MINISTERIO DE AGRICULTURA
Ley N° 11.409
Concediendo venias para demandar a la Nación.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - Concédense las venias solicitadas, respectivamente, por
la Compañía Industrial y Comercial de Petróleo S.A., don Alfredo Fermín
Montero, y don José Repetto para demandar a la Nación.
Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a primero de agosto de mil novecientos veintiocho.
Elpidio González - Andrés Ferreyra
Gustavo Figueroa - Carlos G. Bonorino
Registrada bajo el N° 11409.