MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 25/2013


Tope Nº 194/2013


Bs. As., 25/3/2013

VISTO el Expediente Nº 1.475.478/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1238 del 24 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 69/75 del Expediente Nº 1.475.478/11, obran las escalas salariales pactadas entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 362/03, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1238/12 y registrado bajo el Nº 1015/12, conforme surge de fojas 86/88 y 91, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 99/168, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1238 del 24 de agosto de 2012 y registrado bajo el Nº 1015/12 suscripto entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA) y la ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA) conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente Nº 1.475.478/11

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GATRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA)
C/
ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA)

4 ESTRELLAS
- Tope C.A.B.A.




- Tope Gran Buenos Aires(Localidades y partidos del Cordón yde Campana, Zárate y Exaltación de laCruz y Partido de La Plata)


CCT Nº 362/03






01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013






$ 5.865,07
$ 6.283,93
$ 6.692,29
$ 6.807,91

$ 5.523,99
$ 5.912,99
$ 6.302,22
$ 6.418,78






$ 17.595,21
$ 18.851,79
$ 20.076,87
$ 20.423,73

$ 16.571,97
$ 17.738,97
$ 18.906,66
$ 19.256,34
          
PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GATRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA)
C/ ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA)

4 ESTRELLAS
- Tope Tierra del Fuego




- Tope Calafate




- Tope Río Negro, Chubut, Santa Cruz(excepto Calafate) y Neuquén



CCT Nº 362/03





01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013





$ 6.023,01
$ 6.381,16
$ 6.856,37
$ 7.080,88

$ 6.264,34
$ 6.632,91
$ 7.130,71
$ 7.370,06

$ 5.894,99
$ 6.245,71
$ 6.710,88
$ 6.930,33





$ 18.069,03
$ 19.143,48
$ 20.569,11
$ 21.242,64

$ 18.793,02
$ 19.898,73
$ 21.392,13
$ 22.110,18

$ 17.684,97
$ 18.737,13
$ 20.132,64
$ 20.790,99
        
PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GATRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA)
C/
ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA)

4 ESTRELLAS
- Tope Mendoza y resto de laProvincia de Buenos Aires




- Tope Centro Invernal Las Leñas,Mendoza




- Tope Chaco, Formosa, Corrientes,Jujuy, Salta, La Rioja, Catamarca,Santiago del Estero, San Luis, SanJuan, Córdoba, Santa Fe, Misiones,La Pampa y Entre Ríos


5 ESTRELLAS
- Tope C.A.B.A.



CCT Nº 362/03






01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013






$ 4.880,70
$ 5.229,13
$ 5.569,36
$ 5.665,03

$ 5.926,54
$ 6.274,97
$ 6.746,00
$ 6.972,34

$ 4.880,70
$ 5.229,13
$ 5.569,36
$ 5.665,03

$ 6.785,34
$ 7.262,91
$ 7.741,27
$ 7.884,17






$ 14.642,10
$ 15.687,39
$ 16.708,08
$ 16.995,09

$ 17.779,62
$ 18.824,91
$ 20.238,00
$ 20.917,02

$ 14.642,10
$ 15.687,39
$ 16.708,08
$ 16.995,09

$ 20.356,02
$ 21.788,73
$ 23.223,81
$ 23.652,51

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GATRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA)
C/
ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA)

5 ESTRELLAS
- Tope Gran Buenos Aires(Localidades y partidos del Cordón yde Campana, Zárate y Exaltación de laCruz y Partido de La Plata)



- Tope Tierra del Fuego




- Tope Calafate




- Tope Río Negro, Chubut, Santa Cruz(excepto Calafate) y Neuquén



CCT Nº 362/03






01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013






$ 5.915,08
$ 6.331,37
$ 6.748,14
$ 6.873,05

$ 6.834,46
$ 7.236,46
$ 7.779,66
$ 8.040, 91

$ 5.789,78
$ 7.339,46
$ 7.890,00
$ 8.154,97

$ 6.822,31
$ 7.223,60
$ 7.765,86
$ 8.026,51






$ 17.745,24
$ 18.994,11
$ 20.244,42
$ 20.619,15

$ 20.503,38
$ 21.709,38
$ 23.338,98
$ 24.122,73

$ 17.369,34
$ 22.018,38
$ 23.670,00
$ 24.464,91

$ 20.466,93
$ 21.670,80
$ 23.297,58
$ 24.079,53
      
PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GATRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA)
C/
ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AHTRA)

5 ESTRELLAS
- Tope Mendoza y resto de la Provincia de Buenos Aires




- Tope Centro Invernal Las Leñas,Mendoza




- Tope Chaco, Formosa, Corrientes,Jujuy, Salta, La Rioja, Catamarca,Santiago del Estero, San Luis, SanJuan, Córdoba, Santa Fe, Misiones,La Pampa y Entre Ríos



CCT Nº 362/03






01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013

01/10/2012
01/01/2013
01/04/2013
01/05/2013






$ 5.698,63
$ 6.099,92
$ 6.501,66
$ 6.621.87

$ 6.822,31
$ 7.246,46
$ 7.765,86
$ 8.026,51

$ 5.355,11
$ 5.814,33
$ 6.197,10
$ 6.311,86






$ 17.095,89
$ 18.299,76
$ 19.504,98
$ 19.865,61

$ 20.446,93
$ 21.739,38
$ 23.297,58
$ 24.079,53

$ 16.065,33
$ 17.442,99
$ 18.591,30
$ 18.935,58

Expediente Nº 1.475.478/11

Buenos Aires, 04 de Abril de 2013

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 25/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 194/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.