ACUERDOS INTERNACIONALES

LEY N° 22.120

Apruébase un Acuerdo por Canje de Notas entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia.

Buenos Aires, 12 de diciembre de 1979.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° - Apruébase el acuerdo por canje de notas entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia para la continuación de las obras de la construcción del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra-Trinidad, firmado en la ciudad de La Paz, Bolivia, el día 4 de junio de 1979, cuyo texto en copia autenticada se agrega a la presente Ley.

ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 
                                                                                  VIDELA.
                                                                                      José A. Martínez de Hoz.
                                                                                      Carlos W. Pastor.
                                                                                      Albano E. Harguindeguy.


"Año del Centenario del Litoral Cautivo"

REPUBLICA DE BOLIVIA

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

DGPE/AL/Nº 544

Excelentísimo señor My. Brigadier D. Aly Luis Ipres Corbat, Embajador Extraordinario y Pleniplotenciario de la República Argentina,
Presente.

La Paz, 4 de junio de 1979

Excelentísmo señor Embajador:

Tengo el honor de acusar recibo de la atenta nota de Vuestra Excelencia, de esta misma fecha, que a la letra dice:
" A. S. E., el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Don Jorge Escobari Cusicanqui.

La Paz, 4 de junio de 1979.

Señor Ministro: Tengo el honor de referirme a los trabajos de construcción del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra-Trinidad (punto navegable sobre el río Mamoré), obra a la que nuestros Gobiernos asignan preferente atención, en virtud de la importancia que la misma representa para el desarrollo del oriente boliviano y la complementación económica entre ambos países. Teniendo en cuenta que los trabajos correspondientes al segundo sector del Ferrocarril fueron ejecutados y entregados formalmente al Gobierno de la República de Bolivia y en el espíritu de los acuerdos adoptados en el protocolo complementario 1 de noviembre de 1967 y en las notas reversales del 16 de marzo de 1976, tengo a honra proponer al Gobierno de V. E. lo siguiente:
1) Aprobar el presupuesto de obras para el Tercer Sector Yapacaní - Río Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra-Trinidad (punto navegable sobre el río Mamoré) por la suma de dólares 27.483.051 que se invertirán en su ejecución en un plazo de tres (3) años a partir de enero de 1980.
2) El Gobierno de la República Argentina adelantará a la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino - Boliviana, la suma de 400.000 dólares para cubrir el costo de las tareas que deben ejecutarse en lo que resta de 1979, dirigidas a:
a) Preparar la documentación técnica respectiva para la licitación y posterior adjudicación de las obras comprendidas en el Tercer Sector Yapacaní - Río Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra - Trinidad.
b) Determinar el estado de los trabajos realizados y elaborar un presupuesto de obras pendientes de ejecución para el tramo ferroviario Tarabuco - Zudáñez, del ramal Sucre-Boyuibe, de acuerdo a lo convenido en el acta suscripta en la ciudad de Buenos Aires, por la Comisión Argentino - Boliviana de Integración Física, con fecha 27 de abril de 1979.

Esta nota y la respuesta de V. E. del mismo tenor y fecha constituirán un acuerdo formal entre ambos Gobiernos.
Sin otro particular saludo a V. E. con mi más alta y distinguida consideración."
Fdo.: My. Brigadier Aly Luis Ipres Corbat. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Argentina.
Al respecto, me es grato comunicar a Vuestra Excelencia la conformidad del Gobierno de Bolivia con los términos conocidos en la nota precedentemente transcripta.

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

EMBAJADA DE LA REPUBLICA ARGENTINA

La Paz, 4 de junio de 1979

A S. E. el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Don Jorge Escobari Cusicanqui,
La Paz

Señor Ministro:

Tengo el honor de referirme a los trabajos de construcción del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra - Trinidad (punto navegable sobre el río Mamoré), obra a la que nuestros Gobiernos asignan preferente atención, en virtud de la importancia que la misma representa para el desarrollo del oriente boliviano y la complementación económica entre ambos países.

Teniendo en cuenta que los trabajos correspondientes al segundo sector del Ferrocarril fueron ejecutados y entregados formalmente al Gobierno de la República de Bolivia y en el espíritu de los acuerdos adoptados en el protocolo complementario del 1 de noviembre de 1967 y en las notas reversales del 16 de marzo de 1976, tengo a honra proponer al Gobierno de V. E. lo siguiente:
1) Aprobar el presupuesto de obras para el Tercer Sector Yapacaní - Río Grande, del Ferrocarril Santa Curz de la Sierra - Trinidad (punto navegable sobre el río Mamoré) por la suma de 27.483.051 dólares que se invertirán en su ejecución en un plazo de tres (3) años a partir de enero de 1980.
2) El Gobierno de la República Argentina adelantará a la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino - Boliviana, la suma de 400.000 dólares para cubrir el costo de las tareas que deben ejecutarse en lo que resta de 1979, dirigidas a:
a) Preparar la documentación técnica respectiva para la licitación y posterior adjudicación de las obras comprendidas en el Tercer Sector Yapacani - Río Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra - Trinidad.
b) Determinar el estado de los trabajos realizados y elaborar un presupuesto de obras pendientes de ejecución para el tramo ferroviario Tarabuco - Zudáñez, del ramal Sucre - Boyuibe, de acuerdo a lo convenido en el acta suscripta en la ciudad de Buenos Aires, por la Comisión Argentino - Boliviana de Integración Física, con fecha 27 de abril de 1979.
Esta nota y la respuesta de V. E. del mismo tenor y fecha constituirán un acuerdo formal entre ambos Gobiernos.
Sin otro particular saludo a V. E. con mi más alta y distinguida consideración.