ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 301/2013
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Dirección General de
Aduanas. Disposición Nº 7/13 (AFIP). Fiscalización de operaciones de
comercio exterior.
Bs. As., 1/7/2013
VISTO la Disposición Nº 7 del 10 de enero de 2013 de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada disposición se introdujeron adecuaciones en la
estructura organizativa de la Dirección General de Aduanas, a efectos
de optimizar la planificación, ejecución y supervisión de la
fiscalización aduanera a través de procedimientos ex-ante, Simultáneos
y ex-post a la tramitación de las destinaciones aduaneras.
Que dicha medida se inscribe dentro de la política de impulsar la
gestión de la información anticipada y el intercambio de datos
estratégicos, dentro del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el
Comercio Global establecido por la Organización Mundial de Aduanas
(OMA), como elementos básicos para el fortalecimiento de las tareas de
control aduanero adaptándolas a las demandas actuales del comercio
internacional.
Que en este sentido resulta de fundamental importancia el
aprovechamiento de la información anticipada de operaciones con la que
se cuenta a partir del sistema instrumentado mediante Resolución
General Nº 3.252.
Que la disposición mencionada en el VISTO estableció que las Sub
direcciones Generales de Recursos Humanos, de Administración Financiera
y de Sistemas y Telecomunicaciones impulsarían las acciones pertinentes
a fin de redistribuir los recursos humanos y materiales, así como
adecuar los Sistemas informáticos, según corresponda, teniendo en
cuenta los requerimientos emanados de la Dirección General de Aduanas,
la que —a su vez— fue instruida para arbitrar los medios necesarios
para su instrumentación dentro del plazo de NOVENTA (90) días.
Que esta última informa que se ha dado cumplimiento a las medidas
indicadas en el párrafo precedente, por lo que corresponde comunicar
formalmente que las unidades creadas y/o modificadas se encuentran en
funcionamiento y en estado operativo, de acuerdo con lo prescripto por
la aludida disposición.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Recursos Humanos, de Administración Financiera, de Sistemas y
Telecomunicaciones y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de
Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Comunícase que se encuentran en funcionamiento y en
estado operativo todas las áreas creadas y/o modificadas por la
Disposición Nº 7/13 (AFIP).
ARTICULO 2° — La Dirección General de Aduanas difundirá las
características del nuevo esquema de control a efectos de lograr su
máximo nivel de eficiencia operativa.
ARTICULO 3° — Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y al Boletín de la Dirección General de Aduanas para su
publicación. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador
Federal.
e. 11/07/2013 Nº 52662/13 v. 11/07/2013