Resolución 1748 (2007)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5648a sesión, celebrada el 27 de marzo de 2007
El Consejo de Seguridad,
Recordando todas sus
resoluciones pertinentes anteriores, en particular las resoluciones
1595 (2005), 1636 (2005), 1644 (2005), 1664 (2006), 1686 (2006), 1373
(2001) y 1566 (2004),
Reafirmando su más enérgica
condena del atentado terrorista perpetrado el 14 de febrero de 2005,
así como de todos los demás atentados cometidos en el Líbano desde
octubre de 2004, y reafirmando también que debe obligarse a quienes
hayan participado en esos atentados a rendir cuentas de sus crímenes,
Habiendo examinado el informe
de la Comisión Internacional Independiente de Investigación
(S/2007/150) (“la Comisión”), presentado atendiendo a lo dispuesto en
las resoluciones 1595 (2005), 1636 (2005), 1644 (2005) y 1686 (2006),
Encomiando a la Comisión por
la extraordinaria labor profesional que sigue realizando en
circunstancias difíciles al prestar asistencia a las autoridades del
Líbano en la investigación de todos los aspectos de ese acto terrorista,
Tomando nota de la carta de
fecha 21 de febrero de 2007 dirigida al Secretario General por el
Primer Ministro del Líbano (S/2007/159, apéndice), en que se pedía que
se prorrogara el mandato de la Comisión por un nuevo período de hasta
un año, a partir del 15 de junio de 2007, al objeto de asegurar la
estabilidad y la continuidad del proceso de investigación, y observando
la recomendación del Secretario General en ese mismo sentido,
Observando la conclusión de la
Comisión de que, en vista de las actividades de investigación en curso
y previstas, y pese a que se ha avanzado considerablemente, es poco
probable que pueda terminar su trabajo antes de que concluya su mandato
actual, y que, por consiguiente, la Comisión acoge favorablemente la
solicitud formulada por el Líbano de que se prorrogue su mandato
después de esa fecha,
Dispuesto a seguir prestando
asistencia al Líbano para desentrañar la verdad y hacer que todos los
responsables de ese atentado terrorista rindan cuentas de sus actos,
1.
Acoge con satisfacción el informe de la Comisión;
2.
Decide prorrogar el mandato
de la Comisión hasta el 15 de junio de 2008 y declara que está
dispuesto a poner término a ese mandato en una fecha anterior si la
Comisión informa de que ha concluido la ejecución de su mandato;
3.
Pide a la Comisión que le
siga informando cada cuatro meses, o en cualquier otro momento que
considere conveniente, del progreso de la investigación;
4.
Decide seguir ocupándose de la cuestión.