EDUCACIÓN
LEY N° 19.969
Sistema Regional de Teleducación
Apruébase el estudio de viabilidad para los países de América del Sur.
Bs. As., 24/11/72.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° - Apruébase el Plan
de Operaciones del Proyecto Regional RLA/71/223 titulado "Estudio de
Viabilidad de un Sistema Regional de Teleducación para los países de
América del Sur" perteneciente al Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (Fondo Especial) suscripto por la República Argentina el
13 de julio de 1972.
Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE.
Gustavo Malek.