MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución Nº 559/2013
Bs. As., 19/3/2013
VISTO el Expediente Nº 59.070/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA
DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, los Decretos Nros.
491 de fecha 4 de junio de 1997, 75 de fecha 25 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la promoción de la Cultura de la Prevención se enlaza directamente
con el cumplimiento de uno de los objetivos de la Ley de Riesgos del
Trabajo y con la misión de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T.), conforme lo establece el artículo 1° de la Ley Nº 24.557.
Que a fin de desarrollar instrumentos que contribuyan a implementar
acciones basadas en el concepto de trabajo decente y de la prevención
de los riesgos del trabajo, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y
SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.), a través de esta S.R.T., elaboró la
“LA ESTRATEGIA ARGENTINA DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
2011-2015”.
Que mediante el Decreto Nº 75 de fecha 25 de enero de 2011, se declaró
al año 2011 como “Año del Trabajo Decente, la Salud y la Seguridad de
los trabajadores”.
Que en este contexto, el M.T.E. y S.S. y la S.R.T. priorizaron la promoción de actividades en el cumplimiento de ese objetivo.
Que el diseño e implementación de políticas que vinculen las nociones
de Trabajo Decente, Salud y Seguridad de los trabajadores con los
valores que se transmiten en los ámbitos educativos contribuye a la
consolidación y desarrollo de sociedades más justas, solidarias y
equitativas mediante la incorporación de este modo de comprender el
ambiente laboral.
Que siendo el ámbito educativo el espacio en el que se forman quienes
serán los futuros ciudadanos y actores del mundo del trabajo, es allí
donde se desarrolla el proceso de socialización secundaria y que las
acciones dirigidas a este grupo etario trascienden el presente, resulta
estratégica la participación activa del Estado en la promoción del
Concepto de Trabajo Decente y en el afianzamiento de la cultura de la
prevención de riesgos del trabajo para avanzar hacia la
universalización de condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables.
Que esta S.R.T. junto al M.T.E. y S.S. y la ADMINISTRACION NACIONAL DE
SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.), lleva adelante en la Provincia de SAN
JUAN, el proyecto “JORNADA PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO” alineándose con la normativa y compromisos
mencionados, con el fin de promover el concepto de Trabajo Decente y la
cultura de la Prevención en Salud y Seguridad en el Trabajo en los
jóvenes que asisten a las escuelas de enseñanza media de jurisdicción
provincial, en todas sus modalidades.
Que en el marco de este proyecto se consideró propicio realizar el
“CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO” a fin de estimular la reflexión, la concientización y la
creatividad de la comunidad educativa en las temáticas de referencia y
contribuir a la concreción de acciones orientadas a mejorar las
condiciones de higiene y seguridad en los establecimientos educativos
galardonados.
Que lo anterior se enmarca en un nuevo paradigma de vinculación del
Estado con las esferas económica y social que se desarrolla en la
República Argentina desde el año 2003.
Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad (D.P. y C.) indicó
que los excedentes del Fondo de Garantía cuentan con recursos
suficientes para afrontar el gasto propuesto en concepto de premios,
por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000).
Que en ese sentido, la afectación a los excedentes del Fondo de
Garantía se realizará en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 del
artículo 33 de la Ley Nº 24.557 y del punto II del inciso a) del
artículo 11 del Decreto Nº 491 de fecha 4 de junio de 1997.
Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T. ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la realización del “CONCURSO PROVINCIAL DE
TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” a realizarse en el
marco del proyecto “JORNADA PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO” que desarrollan conjuntamente la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E y S.S.), la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) y el Gobierno de la
Provincia de SAN JUAN.
ARTICULO 2° — Apruébense las Bases y Condiciones para la realización
del “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 3° — Determínese como premio para los establecimientos
educativos galardonados en el “CONCURSO PROVINCIAL DE TRABAJO DECENTE,
SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” la entrega de una suma de PESOS
SETENTA MIL ($ 70.000) como Primer Premio, PESOS CINCUENTA MIL ($
50.000) como Segundo Premio, PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) como Tercer
Premio y PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) como Cuarto Premio.
ARTICULO 4° — Establécese que las sumas de dinero a entregar en
concepto de premios se mantendrán en los montos mencionados en el
artículo precedente, en tanto participen del concurso el SETENTA POR
CIENTO (70%) de las escuelas medias de jurisdicción de la Provincia de
SAN JUAN, en todas sus modalidades. Si no se alcanza el porcentaje
indicado, los montos disminuirán en forma proporcional al porcentaje de
participación de establecimientos educativos. La S.R.T. requerirá al
Ministerio de Educación Provincial esa información QUINCE (15) días
antes del cierre del concurso.
ARTICULO 5° — Aféctense los Excedentes del Fondo de Garantía de esta S.R.T. por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000).
ARTICULO 6° — Dispónese que las sumas de dinero entregadas a los
establecimientos educativos galardonados deberán ser destinadas a
mejoras en las condiciones de higiene y seguridad de dichos
establecimientos, a criterio de las autoridades o representantes
legales.
ARTICULO 7° — Deléguese a la Unidad de Planificación Estratégica y de
Gestión Interna (U.P.E.G.I.) la organización del “CONCURSO PROVINCIAL
DE TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”.
ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA,
Superintendente de Riesgos del Trabajo.
ANEXO I
BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “TRABAJO DECENTE, SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”.
1. Organismo Convocante
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
2. Participantes:
Pueden participar las Escuelas de Educación Secundaria en todas sus
orientaciones/modalidades, de gestión estatal y privada, en
jurisdicción de la Provincia de San Juan que hayan elaborado Proyectos,
generado productos y celebrado con sus alumnos/as, pertenecientes a los
últimos dos años, la “Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y
Seguridad en el Trabajo”.
Cada establecimiento educativo presentará UN (1) Proyecto y su producto
final. En caso de existir más de UN (1), la institución escolar enviará
aquel que resultara elegido por su comunidad educativa en la Jornada
Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo.
No pueden participar:
a. Escuelas de Educación Secundaria para Adultos.
Es responsabilidad de los participantes:
a. Presentar proyectos y productos de creación exclusiva.
b. La S.R.T. declina toda responsabilidad relacionada con eventuales
reclamos de terceros acerca de la autoría de los proyectos y productos
presentados en el concurso mencionado.
2. Proyectos:
a. Debe referirse a los conceptos de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo.
b. Puede vincularse con el Proyecto Institucional de cada escuela o con
las necesidades detectadas en esa comunidad educativa en particular.
c. Puede proponer el trabajo con alumnos/as de una o varias divisiones y docentes de una o varias asignaturas.
d. Debe prever la generación de un producto final.
e. Debe presentar conformidad con la ficha que figura en el Anexo II.
3. Producto Final:
a. Debe ser pertinente a la temática.
b. Debe ser concreto, visible y mostrable.
c. Debe trascender la propia comunidad educativa.
4. Plazos:
Marzo 2013: Lanzamiento del Concurso.
Abril 2013:
1° semana: Remitir las fichas completas de los Proyectos según Anexo
II. Cada escuela deberá enviar al Ministerio de Educación (Secretaría
de Educación) tantas fichas como proyectos se encuentre desarrollando,
por correo electrónico (secretariadeeducacion@sanjuan.edu.ar) y en
formato papel en un sobre cerrado en el que figurarán los datos del
establecimiento educativo y responsables, a Avenida Libertador General
San Martín Nº 750, 2° piso, Ciudad de San Juan. A través de este envío
la escuela se compromete al desarrollo de estos proyectos, de los
cuales, sólo uno por escuela podrá participar del concurso. La elección
del proyecto y producto que va a representarla será decisión de cada
escuela y la misma se llevará a cabo durante la Jornada Provincial de
Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo que se realizará en el
transcurso de la segunda semana de abril de 2013.
3° Semana: Informar y remitir el Proyecto y Producto Final que va a
representar a cada escuela en formato papel en un sobre cerrado en el
que figurarán los datos del establecimiento educativo y responsables a
Avenida Libertador General San Martín Nº 750, 2° piso, Ciudad de San
Juan. Plazo máximo: dos (2) días hábiles luego de la realización de la
Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y Seguridad en el Trabajo.
Este proyecto y producto final será el que resulte seleccionado por
cada escuela durante la Jornada Provincial de Trabajo Decente, Salud y
Seguridad en el Trabajo en la segunda semana de abril de 2013.
4° semana: Exposición de los Proyectos de cada escuela, evaluación de
los mismos y entrega de premios. Lugar a designar por las autoridades
del Ministerio de Educación de la Provincia de SAN JUAN.
No se aceptarán fichas, proyectos y productos finales presentados fuera de los plazos señalados.
5. Evaluación:
Los productos finales serán evaluados en la instancia de exposición por
una Comisión Evaluadora. La exposición de los productos y proyectos
finales se realizará simultáneamente, en los plazos señalados en el
presente Anexo y en el lugar a designar por las autoridades del
Ministerio de Educación de San Juan.
Los criterios de evaluación son:
a. Pertinencia con el tema y manifiesta el tratamiento de los conceptos de Trabajo Decente y Salud y Seguridad en el Trabajo.
b. Evidencia de un trabajo con sentido y relevancia para la comunidad educativa.
c. Expresión de una mirada crítica o sensible de los/as alumnos/as sobre el mundo del trabajo.
d. Trascendencia del espacio curricular generando nuevas situaciones para pensar y aprender.
e. Aporte a otros sectores de la comunidad.
6. Jurado:
Composición:
a. Estará presidido por la Profesora María Cristina Díaz (Ministra de
Educación de la Provincia de SAN JUAN) y el Doctor Juan Horacio
González Gaviola (Superintendente de Riesgos del Trabajo).
b. Estará integrado por DIEZ (10) miembros referentes en la materia,
seleccionados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y el
Ministerio de Educación de la provincia.
Tomará sus decisiones por mayoría simple. Las decisiones son inapelables.
Deberes y atribuciones del Jurado:
a. Estudiar, aceptar y respetar las bases del concurso.
b. Declarar fuera del concurso los proyectos y productos finales que no hayan respetado las condiciones de las bases.
c. Material sobre el material y la información del concurso.
d. Fundamentar los premios que se otorguen.
e. Labrar un acta en la que se deje constancia del resultado del concurso.
f. Resolver todo planteo que se presente en el ámbito del concurso. Lo resuelto será inapelable.
g. Comunicar por correo electrónico, dentro de las VEINTICUATRO (24)
horas de realizada la exposición y evaluación de los proyectos y
productos finales, los resultados del concurso a las escuelas
participantes y, las indicaciones para la entrega de premios a las
escuelas ganadoras.
7. Premios:
Se elegirán CUATRO (4) ganadores.
Los premios se entregarán según Resolución S.R.T. PESOS SETENTA MIL ($
70.000) en el caso del Primer Premio, PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) en
el caso del Segundo Premio, PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) en el caso del
Tercer Premio y PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) en el caso del Cuarto Premio.
Ante proyectos/productos que no logren cumplir las Bases y Condiciones,
podrán declararse desiertos todos o algunos de los premios previstos.
ANEXO II
INDICACIONES PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO (FICHA)
1. Descripción del proyecto
1.1. Nombre
1.2. Resumen (máximo 200 palabras)
1.3. Fundamentos de la elección del tema
1.4. Objetivo/s
1.5. Marco teórico conceptual
1.6. Metodología de trabajo: dinámica, materiales, recursos
1.7. Cronograma de actividades a desarrollar con los alumnos
1.8. Descripción del producto a generar
1.9. Trascendencia en el ámbito local y social.
1.10. Participan del proyecto
1.10.1. Docente/s:
1.10.2. Espacio/s curricular/es
1.10.3. Cursos
1.10.4. Alumnos - cantidad
2. Datos de la escuela
2.1. Nombre completo
2.2. Domicilio
2.3. Autoridades
2.4. Alumnos —cantidad—
e. 03/04/2013 N° 18892/13 v. 03/04/2013