MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 691/2013
Registro Nº 580/2013
Bs. As., 24/6/2013
VISTO el Expediente Nº 1.549.837/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley
Nº 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la firma FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA celebra un
acuerdo directo con el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 del Expediente
Nº 1.549.837/13 y solicitan su homologación.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el
Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento
de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal,
atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo
bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia
del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que a foja 7 obra la nómina del personal afectado.
Que en dicho texto las partes acuerdan suspensiones para los trabajadores.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que
será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin
perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de
las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15
de la Ley Nº 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1°— Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal
afectado suscriptos entre la firma FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 y 7 del
Expediente Nº 1.549.837/13.
ARTICULO 2°— Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre
el Acuerdo y nómina del personal afectado obrantes a fojas 5/6 y 7 del
Expediente Nº 1.549.837/13.
ARTICULO 3°— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4°— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5°— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6°— Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTICULO 7°— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.549.837/13
Buenos Aires, 26 de junio de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 691/13, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 y 7 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 580/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En Buenos Aires a los 05 días del mes de febrero de 2013 se reúnen los
representantes de la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA S.A., con
domicilio en San Martín 881, 5° piso, Oficina I, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por Eugenio Maurette, Carlos
del Castillo Urbalejo, y María Clara Stafforini por una parte, y por la
otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del
Transporte Automotor de la República Argentina, en adelante “SMATA”,
con domicilio en la Avenida Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representado en este acto por: Ricardo Pignanelli,
Secretario General; Gustavo Morán, Secretario Gremial; Fernando
Bejarano y Daniel Cavagnino, en conjunto LAS PARTES, quienes acuerdan
lo siguiente:
Y CONSIDERANDO: (i) que Faurecia Exteriors Argentina S.A. no ha podido
al día de la fecha dar inicio al proceso de producción que fuera
contratado por Volkswagen Argentina S.A. (ii) que hasta que esto ocurra
no cuenta con tareas para asignar a su personal; (iii) por tal motivo
se acuerda una suspensión para los trabajadores de dicha empresa que se
detallan en el Anexo I y según cronograma, desde presente desde el 13
de febrero de 2013 hasta el 22 de febrero de 2013, la cual será
extendida por acuerdo de partes en caso de permanecer inalteradas las
condiciones que la originaron.
En virtud de las razones aquí enunciadas, LAS PARTES acuerdan lo siguiente:
Primero: Que se procederá a suspender al personal comprendidos en el
ANEXO I desde el día 13 de febrero de 2013 hasta el 22 de febrero de
2013, aclarando que la totalidad es personal bajo convenio colectivo
con SMATA. Esta suspensión será extendida por acuerdo de partes en caso
de permanecer inalteradas las condiciones que la originaron.
Segundo: Se conviene que durante el período de suspensión, cada
trabajador percibirá un subsidio por suspensión en los términos del
art. 223 bis de la L.C.T., el que tendrá carácter no remunerativo,
equivalente al 75% del salario básico bruto que le corresponde percibir
a cada trabajador en dicho período. FAURECIA EXTERIORS S.A. garantizará
el valor correspondiente a la contribución patronal y el aporte
correspondiente al trabajador con destino al régimen de obras sociales
y aportes sindicales, evitando afectar la cobertura médico asistencial
en la coyuntura definida.
Tercero: LAS PARTES se comprometen a preservar un marco de paz social y
armonía laboral durante cada una de las instancias que involucra el
presente acuerdo. La presente acta se elevara por ante el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de febrero
de 2013, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto.
FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA S.A.
FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA S.A. |
Legajo | Apellidos y Nombres | CUIL | Ingreso | Período de suspensión |
10 | SALAS ANDRES SEBASTIAN | 20-31680249-5 | 29/10/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
12 | GOMEZ FERNANDO DANIEL | 20-31205376-5 | 29/10/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
13 | FERNANDEZ CRISTIAN GUSTAVO | 20-34504848-1 | 29/10/2012 | Suspensión del 13/02 al 18/02 inclusive |
14 | JUAREZ PABLO HERNAN | 20-34531237-5 | 29/10/2012 | Suspensión del 19/02 al 22/02 inclusive |
17 | GALEANO LUIS EDGARDO | 20-30992358-9 | 02/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
20 | MIRANDA CRISTIAN GUILLERMO | 20-30736684-4 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
21 | TORRES ADRIAN ESTEBAN | 20-33144914-9 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
23 | FERRER DAMIAN EZEQUIEL | 20-35392489-4 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
24 | GARCIA SERGIO LEONARDO | 20-34672675-0 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
25 | RIVADENEIRA MATIAS GABRIEL | 20-34472700-8 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive- |
26 | CALERMO DARIO ALFRED | 20-34673318-8 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
28 | VIERA MATIAS EZEQUIEL | 20-36533631-9 | 27/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
29 | BARACCA EZEQUIEL NORBERTO | 20-33286303-8 | 29/11/2012 | Suspensión del 13/02 al 18/02 inclusive |
30 | IBARRA GUILLERMO ROLANDO | 20-30706783-9 | 29/11/2012 | Suspensión del 19/02 al 22/02 inclusive |
32 | AMARILLA ALEJANDRO SEBASTIAN | 20-34228683-7 | 29/11/2012 | Suspensión del 19/02 al 22/02 inclusive |
34 | ARCE IGNACIO ANDRES | 20-35083955-1 | 04/12/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
36 | FILLOL CARLOS SEBASTIAN | 23-33103819-9 | 04/12/2012 | Suspensión del 13/02 al 18/02 inclusive |
37 | CORRAL MAXIMILIANO ALBERTO | 20-32676046-4 | 04/12/2012 | Suspensión del 13/02 al 18/02 inclusive |
38 | PEREZ DAMIAN | 23-32582616-9 | 04/12/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |
39 | MARTINEZ DARIO ALEJAN | 20-26618967-3 | 04/12/2012 | Suspensión del 19/02 al 22/02 inclusive |
40 | LARROSA MARTIN EZEQUIEL | 23-32577870-9 | 04/12/2012 | Suspensión del 13/02 al 22/02 inclusive |