Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1679/2013
Resolución Nº 2749/2012. Déjase sin efecto.
Bs. As., 13/9/2013
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17
de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y 2749 del 11 de
diciembre de 2012 y el Legajo Nº 93/12 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA
BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de TUCUMAN,
se instruye “Incidente de Actuaciones Reservadas de determinación de
paradero” para agregar a la causa Nº 443/84 y conexos caratulada
“Arsenales Miguel de Azcuénaga CCD s/Secuestros y Desapariciones”.
Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 2749/12 se ofreció como
recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL
($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que
resulten determinantes para la detención de Carlos Alberto LAFUENTE
(D.N.I. Nº 7.255.737), sobre quien pesaba pedido de captura
internacional y fuera declarado rebelde desde el 30 de marzo de 2011.
Que el mencionado Juzgado informa por Oficio Nº 562 de fecha 11 de
junio de 2013, que Carlos Alberto LAFUENTE, quien se encontraba
prófugo, ya se encuentra a disposición de ese Juzgado como consecuencia
de su detención, por lo que las medidas que oportunamente se hayan
ordenado a efectos de dar con su paradero deberán darse de baja.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución M.J. y D.H. Nº 2749/12.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 3º de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la
Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto
la Resolución M.J. y D.H. Nº 2749 del 11 de diciembre de 2012, por la
cual se ofrecía como recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la
suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que
brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención
de Carlos Alberto LAFUENTE (D.N.I. Nº 7.255.737).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.