MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 469/2013
Registro Nº 375/2013
Bs. As., 26/4/2013
VISTO el Expediente Nº 1.537.238/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 16 del Expediente Nº 1.537.238/12 obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la
empresa ALPARGATAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que cabe indicar que mediante la Disposición D.N.R.T. Nº 551 de fecha
26 de diciembre de 2012, obrante a fojas 8/9 de autos, se declaró
constituida la pertinente Comisión Negociadora.
Que en el mentado Acuerdo las partes convienen un incremento en el
“Adicional Zona” para el personal de la empresa de la Planta Santa
Rosa, Provincia de La Pampa, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 500/07, conforme surge de los términos del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican a fojas 17 de autos y en
todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa
ALPARGATAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, que luce a foja 16
del Expediente Nº 1.537.238/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a foja 16 del Expediente Nº 1.537.238/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.537.238/12
Buenos Aires, 30 de Abril de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 469/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 16 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 375/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes d
noviembre de 2012, entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (A.O.T.), con domicilio en Av. La Plata 754 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, representada por los Sres. José A. Listo en
carácter de Secretario Gremial y José Rivero en carácter de Secretario
de Interior de la A.O.T., por una parte; y por la otra la empresa
ALPARGATAS S.A.I.C. con domicilio en Azara 841 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por el Dr. Diego Oscar Berdini,
abogado (T° 54 F° 509 CPACF), en su carácter de apoderado conforme
acredita con la respectiva copia de poder que adjunta, con referencia
al Expediente Nº 1.537.238/12, manifiestan haber alcanzado el siguiente
acuerdo:
I.- RECOMPOSICION DEL VALOR “ADICIONAL ZONA”.
Las partes acuerdan recomponer el valor de la suma mensual
correspondiente al “Adicional Zona” que se abona a todo el personal de
la empresa ALPARGATAS S.A.I.C. en su Planta Santa Rosa, provincia de La
Pampa, comprendido en el ámbito de representación de la A.O.T. de la
R.A. Dicho valor se establece en la suma bruta de pesos trescientos
cuarenta y cinco ($345,00) pagadera con los haberes del mes de
noviembre de 2012, que se hará efectiva juntamente con el pago de los
haberes de la segunda quincena de dicho mes y año.
II.- Las partes asimismo acuerdan que la suma percibida en concepto de
“Adicional Zona” se ajustará a partir del mes de diciembre de 2012 y en
lo sucesivo, en igual porcentaje y en forma simultánea a su vigencia,
de conformidad con los incrementos remunerativos que registre la
Categoría “A” del escalafón general, que resulte de los acuerdos
salariales que se acuerden en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 500/07 que rige la actividad o los que en el futuro lo
reemplacen.
IIl.- Que ambas partes ratifican lo expresado en los Puntos 1, 3 y 4
del Acta-Acuerdo celebrada con fecha 24 de septiembre de 2009 en el
marco del Expediente Nº 1.270.620/08 del registro del MTEySS.
IV.- HOMOLOGACION. Que las partes solicitan a la Autoridad proceda a la oportuna homologación del presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo
tenor y a un solo efecto en la Ciudad y fecha indicadas en el
encabezado.