MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 238/2013
Tope Nº 139/2013
Bs. As., 5/3/2013
VISTO el Expediente Nº 1.316.663/09 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1.759/72
(t.o. 1991), la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 del 12 de
febrero de 2010, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante los artículos 1º y 2º de la Resolución de la SECRETARIA DE
TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de 2010, cuya copia fiel luce
agregada a fojas 271/276 del expediente citado en el Visto, se fijó el
importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio
correspondiente a los Acuerdos celebrados entre la FEDERACION DE
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA, y entre
la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y
DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, homologados por los artículos 2º y
3º de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo
Nº 207 de fecha 20 de noviembre de 2009 y registrados bajo los Nº
1392/09 y 1393/09, respectivamente.
Que en el primer y cuarto considerando de la citada Resolución, se ha
incurrido en un error material al identificar a la parte sindical del
instrumento colectivo, por cuanto se refirió a la FEDERACION GREMIAL
DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, cuando debió
decir FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA.
Que en los artículos 1º, 2º y en los ANEXOS l y II de la Resolución de
la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de 2010, se cita
erróneamente la denominación de la parte sindical por cuanto se refirió
a la misma como la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE
LA CARNE Y SUS DERIVADOS, cuando debió decir FEDERACION DE SINDICATOS
DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Que en consecuencia, tratándose de un error material involuntario debe
subsanarse a fin de evitar futuras confusiones, procediéndose a emitir
el presente acto administrativo materializando la rectificación
correspondiente.
Que la rectificatoria de errores materiales resulta plenamente viable,
conforme las prescripciones del artículo 101 del Decreto Nº 1.759/72
(t.o. 1991), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos
Nº 19.549.
Que el artículo citado precedentemente establece que: “En cualquier
momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o
decisión”.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente medida se dicta en orden a lo preceptuado por el
artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto
Nº 1.759/72 (t.o.1991) y de las atribuciones conferidas en el segundo
párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias y, en el Decreto Nº 357 del 21 de
febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de
fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Rectifícase los considerandos primero y cuarto de la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de
2010, sustituyéndose la denominación de la parte sindical “FEDERACION
GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS” por
“FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA”.
ARTICULO 2º — Rectifícase el artículo 1º de la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de 2010, el que
queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 1º.- Fíjase el importe
promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente
al Acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional De
Relaciones Del Trabajo Nº 207 del 20 de noviembre de 2009 y registrado
bajo el Nº 1392/09 suscripto entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE
TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA
ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA, conforme al detalle que, como
ANEXO I, forma parte integrante de la presente”.
ARTICULO 3º — Rectifícase el artículo 2º de la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de 2010, el que
queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 2º.- Fíjase el importe
,promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio
correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional De Relaciones Del Trabajo Nº 207 del 20 de noviembre
de 2009 y registrado bajo el Nº 1393/09 suscripto entre la FEDERACION
DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA y la CAMARA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS
DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO II,
forma parte integrante de la presente”.
ARTICULO 4º — Reemplázase los Anexos I y II de la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 de fecha 12 de febrero de 2010,
respectivamente por los ANEXOS I y II que forman parte de la presente.
ARTICULO 5º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento
Coordinación tome razón de la presente medida rectificatoria de la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 136 del 12 de febrero de
2010, que fijó el importe promedio y tope indemnizatorio
correspondientes a los Acuerdos registrados bajo los Nº 1392/09 y
1393/09, respectivamente.
ARTICULO 6º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 7º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO I
Expediente Nº 1.316.663/09
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA
Acuerdo Nº 1292/09 - CCT Nº 56/75. | 01/04/2010 | $ 2.746,98 | $ 8.240,94 |
ANEXO II
Expediente Nº 1.316.663/09
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
CAMARA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Acuerdo Nº 1293/09 - CCT Nº 56/75. | 01/04/2010 | $ 2.746,98 | $ 8.240,94 |
Expediente Nº 1.316.663/09
Buenos Aires, 07 de Marzo de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 238/13, se ha
tomado razón de las rectificaciones de los considerandos primeros y
cuarto, el artículo 1º y 2º de la Resolución ST Nº 136/10 además del
reemplazo de los anexos I y II de dicha resolución por los anexos de la
Resolución ST Nº 238/13 obrante en el expediente de referencia,
quedando registrado con el número 139/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.