MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Resolución Nº 12/2013
Bs. As., 6/9/2013
VISTO el expediente EXP-S01:0190009/2013 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el artículo 42 de
la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre
de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de
los usuarios a la protección de su salud, seguridad e intereses
económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de
elección, y a condiciones de trato equitativo y digno; y, el deber de
las autoridades de proveer a la protección de esos derechos, a la
educación para el consumo, a la defensa de la competencia y al control
de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la
constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
Que en consecuencia, es obligación del Gobierno Nacional velar por la
defensa de los intereses de los usuarios del servicio de comunicaciones
móviles, así como generar las condiciones necesarias para garantizar el
efectivo goce de sus derechos.
Que en cumplimiento de la manda constitucional, la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
dictó la Resolución Nº 490 de fecha 14 de abril de 1997, por la que
aprobó —como ANEXO I— el “Reglamento General de Clientes de los
Servicios de Comunicaciones Móviles”, cuya modificación se propicia.
Que el crecimiento del número de usuarios de los servicios de
comunicaciones móviles y el consecuente aumento de tráfico en las
redes, así como la evolución de las tecnologías en uso y la diversidad
de los servicios y las aplicaciones ofrecidos por los prestadores, han
reconfigurado las relaciones entre aquéllos y los usuarios, tornando
indispensable una actualización de la normativa que refleje, entre
otros aspectos, un mayor equilibrio y equidad.
Que en ese orden, resulta primordial tomar en consideración el
paradigma instaurado en los últimos años por las políticas públicas del
Gobierno Nacional, dirigidas específicamente a la protección de los
intereses de los usuarios y de los consumidores, que se traducen en la
aplicación del principio “pro consummatore”.
Que la implementación de un procedimiento previo al dictado de actos de
alcance general que contemple la participación ciudadana es altamente
beneficiosa, en orden a conseguir una mayor eficacia en la acción de
los órganos administrativos y en punto a lograr un máximo grado de
acierto en la decisión.
Que en tal sentido, por el artículo 3º del Decreto Nº 1172/03, el Poder
Ejecutivo nacional aprobó —como Anexo V— el Reglamento General para la
Elaboración Participativa de Normas.
Que la Elaboración Participativa de Normas es un mecanismo que, a
través de consultas no vinculantes, involucra a los sectores
interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas
administrativas y de proyectos de ley para ser elevados por el Poder
Ejecutivo nacional al Honorable Congreso de la Nación.
Que, en el caso, este procedimiento resulta una herramienta de
utilidad, toda vez que permite y promueve una efectiva participación de
los distintos actores relacionados con la prestación del servicio de
comunicaciones móviles.
Que, asimismo, y a fin de garantizar un procedimiento tuitivo con un
alto grado de participación, resulta menester notificar la presente
Resolución, a través de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, a los licenciatarios de comunicaciones móviles, a
las asociaciones de usuarios y consumidores, a las fundaciones, a los
sindicatos, a las asociaciones profesionales y a las cámaras
empresarias legalmente reconocidas.
Que en virtud de lo expuesto corresponde, con carácter previo al
dictado de un nuevo Reglamento de Usuarios de los Servicios de
Comunicaciones Móviles, declarar la apertura del Procedimiento previsto
en el Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y sus
modificatorios, el Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y
el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase la apertura del Procedimiento previsto en el
Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas,
aprobado por el artículo 3° del Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre
de 2003, en relación con el proyecto del Reglamento de los Usuarios de
los Servicios de Comunicaciones Móviles, que como Anexo I forma parte
de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Establecer que, a los efectos de la instrumentación del
Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante
en la órbita de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, es
la dependencia a la cual el suscripto, en su carácter de Autoridad
Responsable, designa a cargo de la dirección del procedimiento de
Elaboración Participativa de Normas.
ARTICULO 3° — Invítese a la ciudadanía a expresar sus opiniones y
propuestas con relación al proyecto de Reglamento de los Usuarios de
los Servicios de Comunicaciones Móviles, que como Anexo I forma parte
de la presente Resolución.
ARTICULO 4° — Todo interesado podrá, a partir del día siguiente al de
la última publicación de la presente en el Boletín Oficial de la
República Argentina, acceder al Proyecto de Reglamento de los Usuarios
de los Servicios de Comunicaciones Móviles a través de la página web de
la SECRETARIA DE COMUNICACIONES (www.secom.gov.ar) y de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES (www.cnc.gov.ar).
Asimismo podrá retirarlo, durante el término de QUINCE (15) días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación
de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, en la
Mesa de Entradas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, sita en
calle Perú Nº 103, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y en
las siguientes delegaciones de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES:
- Delegación Bahía Blanca, sita en calle Las Heras Nº 24 de la ciudad
de Bahía Blanca, de la Provincia de Buenos Aires, Teléfono (0291)
450-2481, Apartado Especial 114 - CNC (8000) BAHIA BLANCA;
- Delegación Buenos Aires, sita en calle 10 Nº 1340 de la Ciudad de La
Plata (B1900TJV), de la Provincia de Buenos Aires, Teléfono (0221)
424-8899, Apartado Especial 114 - CNC (1900) LA PLATA;
- Delegación Catamarca, sita en calle Mota Botello Nº 520 de la ciudad
de Catamarca (K4700BYL), de la Provincia de Catamarca, Teléfono (0383)
445-5880, Apartado Especial 114 - CNC (4700) CATAMARCA;
- Delegación Chaco, sita en Av. Sarmiento Nº 146, P.B., de la ciudad de
Resistencia (H3500ATL), de la Provincia de Chaco, Teléfono (0362)
443-4200/443-3157, Apartado Especial 114 - CNC (3500) CHACO;
- Delegación Chubut, sita en calle San Martín Nº 180 de la ciudad de
Comodoro Rivadavia (U9000AID), de la Provincia de Chubut, Teléfono
(0297) 446-9950, Apartado Especial 114 - CNC (9000) CHUBUT;
- Delegación Ciudad de Buenos Aires —CAU—, sita en calle Perú Nº 598 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1068AAB), Teléfono 0800-333-3344,
Apartado Especial 114 - CNC (1000) AMBA;
- Delegación Córdoba, sita en calle General Paz Nº 255 de la ciudad de
Córdoba (X5000JLE), de la Provincia de Córdoba, Teléfono (0351)
424-4225/2727; 426-1011, Apartado Especial 114 - CNC (5000) CORDOBA;
- Delegación Corrientes, sita en calle San Martín Nº 1085, P.B., de la
ciudad de Corrientes (W3400APU), de la Provincia de Corrientes,
Teléfono (0379) 446-7323/7135, Apartado Especial 114 - CNC (3400)
CORRIENTES;
- Delegación Entre Ríos, sita en Dr. Illia Nº 193 de la ciudad de
Paraná (E3100ANC), de la Provincia de Entre Ríos, Teléfono (0343)
431-7869, Apartado Especial 114 - CNC (3100) ENTRE RIOS;
- Delegación Formosa, sita en calle 9 de Julio Nº 930 de la ciudad de
Formosa (P3600BCW), de la Provincia de Formosa, Teléfono (0370)
442-2979/3305, Apartado Especial 114 - CNC (3600) FORMOSA;
- Delegación General Pico, sita en calle 13 Nº 1001, esquina 20, de la
ciudad de General Pico (L6360AWM), de la Provincia de La Pampa,
Teléfono (02302) 42-4968, Apartado Especial 114 - CNC (6360) GENERAL
PICO;
- Delegación Jujuy, sita en calle Balcarce Nº 478 de la ciudad de San
Salvador de Jujuy (Y4600ECJ), de la Provincia de Jujuy, Teléfono (0388)
423-8077, Apartado Especial 114 - CNC (4600) JUJUY;
- Delegación La Pampa, sita en calle Sarmiento Nº 317 de la ciudad de
Santa Rosa (L6300ALG), de la Provincia de La Pampa, Teléfono (02954)
42-5967, Apartado Especial 114 - CNC (6300) LA PAMPA;
- Delegación La Rioja, sita en calle Buenos Aires Nº 413, de la ciudad
de La Rioja (F5300DDI), de la Provincia de La Rioja, Teléfono (0380)
446-0918/443-6367, Apartado Especial 114 - CNC (5300) LA RIOJA;
- Delegación Mendoza, sita en calle San Martín 678, 5º piso, de la
ciudad de Mendoza (M5500AAT), de la Provincia de Mendoza, Teléfono
(0261) 423-4287/2144; 424-2733, Apartado Especial 214 - CNC (5500)
MENDOZA;
- Delegación Misiones, sita en calle Ayacucho Nº 1776 de la ciudad de
Posadas (N3300MLL), de la Provincia de Misiones, Teléfono (0376)
443-2022/5497, Apartado Especial 114 - CNC (3300) MISIONES;
- Delegación Neuquén, sita en calle Santa Fe Nº 141, 1º piso, de la
ciudad de Neuquén (Q8300BGC), de la Provincia del Neuquén, Teléfono
(0299) 443-5741, Apartado Especial 114 - CNC (8300) NEUQUEN;
- Delegación Río Negro, sita en calle Rivadavia Nº 151 de la ciudad de
Viedma (R8500BDC), de la Provincia de Río Negro, Teléfono (02920)
42-8314, Apartado Especial 114 - CNC (8500) RIO NEGRO;
- Delegación Rosario, sita en calle Córdoba Nº 721 de la ciudad de
Rosario (S2000ATS), de la Provincia de Santa Fe, Teléfono (0341)
448-0492; 447-1248, Apartado Especial 114 - CNC (2000) ROSARIO;
- Delegación Salta, sita en calle Virrey Toledo Nº 340 de la ciudad de
Salta (A4400EDD), de la Provincia de Salta, Teléfono (0387) 432-1500,
Apartado Especial 114 - CNC (4400) SALTA.
- Delegación San Juan, sita en calle Av. Rioja 275 Sur de la ciudad de
San Juan (CP5400), de la Provincia de San Juan, Teléfono (0264)
420-4081, Apartado Especial 114 - CNC (5400) SAN JUAN.
- Delegación San Luis, sita en calle Caseros Nº 1223 de la ciudad de
San Luis (D5700CKY), de la Provincia de San Luis, Teléfono (0266)
442-6942, Apartado Especial 114 - CNC (5700) SAN LUIS.
- Delegación Santa Cruz, sita en calle Néstor Kirchner Nº 893 de la
ciudad de Rio Gallegos (Z9400BAH), de la Provincia de Santa Cruz,
Teléfono (02966) 43-6911, Apartado Especial 114 - CNC (9400) SANTA CRUZ.
- Delegación Santa Fe, sita en calle Mendoza Nº 2444 de la ciudad de
Santa Fe (S3000CHB), de la Provincia de Santa Fe, Teléfono (0342)
456-5304, Apartado Especial 114 - CNC (3000) SANTA FE.
- Delegación Santiago del Estero, sita en calle Urquiza Nº 332 de la
ciudad de Santiago del Estero (G4200DHH), de la Provincia de Santiago
del Estero, Teléfono (0385) 422-7120, Apartado Especial 114 - CNC
(4200) SANTIAGO DEL ESTERO.
- Delegación Tierra del Fuego, sita en calle Gdor. Félix María Paz Nº
1121 de la ciudad de Ushuaia (V9410BAW), de la Provincia de Tierra del
Fuego, Teléfono (02901) 43-1472, Apartado Especial 114 - CNC (9410)
TIERRA DEL FUEGO.
- Delegación Tucumán, sita en calle San Juan Nº 261 de la ciudad de
Tucumán (T4000DPE), de la Provincia de Tucumán, Teléfono (0381)
422-2424, Apartado Especial 114 - CNC (4000) TUCUMAN.
ARTICULO 5° — Los interesados podrán tomar vista, consultar el proyecto
de norma y sus antecedentes, a través de la compulsa del Expediente
EXP-S01:0190009/2013 (EXPCNC 11186/2012), en la sede de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES, sita en la calle Perú Nº 103, 1° piso, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —Mesa de Entradas—.
ARTICULO 6° — Apruébase el “Formulario para la Presentación de
Opiniones y Propuestas”, que —como Anexo II— forma parte de la presente
Resolución.
El Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas podrá ser
descargado a través de la página web de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES
(www.secom.gov.ar) y de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
(www.cnc.gov.ar); o retirado en la Mesa de Entradas de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES y en cualquiera de las Delegaciones
indicadas en el artículo 4° de la presente Resolución.
ARTICULO 7° — Las opiniones y propuestas deberán presentarse por
escrito mediante el Formulario para la Presentación de Opiniones y
Propuestas, aprobado por el artículo 6° de la presente Resolución,
dentro de los TREINTA (30) días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la última publicación de la presente en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
Dicho Formulario deberá ser presentado en la Mesa de Entradas de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, o en cualquiera de las
Delegaciones indicadas en el artículo 4° de la presente Resolución.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 18/2013 de la Secretaría de Comunicaciones B.O. 23/10/2013 se prorroga por el plazo de QUINCE (15) días hábiles,
contados a partir de su vencimiento, el plazo establecido en el
presente artículo)
ARTICULO 8° — Habilítase un Registro para la incorporación de las
Opiniones y de las Propuestas que se efectúen, que funcionará en el
ámbito de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 9° — Habilítase la casilla de correo electrónico
usuarios@secom.gov.ar, y la dirección postal de la Mesa de Entradas de
la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES sita en la calle Perú Nº 103, 1°
piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de recibir
comentarios informales sobre el proyecto que como Anexo I forma parte
de la presente Resolución.
ARTICULO 10. — La SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y
FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS actuará como Organismo Coordinador del Procedimiento.
ARTICULO 11. — Notifíquese, a través de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES, a los licenciatarios de servicios de comunicaciones
móviles, a las asociaciones de usuarios y consumidores, a las
fundaciones, a los sindicatos, a las asociaciones profesionales y a las
cámaras empresarias legalmente reconocidas.
ARTICULO 12. — Regístrese, comuníquese, publíquese por DOS (2) días en
el Boletín Oficial de la República Argentina y en DOS (2) diarios de
circulación nacional, y en la página web de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES (www.secom.gov.ar) y de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES (www.cnc.gov.ar), dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de
Comunicación, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios.
______
NOTA: Los Anexos que integran este Aviso Oficial se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 09/09/2013 Nº 70908/13 v. 10/09/2013