MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO


MERCOSUR/CCM/ACTA Nº 02/12

CXXVI REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 11 y 12 de abril de 2012, la CXXVI Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

Fueron tratados los siguientes temas:

1. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO

La CCM aprobó el Programa de Trabajo para el año 2012 del CT Nº 7 (Anexo XIV - MERCOSUR/CXXVI CCM/DT Nº 01/12).

Asimismo, la CCM tomó nota del Grado de Cumplimiento del Programa de Trabajo de 2011 del CT Nº 7 (Anexo XV - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 12/12).

La CCM instruyó al CT Nº 5, que eleven su Programa de Trabajo para el año 2012 de acuerdo a la Dec. CMC Nº 36/10 y que se incluya la reglamentación del Acuerdo de la Competencia del MERCOSUR (Dec. CMC Nº 43/10).

2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS

2.1 CT Nº 5 “Defensa de la Competencia”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LVII Reunión del Comité Técnico Nº 5, celebrada en la ciudad de Buenos Aires, los días 26 y 27 de marzo de 2012.

2.2 CT Nº 6 “Estadísticas de Comercio Exterior del MERCOSUR”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la VII Reunión del Comité Técnico Nº 6, celebrada en la ciudad de Buenos Aires, entre los días 19 y 21 de marzo de 2012.

En función de lo encomendado en la LXXXVI Reunión Ordinaria del GMC, el CT Nº 6 solicitó tener una reunión con el Grupo de Servicios y la REES, a fin de ponerse a disposición para analizar las necesidades que tiene el grupo respecto a las estadísticas y coordinar eventuales trabajos a desarrollar en forma conjunta, por lo que se eleva esta solicitud a consideración del GMC.

Las delegaciones reiteraron la necesidad de cubrir a la mayor brevedad posible los cargos vacantes de Técnico en Comercio Exterior y de Técnico en Informática de la Unidad Técnica de Estadísticas de Comercio Exterior del MERCOSUR (UTECEM).

2.3 CT Nº 1 “Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías”

2.3.1 Propuestas de Brasil de apertura de NCM y su AEC correspondiente para “Tanques de combustible y demás recipientes” (NCM 8431.49.23) y para “Máquina para limpiar y seleccionar huevos” (NCM 8433.60.21)

La Delegación de Brasil entregó a solicitud de la Delegación de Paraguay información actualizada sobre comercio y producción, entre otras, de “Tanques de combustible y demás recipientes” (Anexo VII - RESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 06/12) y sobre “Máquina para limpiar y seleccionar huevos” (Anexo VIII - RESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 07/12).

La Delegación de Uruguay continúa analizando la información presentada por la Delegación de Brasil.

La Delegación de Brasil reiteró su expectativa de que se eleve definitivamente el AEC para estas NCM’s teniendo en cuenta la existencia de producción regional.

3. CONSULTAS

3.1. Nuevas Consultas

No se presentaron nuevas consultas.

3.2. Consultas en Plenario

TemaDeASituación
05/07Trato discriminatorio en el cobro de aranceles para el registro sanitario de especialidades medicinales y para la inspección de laboratorioParArPendiente
06/09Descalificación del Origen MERCOSUR de concentrados TU2101 y TU2102 producidos por la empresa Pinturas INCA S.A.UyBrPendiente
03/10Solicitud de revisión de medida adoptada por medio de la Resolución S.I.C. y PYME Nº 34/2010, que determinó la descalificación de origen de los productos “Fibras de Poliéster”, clasificados en la NCM/SA 2007 5503.20.90 (NCM/SA 2002 5503.20.00), exportados por la Empresa M&G Fibras Brasil S.A. para ArgentinaBrArPendiente
01/11Resolución GMC Nº 23/09. Test adicional de Fiebre Aftosa en Bovinos y bubalinos. Resolución SENASA Nº 799/2010. Bovinos vivosBrArPendiente
02/11Circular SECEX Nº 20-2011. Inicio de investigación por elusión a empresas uruguayas que exportan a Brasil con Régimen de Origen MERCOSURUy PyBrPendiente
04/11Régimen Especial de Tributación para Desarrollo de Actividades de Exhibiciones Cinematográficas - RECINE (Medida Provisoria Nº 545 del 29/09/11)ArBrArgentina presentó nota Técnica

Pendiente
05/11Solicitud de información sobre la investigación de origen iniciada por la Coordinación General de Administración Aduanera (COANA) a la empresa argentina ATANOR S.C.A. por la exportación de herbicida a base de glifosato (NCM 3808.93.24) a BrasilArBrPendiente
01/12Solicitud de revisión del acto declaratorio Nº 22 de la Receita Federal de Brasil, referente a la descalificación de origen de las exportaciones del producto herbicida a base de glifosato (NCM 3808.93.24) realizadas por la empresa argentina ATANOR S.C.A. a BrasilArBrBrasil presentó respuesta

Pendiente

4. ORIGEN

4.1. Procedimientos previstos en los Artículos 35 y 36 de la Decisión CMC Nº 01/04

La CCM consideró y aprobó el Dictamen Técnico emitido por el Grupo de Expertos con fecha 01/03/12, sobre la descalificación de origen de las “fibras de poliéster” de la empresa M&G Fibras Brasil S.A. exportadas a Argentina, determinada por la Resolución SICyPyME Nº 34/2010, en los términos previstos en el Artículo 40 de la Decisión CMC Nº 01/04. A partir de esta aprobación comienzan a regir los plazos previstos en el Artículo 41 de la Decisión CMC Nº 01/04.

Con el objetivo de que sirva para elaborar un procedimiento general para reglamentar los Artículos 35 y 36 de la Decisión CMC Nº 01/04, la Delegación Argentina presentó una serie de consideraciones sobre dicho Dictamen, en relación con vicios de procedimiento, y cuestiones formales respecto a la aplicación del Memorándum de Entendimiento aprobado por Directiva CCM Nº 28/11 para tratar este caso. Estas consideraciones constan como Anexo XIII (RESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 11/12 - formato digital).

La CCM instruyó al CT Nº 3 a analizar este documento en el marco de su trabajo de reglamentación de los Artículos 35 y 36 de la citada Decisión.

4.2. Art. 4° de la Dec. CMC Nº 16/07 “Régimen de Origen del MERCOSUR”

La Delegación de Uruguay manifestó que se encuentra en condiciones de acompañar la propuesta de la Delegación de Paraguay de “Adecuación de Requisitos Específicos de Origen” (Anexo VII - MERCOSUR/XVII CCM EXT/DT Nº 44/11), relativo a las NCM 8414.51.10, NCM 8714.99.10 y NCM 8714.99.90.

La Delegación de Brasil solicitó a la Delegación de Paraguay mayor información sobre la capacidad de producción y agregación de valor de dichos productos. Asimismo informó que se encuentra realizando consultas internas.

La Delegación de Argentina informó que se encuentra en consultas internas con el sector privado sobre este tema.

4.3. Declaración de Necesidad en el ámbito del Art. 6 de la Decisión CMC Nº 01/04

La Delegación de Uruguay informó que emitió una Declaración de Necesidad a la luz del Art. 6 del Anexo de la Dec. CMC Nº 01/04 para el producto cajas y cartonajes, plegables, de papel o cartón sin corrugar, anexando la información que respalda dicha emisión (Anexo IX - RESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 08/12 - formato digital).

La Delegación de Brasil reiteró su entendimiento de que el referido artículo no es autoaplicable, considerando que la emisión de Declaración de Necesidad está condicionada a la reglamentación del Art. 6 del anexo de la Dec. CMC Nº 01/04.

La Delegación de Uruguay, por su parte, reiteró su posición de que el Art. 6 del anexo se encuentra vigente y no requiere reglamentación para su aplicación.

4.4. Reglamentación del Art. 6 de la Decisión CMC Nº 01/04

La Delegación de Brasil informó que se encuentra efectuando consultas internas a los efectos de evaluar alternativas de tratamiento sobre la propuesta de reglamentación de ese Artículo.

El tema será tratado en la próxima reunión ordinaria de la CCM.

5. RESOLUCION GMC Nº 08/08 “ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO”

La Delegación de Brasil manifestó su preocupación con la falta de respuesta y agilidad en la ejecución de la Resolución GMC Nº 08/08. Teniendo en cuenta la especificidad técnica y la urgencia justificada de varios pedidos brasileños pendientes anticipó su intención de tratar el tema en la próxima reunión ordinaria del GMC.

5.1. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 960 toneladas del producto “Filme de polipropileno biaxialmente orientado (BOPP), com largura superior a 50 cm e máxima de 100 cm, com espessura inferior ou igual a 25 micrômetros (mícrons), com uma ou ambas as faces rugosas de rugosidade relativa (relação entre espessura média e a máxima) superior ou igual a 6% de rigidez dielétrica superior ou igual a 500V micrômetros (Norma ASTM D3755-97” (NCM 3920.20.19) em rolos”, con vigencia de 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.2. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 40.000 toneladas del producto “Adiponitrila, 1,4 dicianobutano” (NCM 2926.90.91), con vigencia de 12 meses.

La CCM aprobó la Directiva CCM N°2/12 (Anexo IV).

5.3. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 160.000 toneladas del producto “Paraxileno” (NCM 2902.43.00), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.4. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 26 unidades del producto “Congeladores ultra-rápidos para plasma (Blast Freezer)” (NCM 8418.40.00), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina informó que se identificó un proveedor del producto en su país y se comprometió a brindar datos adicionales sobre el mismo a la brevedad.

5.5. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 8 unidades del producto “Camión Grúa con torre móvil sobre ruedas” (NCM 8705.10.90), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.6. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 27 unidades del producto “Vehículos de combate a incendios en aeródromos” (NCM 8705.30.00), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.7. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 15.000 (quince mil) ampollas de anticuerpos monoclonales RemAb100 - “hu3S193 anti-Lewis Ymab” (NCM 3002.10.39), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.8. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 10.000 (diez mil) ampollas de anticuerpos monoclonales RemAb200 - “antiMX35” (NCM 3002.10.39), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.9. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 75.000 (setenta y cinco mil) toneladas de “Acido Tereftálico e seus sais - PTA” (NCM 2917.36.00), con vigencia hasta 31 de julio de 2012.

La Delegación de Brasil comunicó la adopción de la Resolución CAMEX 19/2012, haciendo uso de lo dispuesto en el Artículo 15 de la Resolución GMC Nº 08/08, la cual cubre el período solicitado.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.10. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 145.000 (ciento cuarenta y cinco mil) toneladas de “Chapa grossa de aço carbono” (NCM 7208.51.00), con vigencia 10 meses.

La Delegación de Brasil comunicó la adopción de la Resolución CAMEX 19/2012, haciendo uso de lo dispuesto en el Artículo 15 de la Resolución GMC Nº 08/08 por 180 días.

La Delegación de Paraguay informó que puede acompañar el pedido de Brasil.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.11. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 860 (ochocientos sesenta) toneladas de “Caseinato de sódio” (NCM 3501.90.11), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Paraguay informó que puede acompañar el pedido de Brasil.

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay informaron que se identificaron proveedores del producto en sus países. Las delegaciones de Argentina y Uruguay se comprometieron a brindar datos sobre los mismos a la brevedad.

5.12. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 390 (trescientos noventa) toneladas de “Caseinato de cálcio” (NCM 3501.90.19), con vigencia 12 meses.

La Delegación de Paraguay informó que puede acompañar el pedido de Brasil.

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay informaron que se identificaron proveedores del producto en sus países. Las delegaciones de Argentina y Uruguay se comprometieron a brindar datos sobre los mismos a la brevedad.

5.13. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 750 (setecientos cincuenta) toneladas de “Óleo trigliceridio de cadeia média (TCM)” (NCM 1516.20.00), con vigencia 12 meses.

Las Delegaciones de Uruguay y Paraguay informaron que pueden acompañar el pedido de Brasil.

La Delegación de Argentina señaló que continúa realizando consultas internas.

5.14. Pedido de Uruguay de reducción arancelaria a 2% para 76 (setenta y seis) unidades de “Agalsidasa Alfa” (NCM 3004.90.19), con vigencia de 12 meses.

La Delegación de Uruguay presentó una solicitud de reducción arancelaria, que consta como Anexo X (MERCOSUR / CXXVI CCM/DI Nº 09/12 - formato digital).

Las delegaciones de Argentina, Brasil y Paraguay indicaron que realizarán consultas internas.

6. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION

6.1 Implementación del Art. 2º de la Decisión CMC Nº 02/06 y Art. 10 de la Decisión CMC Nº 56/10.


6.1.1. Régimen Común para la Industria Aeronáutica


El tema continúa en la agenda de la CCM.

6.1.2. Régimen Común para la Industria Naval

El tema continúa en la agenda de la CCM.

7. TRATAMIENTO ARANCELARIO PARA MEDICAMENTOS NO PRODUCIDOS EN EL MERCOSUR

La Delegación de Brasil informó que, sobre la base de los intercambios entre las delegaciones, se encuentra trabajando en la actualización de algunos aspectos de su propuesta sobre “Medidas Arancelarias para Productos Farmacéuticos no Fabricados en el MERCOSUR” presentada en ocasión de la CXXIV CCM (MERCOSUR/XV CCM EXT/DT Nº 20/11 Rev. 1) y se comprometió a presentarla en la próxima reunión de la CCM.
El tema continúa en la agenda de la CCM.

8. ART. 4° DE LA DECISION CMC Nº 37/07 “MODIFICACION DEL ARANCEL EXTERNO COMUN”

En referencia a la propuesta de Uruguay “Mecanismo para Facilitar la Circulación de Productos del Sector de Confecciones (Art. 4 de la Dec. CMC Nº 37/07)”, presentada en ocasión de la CXXII Reunión Ordinaria de la CCM (MERCOSUR/CXXII CCM/DT Nº 32/11) las delegaciones acordaron que el tema continúe en la agenda de la CCM.

9. SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL SANITARIO EN EL DESPACHO ADUANERO INTRA MERCOSUR (IMPLEMENTACION DEL ARTICULO 2 DE LA RESOLUCION GMC Nº 34/04)

Las delegaciones acordaron convocar a un Grupo de Trabajo en ocasión de la próxima reunión ordinaria de la CCM a fin de proseguir con el tratamiento de este tema.

El tema continua en la agenda de la CCM.

10. OTROS

10.1. Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI), establecida por la Resolución AFIP Nº 3252, publicada en el Boletín Oficial de 10/01/2012, en vigor desde 1° de febrero de 2012 y Declaración Jurada Anticipada de Servicios (DJAS), establecida por la Resolución AFIP Nº 3276, publicada en el Boletín Oficial de 22/02/2012, en vigor desde 1° de abril de 2012.

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre ambas Resoluciones.

La Delegación de Brasil presentó información respecto del seguimiento que hace en lo que se refiere a la aplicación de la DJAI para las exportaciones brasileñas y consideró importante mantener el intercambio de información al respecto.

Las delegaciones coincidieron en la conveniencia de continuar con el tratamiento del tema en el ámbito de la CCM.

10.2. Incorporación de la Normativa

La CCM recibió de la SM la lista actualizada de las normas con plazo de incorporación vencido (Anexo XI - RESERVADO - MERCOSUR/LXXV CCM CCM/DT Nº 21/05 Rev. 47 - Formato Digital).

Las delegaciones se comprometieron a seguir trabajando en el cuadro presentado por la SM a los efectos de analizar las razones por las cuales las normas con plazo de incorporación vencido no han sido incorporadas por todos los Estados Partes.

10.3. Intercambio de Datos Estadísticos

La Delegación de Brasil presentó los datos estadísticos sobre BK y BIT correspondientes al cuarto trimestre del año 2011, que constan como Anexo XII (MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 10/12 - Formato Digital).

10.4. Notificaciones a la Secretaría del MERCOSUR

No se realizaron notificaciones a la Secretaría del MERCOSUR.

10.5. Monitoreo del Comercio del MERCOSUR

La PPTA informó acerca del estado de situación de las planillas extra zona y market share del Grupo de Monitoreo, encontrándose actualizadas al mes de febrero 2012 para Argentina y Brasil, al mes de enero 2012 Paraguay, quedando pendiente los datos de Uruguay para el período setiembre 2011 y febrero 2012.

10.6. Actualización de los Anexos de la Dec. Nº 37/05

La CCM recibió de la SM/SAT un informe sobre la situación de los trabajos de elaboración de las listas correspondientes al año 2012.

La Delegación de Paraguay informó que está realizando una revisión de la última versión de la propuesta entregada por la SM.

El tema volverá a ser tratado en la próxima Reunión Ordinaria de la CCM con vistas a la finalización de la tarea.

PROXIMA REUNION

La CCM acordó realizar la próxima Reunión Ordinaria entre los días 17 y 18 de mayo de 2012.

ANEXOS:

Los Anexos que forman parte de la presente Acta son los siguientes:

Anexo ILista de Participantes
Anexo IIAgenda
Anexo IIIResumen de Acta
Anexo IVDirectivas Aprobadas
Anexo VNueva Consulta - No se presentaron
Anexo VIConsultas en Plenario
Anexo VIIRESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 06/12 de “Tanques de combustible y demás reservatorios” - Brasil
Anexo VIIIRESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 07/12 de “Máquina para limpiar y seleccionar huevos” - Brasil
Anexo IXRESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 08/12 “Declaración de Necesidad” - Uruguay - formato digital
Anexo XMERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 09/12 “Pedido de Uruguay de reducción arancelaria” - formato digital
Anexo XIRESERVADO - MERCOSUR/LXXV CCM CCM/DT Nº 21/05 Rev. 47 “Listado actualizado de las normas con plazo de incorporación vencido” - SM - formato digital
Anexo XIIMERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 10/12 - “Intercambio de Datos Estadísticos” - Brasil - formato digital
Anexo XIIIRESERVADO - MERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 11/12 Consideraciones de Argentina al Dictamen Técnico del Grupo de Expertos - formato digital
Anexo XIVMERCOSUR/CXXVI CCM/DT Nº 01/12 - Programa de Trabajo 2012 del CT Nº 7
Anexo XVMERCOSUR/CXXVI CCM/DI Nº 12/12 - Informe de Cumplimiento del Programa de Trabajo 2011 - CT Nº 7


MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 02/12

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 5 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.

Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 2926.90.91 Adiponitrila (1,4 - dicianobutano)

Cantidad: 40.000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2%

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 12/VI/2012.

CXXVI CCM - Montevideo, 12/IV/12

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de MERCOSUR.

“El Acta de la CXXVI Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM), realizada entre los días 11 y 12 de abril de 2012 en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.

e. 09/09/2013 N° 69300/13 v. 09/09/2013