MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 1442/2013
Dase por prorrogada designación de la
Directora Nacional de Participación Comunitaria de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana de la Secretaría de Seguridad.
Bs. As., 18/9/2013
VISTO el Expediente Nº 12463/2013 del registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, 1223 de fecha 19 de julio de 2012 y 2347
de fecha 5 de diciembre de 2012, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1223/12 se designó transitoriamente a la
Licenciada Doña Carolina Andrea D’AMBROSIO por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles como Directora Nacional de Participación
Comunitaria dependiente de la SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIUDADANA
de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por conducto del Decreto Nº 2347/12 se dio por autorizado a partir
del 25 de julio de 2012 el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, correspondiente al citado cargo, a la Licenciada Doña Carolina
Andrea D’AMBROSIO.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual
el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de la designación
transitoria aludida.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su artículo 6°,
establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones,
contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación
de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán
ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de
fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la agente involucrada en el presente decreto se encuentra
exceptuada de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02 por haber dado cumplimiento
oportunamente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y
a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, a partir del 18 de abril de 2013 —fecha de su vencimiento—
y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del
dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada en
los términos del Decreto Nº 1223/12 de la Licenciada Doña Carolina
Andrea D’AMBROSIO (D.N.I. Nº 26.100.211), en UN (1) cargo Nivel A -
Grado 0, como Directora Nacional de Participación Comunitaria
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIUDADANA de la
SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, autorizándose el
correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2098/08, a tenor de lo
dispuesto por el Decreto Nº 2347/12 y con autorización excepcional por
no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel establecidos en el
artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO,
homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A.
Puricelli.