MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 151/2013


Registro Nº 190/2013


Bs. As., 19/2/2013

VISTO el Expediente Nº 1.538.706/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.538.706/12 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), y la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el presente Acuerdo, las partes pactan nuevas condiciones económicas, con vigencia desde el 1 de Diciembre de 2012, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 460/73.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de lo pactado no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.538.706/12 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.538.706/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 460/73.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.538.706/12

Buenos Aires, 21 de Febrero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 151/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 190/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1538706/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de diciembre del 2012, siendo las 15.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante mi, Secretario de Conciliación, Lic. Sebastián KOUTSOVITIS, en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), con domicilio en Moreno Nº 2969 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo hace el señor Jorge KIENER, Secretario de Interior, Oscar MATA, Secretario de Asuntos Gremiales, Daniel COSTANTINO, Pro-Secretario Gremial en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRANSPORTADORES DE AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP) con domicilio en Av. Pte. Julio A. Roca Nº 751 - Piso 7° “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo hacen los señores Marcelo Raúl LISCHET, Presidente, Juan Carlos ROMERO, Secretario, Gerardo Alberto INGARAMO, Vocal, Marcelo HASSE (MI 18.151.507), gerente con la asesoría del señor Gastón De La FARE.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, este le concede el uso de la palabra a las partes comparecientes quienes manifiestan: que atento al pedido iniciado por la UTA el pasado mes de noviembre de 2012, por el cual la entidad gremial de los trabajadores solicitó una adecuación de los aportes que por viáticos diarios de carácter no remuneratorio, se abonan al personal de conducción de todas las empresas prestatarias de servicios de corta y media distancia del interior del país.

Que en virtud de que en muchas jurisdicciones se efectuaron adecuaciones durante el presente año, por lo que el pedido en cuestión intenta equiparar sólo a aquellos casos que no han tenido modificaciones en los montos que por el mismo concepto de viáticos diarios abonan las empresas alcanzadas por este Acta.

Que conforme lo citado precedentemente, las Partes vienen a suscribir el presente acuerdo, con el objeto de convalidar conjuntamente lo siguiente:

a) Otorgar un incremento del VEINTICINCO PORCIENTO (25%) con vigencia desde el 1 de diciembre de 2012, a los montos que por viáticos diarios de carácter no remuneratorio, se abonan en la actualidad.

b) LAS PARTES acuerdan que lo establecido en el punto anterior sólo se aplicará para aquellos operadores que no hayan otorgado reconocimientos y/o aumentos en los viáticos diarios durante el corriente año. En este supuesto, el total a convalidarse por todo concepto deberá ser hasta el porcentaje y desde la fecha citada precedentemente.

c) Las partes solicitan al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la homologación del presente acuerdo.

En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a su sólo efecto.

En este estado y no siendo para más, a las 16.10 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.