ENERGIA Y COMBUSTIBLES - CARBON MINERAL NACIONAL

Ley N° 16.707

Fíjase la obligatoriedad de su uso y consumo como fuente de energía o materia prima.

Decreto N° 8.772/1965

Buenos Aires, 7 de octubre de 1965.

POR TANTO.

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección  General del Boletin Oficial e Imprentas y archívese.

ILLIA. - Fernando Solá. - Carlos R. S. Alconada Aramburu. -  Antulio F. Possio. Carlos A. García Tudero.