MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 469/2013

Registro Nº 375/2013

Bs. As., 26/4/2013

VISTO el Expediente Nº 1.537.238/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 16 del Expediente Nº 1.537.238/12 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa ALPARGATAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe indicar que mediante la Disposición D.N.R.T. Nº 551 de fecha 26 de diciembre de 2012, obrante a fojas 8/9 de autos, se declaró constituida la pertinente Comisión Negociadora.

Que en el mentado Acuerdo las partes convienen un incremento en el “Adicional Zona” para el personal de la empresa de la Planta Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07, conforme surge de los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican a fojas 17 de autos y en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa ALPARGATAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, que luce a foja 16 del Expediente Nº 1.537.238/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 16 del Expediente Nº 1.537.238/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.537.238/12

Buenos Aires, 30 de Abril de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 469/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 16 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 375/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes d noviembre de 2012, entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.O.T.), con domicilio en Av. La Plata 754 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por los Sres. José A. Listo en carácter de Secretario Gremial y José Rivero en carácter de Secretario de Interior de la A.O.T., por una parte; y por la otra la empresa ALPARGATAS S.A.I.C. con domicilio en Azara 841 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Dr. Diego Oscar Berdini, abogado (T° 54 F° 509 CPACF), en su carácter de apoderado conforme acredita con la respectiva copia de poder que adjunta, con referencia al Expediente Nº 1.537.238/12, manifiestan haber alcanzado el siguiente acuerdo:

I.- RECOMPOSICION DEL VALOR “ADICIONAL ZONA”.

Las partes acuerdan recomponer el valor de la suma mensual correspondiente al “Adicional Zona” que se abona a todo el personal de la empresa ALPARGATAS S.A.I.C. en su Planta Santa Rosa, provincia de La Pampa, comprendido en el ámbito de representación de la A.O.T. de la R.A. Dicho valor se establece en la suma bruta de pesos trescientos cuarenta y cinco ($345,00) pagadera con los haberes del mes de noviembre de 2012, que se hará efectiva juntamente con el pago de los haberes de la segunda quincena de dicho mes y año.

II.- Las partes asimismo acuerdan que la suma percibida en concepto de “Adicional Zona” se ajustará a partir del mes de diciembre de 2012 y en lo sucesivo, en igual porcentaje y en forma simultánea a su vigencia, de conformidad con los incrementos remunerativos que registre la Categoría “A” del escalafón general, que resulte de los acuerdos salariales que se acuerden en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07 que rige la actividad o los que en el futuro lo reemplacen.

IIl.- Que ambas partes ratifican lo expresado en los Puntos 1, 3 y 4 del Acta-Acuerdo celebrada con fecha 24 de septiembre de 2009 en el marco del Expediente Nº 1.270.620/08 del registro del MTEySS.

IV.- HOMOLOGACION. Que las partes solicitan a la Autoridad proceda a la oportuna homologación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad y fecha indicadas en el encabezado.