MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 21/12
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso
Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de
Chile y la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada, por la República Federativa
del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en
el marco de la situación prevista en artículo 3, párrafo único, de la
Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presenté norma.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebaja
arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones
sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 3002.10.39 Los demás
Nota Referencial: Concentrado de Factor de von Willebrand de alta pureza.
Cantidad: 15.000 frascos con 1.000 unidades internacionales (UI)
Plazo: 12 meses
Alícuota: 0%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento
jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 14/I/2013.
CXXX CCM - Montevideo, 14/XI/12.