EDUCACIÓN

LEY N° 19.969

Sistema Regional de Teleducación

Apruébase el estudio de viabilidad para los países de América del Sur.

Bs. As., 24/11/72.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:


Artículo 1° - Apruébase el Plan de Operaciones del Proyecto Regional RLA/71/223 titulado "Estudio de Viabilidad de un Sistema Regional de Teleducación para los países de América del Sur" perteneciente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Fondo Especial) suscripto por la República Argentina el 13 de julio de 1972.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.
             Gustavo Malek.