MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 397/2013
Registro Nº 323/2013
Bs. As., 12/4/2013
VISTO el Expediente Nº 1.520.615/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo y actas complementarias
celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el sector sindical
y la empresa DADAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, los que
lucen, respectivamente, a fojas 5/6, 186 y 195 del Expediente Nº
1.520.615/12, habiendo sido el primero debidamente ratificado a fojas
141 y 142 de las mismas actuaciones y las segundas alcanzadas por ante
esta Cartera de Estado.
Que el acuerdo cuya homologación se solicita se celebra en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88 y mediante el mismo se establece
un incremento salarial en los términos y conforme los lineamientos allí
establecidos.
Que el plexo convencional en el marco del cual se alcanza el acuerdo de
marras ha sido oportunamente alcanzado entre el SINDICATO DE MECANICOS
Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(S.M.A.T.A.) por el sector sindical con la FEDERACION ARGENTINA DE
ASOCIACIONES DE TALLERES DE REPARACION DE AUTOMOTORES Y AFINES por la
parte empleadora.
Que mediante Artículo segundo de la Resolución Secretaría de Trabajo Nº
773, de fecha 4 de junio de 2012 se les ha reconocido legitimidad
conjunta a las partes individualizadas en el primer párrafo del
presente para negociar colectivamente respecto de los trabajadores de
la empresa DADA SOCIEDAD ANONIMA afectados a los servicios que ésta
presta a VOLKSWAGEN SOCIEDAD ANONIMA para el desarrollo del proceso
referido en el acuerdo que fuera homologado a través del Artículo
primero de la resolución señalada.
Que en consecuencia, las partes se encuentran conjuntamente legitimadas
para alcanzar el acuerdo que motiva el presente atento que la
aplicación personal y territorial del mismo resulta acorde a la que le
fuera oportunamente reconocida.
Que en consecuencia el ámbito personal y territorial de aplicación se
establece para los trabajadores representados por la entidad sindical
celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88,
que laboran para la empresa DADA SOCIEDAD ANONIMA afectados a los
servicios que ésta presta a VOLKSWAGEN SOCIEDAD ANONIMA para el
desarrollo del proceso referido en el acuerdo que fuera homologado a
través del Artículo primero Secretaría de Trabajo Nº 773, de fecha 4 de
junio de 2012.
Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la
estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes
celebrantes.
Que en cuanto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del
día 1 de julio de 2012 y de conformidad con lo establecido al respecto
por sus celebrantes.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y
teniéndose en consideración la nueva escala salarial, deberán remitirse
las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia
de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo y sus actas
complementarias celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por el
sector sindical y la empresa DADA SOCIEDAD ANONIMA por la parte
empleadora, los que lucen, respectivamente, a fojas 5/6, 186 y 195 del
Expediente Nº 1.520.615/12, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo y actas complementarias obrantes a fojas 5/6, 186 y
195 del Expediente Nº 1.520.615/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de
la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo y actas complementarias homologadas y de esta Resolución,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo
5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.520.615/12
Buenos Aires, 16 de Abril de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 397/13 se ha
tomado razón del acuerdo y actas complementarias obrantes a fojas 5/6,
186 y 195 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el
número 323/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDO
En la ciudad de Tortuguitas, a los 17 días del mes de julio de 2012, se
reúnen, por parte de DADA S.A., representada por su apoderado, el Sr.
Ricardo Mendez apoderado de la firma, con domicilio en Belgrano 637,
piso 11, en adelante DADA y lo representantes del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(SMATA), Sres. Gustavo Moran Secretario Gremial, Jorge Godino
Subsecretario Gremial, Bejarano Fernando, Cavagnino Daniel y Pablo
Izquierdo en su carácter de miembros todos ellos del consejo directivo,
en adelante SMATA, y ambas en forma conjunta denominadas las Partes,
todos firmantes al pie de la presenta para dejar constancia que se
acuerda el incremento en la escala salarial adjunta en hoja aparte de
la presente, la misma consta en 3 etapas, a saber:
A partir del 01/07/2012 se reconocerá y abonara un aumento salarial del 12% sobre básicos Junio/2012.
A partir del 01/11/2012 se re se reconocerá y abonara un aumento salarial del 5% sobre básicos Junio/2012.
A partir del 01/03/2013 se re se reconocerá y abonara un aumento salarial del 5% sobre básicos Junio/2012.
Los puntos detallados en los puntos precedentes tendrán vigencia hasta
el 30 de junio de 2013, dándose por concluidas las negociaciones sobre
escalas y salarios que se venían desarrollando.
ESCALA SALARIAL S.M.A.T.A. - DADA S.A.
CATEGORIA | JORNAL | 01/07/2012 | 01/11/2012 | 31/03/2013 | Asignacion Comida o refrigerio | Boletos (NoRem.) |
| AL 30/06/2012 | 12% | 5% | 5% | 22% |
|
EMBALADORES | $ 19,89 | $ 22,28 | $ 23,27 | $ 24,26 | $ 55 | $ 187,00 |
CLARKISTA ALERO | $ 22,77 | $ 25,50 | $ 26,63 | $ 27,77 | $ 55 | $ 187,00 |
CLARKISTA SISTEMA | $ 23,87 | $ 26,73 | $ 27,92 | $ 29,11 | $ 55 | $ 187,00 |
CARPINTERO | $ 24,87 | $ 27,86 | $ 29,10 | $ 30,34 | $ 55 | $ 187,00 |
MONITOR - VOLANTE | $ 26,54 | $ 29,72 | $ 31,05 | $ 32,38 | $ 55 | $ 187,00 |
FUNCION | SUELDO BASICO | 01/07/2012 | 01/11/2012 | 31/03/2013 | Asignacion Comida o refrigerio | Boletos (NoRem.) |
| AL 30/06/2012 | 12% | 5% | 5% | 22% |
|
KEY USER | $ 4.972.43 | $ 5.569.13 | $ 5.817,75 | $ 6.066.37 | $ 55 | $ 187,00 |
AUXILIAR | $ 4.558.25 | $ 5.105.25 | $ 5.333.16 | $ 5.561.07 | $ 55 | $ 187,00 |
CALIDAD DISPONENTE “A” MAT | $ 4.306.80 | $ 4.823.61 | $ 5.038.95 | $ 5.254.29 | $ 55 | $ 187,00 |
OPERADOR SAP | $ 3.893.69 | $ 4.360.93 | $ 4.555.61 | $ 4.750.29 | $55 | $ 187,00 |
Expediente Nº 1520615/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de
diciembre de 2012, siendo las 16:20 horas, comparece espontáneamente en
el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva,
ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones
Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de la
EMPRESA DADA SA, con domicilio constituido en Avda Callao 661, 14° “B”,
la Sra. Andrea Ana Susana GUGGINI (DNI 17695813), en calidad de
apoderada, condición ya acreditada en autos.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta que:
ratifica íntegramente lo actuado a fojas 177. Asimismo manifiesta que
deja expresamente establecido que el acuerdo que consta a fojas 5/6 de
autos resultará de aplicación a los trabajadores de la Empresa
afectados a los servicios que ésta presta a Volkswagen Sociedad Anónima
para el desarrollo del proceso referido en el acuerdo que fuera
homologado a través del artículo primero Secretaría de Trabajo (S.T.)
Nº 773, de fecha 04 de junio de 2012.
En este estado y no siendo para más, a las 16:30 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente Nº 1520615/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de marzo
de 2013, siendo las 15:00 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta que:
ratifica íntegramente lo actuado a fojas 177. Asimismo manifiesta que
deja expresamente establecido que el acuerdo que consta a fojas 5/6 de
autos resultará de aplicación a los trabajadores de la Empresa
afectados a los servicios que ésta presta a Volkswagen Sociedad Anónima
para el desarrollo del proceso referido en el acuerdo que fuera
homologado a través del artículo primero Secretaría de Trabajo (S.T.)
Nº 773, de fecha 04 de junio de 2012.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando
sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14250. En este
estado y no siendo para más, a las 15:05 horas, se da por finalizado el
acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura,
para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que
CERTIFICO.