MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 858/2013

Registro Nº 733/2013

Bs. As., 24/7/2013

VISTO el Expediente Nº 105.127/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 105.127/12 obra el acuerdo celebrado entre el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE GENERAL ROCA por el sector sindical y la empresa JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, ratificado a fojas 16 por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empresa, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que los términos de lo convenido son obligatorios como acuerdo marco colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que les pudieren corresponder a los trabajadores involucrados.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 105.127/12, celebrado entre el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE GENERAL ROCA por el sector sindical y JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, ratificado a fojas 16 por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 105.127/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 105.127/12

Buenos Aires, 26 de Julio de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 858/13, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 733/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Delegación Regional General Roca (R.N.)

En General Roca, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Noviembre de 2012 y siendo las 08.30 hs comparecen ante esta DELEGACION REGIONAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por una parte JUMBO RETAIL ARGENTINA S.A. (Locales “VEA” ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y calle San Juan y en calle Salta de la Ciudad de General Roca), constituyendo domicilio en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca, representada en este acto por el Dr. LAINO Hernan Diego D.N.I. Nº 27.091.183, en su carácter de Apoderado, por una parte (la “Empresa”) por otra parte intervienen por el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE GENERAL ROCA, constituyendo domicilio en calle Mitre 1380, Luís Enrique CAMPOS Secretario General, Gerardo Daniel CASANOVA Secretario de Organización y Asuntos Laborales y el Dr. Armando Silverio BRUSAIN apoderado del CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE GENERAL ROCA juntamente con los Delegados Gremiales Sra. PAZZARELLI Julieta Nennela D.N.I. Nº 31.765.347 y URBINA Héctor Alejandro DNI Nº 92.373.083 (“La Entidad Gremial”), quienes convienen en celebrar el presente acuerdo:

I - ANTECEDENTES:

Que la Entidad Gremial ha iniciado ante la Delegación Zonal de Trabajo de la Ciudad de General Roca dependiente de la Secretaria de Trabajo de la Provincia de Río Negro el expediente caratulado “CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO - MEDINA CRISTIAN ALBERTO S/ PEDIDO DE AUDIENCIA C/ CENCOSUD S.A.” (Nº 120162-C-12), donde formula una serie de reclamos a la Empresa.

Que con el fin de contribuir a la paz social, la Empresa —sin reconocer hechos ni derecho alguno— acepta realizar una propuesta la cual satisface los intereses de la Entidad Gremial.

Efectuadas tales observaciones se acuerda:

II - ACUERDO:

Aplicación del artículo 20 del Convenio Colectivo 130/75 sobre las sumas no remunerativas del acuerdo paritario 2012: La Empresa, sin reconocer hechos ni derecho alguno, ofrece y la Entidad Gremial acepta abonar retroactivo al mes de Septiembre de 2012 a los dependientes de los locales de Supermercados VEA ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y en calle San Juan y calle Salta de la Ciudad de General Roca el artículo 20 del Convenio Colectivo 130/75 sobre las sumas no remunerativas del acuerdo paritario del año 2012.

Aplicación del artículo 20 del Convenio Colectivo 130/75 sobre sumas no remunerativas percibidas en el período Septiembre 2010 a Agosto 2012: La Empresa, sin reconocer hechos ni derecho alguno, ofrece y la Entidad Gremial acepta abonar a los dependientes de los locales de Supermercados VEA ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y en calle San Juan y calle Salta de la Ciudad de General Roca por este concepto un monto único, total y definitivo de $ 2.900 —para aquellos dependientes con jornada full time y un monto proporcional para quienes tengan una jornada part time—, el cual fue abonado el día 15 de octubre de 2012.

Incremento “premio por asistencia perfecta”: La Empresa, sin reconocer hechos ni derecho alguno, ofrece y la Entidad Gremial acepta incrementar La Empresa, sin reconocer hechos ni derecho alguno, ofrece y la Entidad Gremial acepta incrementar este rubro en un monto equivalente al 8% del básico más el concepto “Adic cuenta de futuros aumentos” (“AVOLUN” concepto 15 de liquidación). Dicho monto se abonará retroactivo al mes de Septiembre de 2012 hasta el mes de Abril de 2013 inclusive. A partir del mes de Mayo 2013, se actualizará él mismo con los nuevos básicos. Este monto se abonará a aquellos dependientes con jornada full time y un monto proporcional para quienes tengan una jornada part time- el monto que actualmente perciben los dependientes de los locales de Supermercados VEA ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y en calle San Juan y calle Salta de la Ciudad de General Roca por el concepto “Premio de Asistencia Perfecta”. Dicho monto será fijo y se sumará al que actualmente perciben los trabajadores de Supermercados VEA en General Roca.

“Acuerdo Zona General Roca”: Atento los continuos reclamos de la Entidad Gremial a la Empresa de que abone este concepto, y con el fin de mantener la paz social, la Empresa, sin reconocer hechos ni derecho alguno, ofrece y la Entidad Gremial acepta implementar retroactivo al mes de septiembre 2012 en concepto de “Adic cuenta de futuros aumentos” un monto fijo de $ 200 —para aquellos dependientes con jornada full time y un monto proporcional para quienes tengan una jornada part time— a los dependientes de los Supermercados VEA ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y en calle San Juan y calle Salta de la Ciudad de General Roca. En caso que el personal ya se encuentre percibiendo el concepto “a cuenta de futuros aumentos” el monto fijo de $ 200 —para aquellos dependientes con jornada full time y un monto proporcional para quienes tengan una jornada part time— se sumará a lo que perciben actualmente por dicho rubro. La actualización de este concepto se considerará según la interpretación luego de la homologación de cada acuerdo paritario.

III. AMBITO DE APLICACION:

Lo establecido en el presente convenio será abonado exclusivamente a los dependientes de los Supermercados VEA ubicados en Ruta Nacional 22 y calle Viterbori de la Ciudad de General Roca y en calle San Juan y calle Salta de la Ciudad de General Roca.

IV. HOMOLOGACION:

Por constituir una justa composición de derechos las partes solicitamos la homologación del presente acuerdo.
Con lo que terminó el acto siendo las 09,15 horas, firmando los presentes de conformidad, previa lectura y ratificación, por ante mi funcionario actuante que certifico.