MINISTERIO DE HACIENDA

LEY N° 11.188

Declarando En vigencia para el corriente año el presupuesto de 1921.

Buenos Aires, Septiembre 30 de 1922.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo1o. Declárase en vigencia para el ejercicio económico del corriente año, las leyes impositivas que rigieron durante el año 1921 y las leyes Nos. 11.027 y 11.178 de presupuesto general.

Art. 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veintinueve de Septiembre de 1922.


Leopoldo Melo
Adolfo Labougle
R. Pereyra Rozas
Carlos G. Bonorino

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación; comuníquese e insértese en el Registro Nacional y archívese.

IRIGOYEN   
D. E. Salaberry.