PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 534/2013
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Acción Federal de Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura.
Bs. As., 14/5/2013
VISTO el expediente Nº 10525/12 del registro de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 297 de fecha 2 de
marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 297/12 fue prorrogada en último término la
designación con carácter transitorio del funcionario de la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, señor Jacobo Rodolfo HAMAWI,
en un cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II, como DIRECTOR
NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES.
Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo
en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron
lugar al dictado del Decreto Nº 297/12, la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la designación del
citado funcionario, en los mismos términos del nombramiento original,
que fuera dispuesto por el Decreto Nº 1851/09.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada, desde su vencimiento, a partir del 26 de junio de 2012 y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria del señor Jacobo Rodolfo HAMAWI (DNI Nº 11.632.500), como
DIRECTOR NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES de la
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en un cargo de la
Planta Permanente Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva II, del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098/08, cuya designación original fuera
realizada por el Decreto Nº 1851/09 y prorrogada en último término por
su similar Nº 297/12, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del día 26 de junio de 2012.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto, será atendido con las partidas
específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 - 14 - SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.