ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 301/2013


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Dirección General de Aduanas. Disposición Nº 7/13 (AFIP). Fiscalización de operaciones de comercio exterior.


Bs. As., 1/7/2013

VISTO la Disposición Nº 7 del 10 de enero de 2013 de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada disposición se introdujeron adecuaciones en la estructura organizativa de la Dirección General de Aduanas, a efectos de optimizar la planificación, ejecución y supervisión de la fiscalización aduanera a través de procedimientos ex-ante, Simultáneos y ex-post a la tramitación de las destinaciones aduaneras.

Que dicha medida se inscribe dentro de la política de impulsar la gestión de la información anticipada y el intercambio de datos estratégicos, dentro del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global establecido por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), como elementos básicos para el fortalecimiento de las tareas de control aduanero adaptándolas a las demandas actuales del comercio internacional.

Que en este sentido resulta de fundamental importancia el aprovechamiento de la información anticipada de operaciones con la que se cuenta a partir del sistema instrumentado mediante Resolución General Nº 3.252.

Que la disposición mencionada en el VISTO estableció que las Sub direcciones Generales de Recursos Humanos, de Administración Financiera y de Sistemas y Telecomunicaciones impulsarían las acciones pertinentes a fin de redistribuir los recursos humanos y materiales, así como adecuar los Sistemas informáticos, según corresponda, teniendo en cuenta los requerimientos emanados de la Dirección General de Aduanas, la que —a su vez— fue instruida para arbitrar los medios necesarios para su instrumentación dentro del plazo de NOVENTA (90) días.

Que esta última informa que se ha dado cumplimiento a las medidas indicadas en el párrafo precedente, por lo que corresponde comunicar formalmente que las unidades creadas y/o modificadas se encuentran en funcionamiento y en estado operativo, de acuerdo con lo prescripto por la aludida disposición.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recursos Humanos, de Administración Financiera, de Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Comunícase que se encuentran en funcionamiento y en estado operativo todas las áreas creadas y/o modificadas por la Disposición Nº 7/13 (AFIP).

ARTICULO 2° — La Dirección General de Aduanas difundirá las características del nuevo esquema de control a efectos de lograr su máximo nivel de eficiencia operativa.

ARTICULO 3° — Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y al Boletín de la Dirección General de Aduanas para su publicación. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 11/07/2013 Nº 52662/13 v. 11/07/2013