TRATADO DE AMISTAD Y RELACIONES CULTURALES
LEY N° 15.846
Apruebase el suscripto con la República de Filipinas el 12/2/60
Sancionada: Junio 29 de 1961.
Promulgada: Julio 17 de 1961.
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
ARTICULO 1° - Apruébase el
Tratado de Amistad y Relaciones Culturales suscrito por el gobierno de
la Nación con la República de Filipinas, el 12 de febrero de 1960.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a
los veintinueve días del mes de Junio del año mil novecientos sesenta y
uno.
J. M. GUIDO
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J. R. DECAVI
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Alejandro N. Barraza
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Eduardo T. Oliver
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