ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Disposición Nº 39/2013
Modalidades Extraordinarias de Prestación de Servicios del Personal. Modificación del Anexo III de la Disposición DGA 98/2009.
Bs. As., 16/7/2013
VISTO la Actuación Nº 12233-19-2013 del registro de la Administración Federal referente a la Disposición Nº 98/2009 (DGA), y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición (AFIP) Nº 7/2013 la Administración
Federal ha realizado cambios en la estructura orgánica de la Dirección
General de Aduanas.
Que mediante la Disposición Nº 301/2013 AFIP se comunica que se
encuentran en funcionamiento en estado operativo todas las áreas
creadas y/o modificadas por la Disposición Nº 7/13 (AFIP).
Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar el Anexo III de la
Disposición Nº 98/09 (DGA) “Tabla General de Horas Fijas de
Supervisión”, incorporando nuevos niveles y funcionarios definidos en
la Disposición (AFIP) Nº 7/2013.
Que, por otra parte, y en función de mantener los lineamientos fijados
en el artículo 7 de la Disposición AFIP Nº 240/09 se debe adecuar la
nómina de funcionarios comprendidos en el ANEXO III de la Disposición
Nº 98/09 (DGA) “Tabla General de Horas Fijas de Supervisión”.
Que han tomado la intervención que les competen las Subdirecciones
Generales de Técnico Legal Aduanero, de Operaciones Aduaneras
Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 9° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y artículo 5°
de la Disposición AFIP 240 de fecha 13 de mayo de 2009.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Incorporar al ANEXO III de la Disposición (DGA) Nº 98/09
“Tabla General de Horas Fijas de Supervisión”, las funciones que se
establecen continuación:
Nivel | Horas (1) |
Días Hábiles | Días Inhábiles |
Directores de Fiscalización de Importación y Exportación | 4 | 6 |
(1) Hasta el máximo de, conforme lo determine el Plan de fiscalización, establecido por cada Subdirección General.
ARTICULO 2° — Dejar establecido que a partir de la vigencia de la
presente los Asesores con Categoría CTA-01 serán girados en tareas de
control activas desarrolladas en el Anexo I de la Disposición (DGA) Nº
98/09 o bajo la modalidad de Servicios Extraordinarios.
ARTICULO 3° — Dejar establecido que las horas que se reasignen a las
nuevas unidades de estructura creadas por la Disposición Nº 7/2013
(AFIP), deberán ser proporcionales a las tareas y acciones asignadas a
cada una de estas áreas, debiendo respetar los cupos previamente
asignados a cada una de las Subdirecciones implicadas; quienes
definirán el plan de fiscalización con metas y objetivos a alcanzar y
evaluarán su cumplimiento, como condición de la autorización de las
horas a asignar mensualmente.
ARTICULO 4° — La presente norma entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.
ARTICULO 5° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección
General de Aduanas. Comuníquese al SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE
ADUANAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SUPARA). Cumplido, archívese. — Lic.
MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección General de Aduanas.
e. 22/07/2013 N° 55368/13 v. 22/07/2013