregará suscripto en sobre cerrado a
los coordinadores del INCAA quienes a su vez lo remitirán al jurado que
se reunirá nuevamente, a los efectos de designar UN (1) PROYECTO
GANADOR por cada COMUNA. El INCAA se reserva el derecho de aumentar la
cantidad de premios si la cantidad de proyectos presentados, a criterio
de los jurados y la disponibilidad presupuestaria de la Institución,
así lo amerita.
CAPITULO VIII - DE LOS GANADORES Y EL CONVENIO
19. Los QUINCE (15) ganadores obtendrán, cada uno de ellos, como premio
la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) para realizar el
cortometraje.
20.- El PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador, firmará un
convenio con el INCAA en carácter de Instrumentación del Premio para la
realización del Cortometraje.
21- El desarrollo del proyecto y la producción del CORTOMETRAJE deberá
realizarse en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos, con un
presupuesto total de PESOS VEINTICINCO MIL (25.000). El premio será
abonado de la siguiente manera: el CINCUENTA POR CIENTO (50%) al
momento de la suscripción del convenio, y el CINCUENTA POR CIENTO (50%)
restante, se pagará en el período que abarca la finalización de la
grabación y al comienzo de la post producción, luego de que el tutor
haya presentado el informe sobre los avances del proyecto y el
PRESENTANTE haya realizado la rendición de la primera cuota de acuerdo
a las normas vigentes del Organismo. Asimismo, también deberá dar
cumplimiento con los certificados de libre deuda que establece la Ley
Nº 17.741 (t.o. 1248/01).
Si no se cumpliere con la realización del cortometraje en plazo
previsto por las bases de este concurso, el Organismo podrá sin
necesidad de intimación alguna, declarar la caducidad del proyecto y
requerir la devolución de las sumas que hubiera aportado.
22.- El INCAA designará un TUTOR para cada proyecto de cortometraje
ganador. Dicho TUTOR, será quien realizará el seguimiento del mismo
informando periódicamente de los avances al coordinador del concurso.
Los PRESENTANTES deberán tomar de buena fe, los aportes que el mismo
pueda realizarle.
Los cortometrajes seleccionados deberán incluir en los títulos de
presentación el orden de placas especificado en el CAPITULO IX.
23.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.
CAPITULO IX - DE CREDITOS Y ENTREGA
24. El cortometraje debe ser entregado en formato DVD.
25.- Al comienzo del Cortometraje, se deberá incluir una secuencia continua que contenga el siguiente orden de placas:
25.1.- Logotipo de INCAA
25.2.- Logotipo de la Productora
25.3.- Placa con la leyenda “PRESENTAN”
25.4.- TITULO DEL CORTOMETRAJE
26.- La secuencia que incluye la logomarca mencionada del punto 25.1,
será entregada oportunamente por la Coordinación del Concurso UN BARRIO
DE PELICULA.
CAPITULO IX - DE LOS DERECHOS
27- Los derechos de comercialización de los CORTOMETRAJES ganadores
corresponderán a los presentantes. Sin perjuicio de ello, la
participación en el concurso implica, la autorización por parte de los
titulares del proyecto ganador, a favor del Organismo, de exhibir sin
exclusividad en el territorio nacional las películas de cortometraje
por televisión a través del canal INCAA TV o de algún canal de
televisión con el que tenga convenio, para la proyección de los cortos
ganadores, en cualquier época, en las salas de los denominados
“ESPACIOS INCAA”, muestras, festivales y/o en cualquier otro medio de
exhibición que estime pertinente.
e. 25/03/2013 N° 17514/13 v. 25/03/2013