PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 340/2013
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Modifícase el Presupuesto
General de la Administración Nacional para el ejercicio 2013.
Bs. As., 18/6/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0509618/2013 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la
Administración Nacional aprobado por la Ley Nº 26.784, distribuido por
la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar por compensación el presupuesto vigente
de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
Servicio Administrativo Financiero 363, en virtud de los créditos
aprobados por el Presupuesto General de la Administración Nacional
aprobado por la Ley Nº 26.784, distribuido por la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013.
Que la modificación propiciada, en lo que se refiere a las Fuentes de
Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, 21 - Transferencias Externas y 22
- Crédito Externo, tienen por objeto adecuar los créditos
presupuestarios del presente ejercicio a las necesidades de ejecución
planteadas en los Planes Operativos Anuales (POA’s) de los Proyectos
con Financiamiento Internacional en el marco del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los Artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y 37
de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la
Ley Nº 26.124.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado por la Ley
Nº 26.784, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10
de enero de 2013, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 52 -
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, Servicio Administrativo
Financiero 363, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo, las que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Norberto G.
Yauhar.
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NOTA: El Anexo que integra esta Decisión Administrativa se publica en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser
consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).